Queja número 17/6734
Una asociación de consumidores exponía que había formulado denuncia contra la refacturación de anomalía girada por Endesa.
Meses después el Departamento de Energía acusa recibo de la reclamación, informando que se daba traslado de la reclamación tanto a la distribuidora como a la comercializadora.
Sin embargo, al día de la fecha de presentación de queja no habrían tenido constancia de que se hubiera emitido resolución.
Interesados ante la Administración afectada recibimos oficio aportando copia de la resolución dictada, estimando parcialmente la reclamación formulada al entender que el período de refacturación no puede extenderse más allá de tres años.
Dado que la queja se admitió a trámite a los efectos de romper el silencio mantenido al escrito formulado, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.
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