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La Administración interviene al conocer la restauración de un retablo sin la autorización previa

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/3764 dirigida a Consejería de Turismo y Deporte, Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Granada

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Con motivo de la tramitación de la presente queja de oficio, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz solicitó a la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Granada información sobre la supuesta intervención sobre un retablo de la Iglesia del Corpus Christi de Granada sin las debidas autorizaciones.

Esa Delegación nos ha remitido informe.

A la vista de la información recibida, entendemos que la Administración cultural ha actuado en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas promoviendo la sujeción de estas intervenciones a los procesos previstos en la normativa específica, una vez acreditado que tales intervenciones carecían de proyecto previo y autorización formal.

Dados los compromisos indicados, y la suspensión decretada para reconducir los trabajos a los controles y verificaciones que la normativa exige, procede concluir nuestras actuaciones, sin perjuicio de desplegar en adelante las acciones de seguimiento que el caso aconseje velando por las medidas que garanticen y protejan la riqueza patrimonial y cultural de Andalucía.

11-08-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Suspensión de restauración de un retablo sin disponer de la autorización de Cultura.

Con motivo de la tramitación de la presente queja de oficio, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz solicitó a la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Granada información sobre la supuesta intervención sobre un retablo de la Iglesia del Corpus Christi de Granada sin las debidas autorizaciones.

28-09-2017 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Con motivo de la tramitación de la presente queja de oficio, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz solicitó a la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Granada información sobre la supuesta intervención sobre un retablo de la Iglesia del Corpus Christi de Granada sin las debidas autorizaciones.

Esa Delegación nos ha remitido informe en el que, entre otras consideraciones, nos indica que:

“Al no tener constancia en esta Delegación de dicha actuación, con fecha 20 de junio de 2017, se realiza visita de inspección y se comprueba que se está llevando a cabo la restauración del citado retablo y que la intervención esta finalizando, todo ello sin la correspondiente autorización. Por ello, con fecha 22 de junio de 2017, se dicta propuesta de resolución de paralización de dichas obras por el Jefe de Servicio de Bienes Culturales.

Actualmente la citada intervención se encuentra paralizada en espera de la presentación para su valoración de un proyecto de legalización.

Responsabilidad del titular del retablo viene recogida en la ley 14/2007 de 26 de noviembre de 2007, destacar el art. 14. Obligaciones de las personas titulares, en concreto:

Art. 14.1. Las personas propietarias, titulares de derechos o simples poseedoras de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, se hallen o no catalogados, tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. A estos efectos, la Consejería competente en materia de patrimonio histórico podrá asesorar sobre aquellas obras y actuaciones precisas para el cumplimiento del deber de conservación.

El protocolo a seguir para la realización de una labor restauradoras sobre una obra de arte declarada Bien de Interés Cultural, es la siguiente:

En primer lugar el propietario, poseedor o titular de la obra de arte que desea intervenir sobre ella, solicita a esta Delegación Territorial autorización para realizar la actuación, la cual ha de ir acompañada del correspondiente proyecto de conservación, firmado por técnico competente en la materia, (art. 21 y 22 de la citada ley). Dicho proyecto es estudiado e informado por la Comisión Provincial de Patrimonio.

Una vez obtenida la autorización y comenzada la intervención, y según necesidad, se realiza la visita de inspección por técnicos de esta Delegación para comprobar la adecuación de los tratamientos al proyecto y a la obra. Finalmente, al término de las intervenciones se ha de presentar en esta Delegación Territorial Informe final sobre la ejecución de las mismas.

Comunicar que con fecha 6 de julio de 2017, se recibe en esta Delegación Territorial “informe técnico de restauración” elaborado por el Departamento de Restauración de la Archidiócesis de Granada, firmado por la Directora del citado departamento, y proyecto de asunto “Retablo de Ntro. Padre Jesús del Rescate, estado de conservación, proyecto de restauración y presupuesto”, firmado por un restaurador de obras de arte que ha llevado la ejecución de la intervención. Ninguno de los documentos constituye un proyecto de legalización. Por ello, y con fecha de registro de salida 25 de julio de 2017, remite escrito al Arzobispado de Granada informando que para proceder a retirar la paralización es necesario la presentación de un proyecto de legalización, punto en el que nos encontramos actualmente”.

A la vista de las anteriores informaciones, entendemos que la Administración cultural ha actuado en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas promoviendo la sujeción de estas intervenciones a los procesos previstos en la normativa específica, una vez acreditado que tales intervenciones carecían de proyecto previo y autorización formal.

Dados los compromisos indicados, y la suspensión decretada para reconducir los trabajos a los controles y verificaciones que la normativa exige, procede concluir nuestras actuaciones, sin perjuicio de desplegar en adelante las acciones de seguimiento que el caso aconseje velando por las medidas que garanticen y protejan la riqueza patrimonial y cultural de Andalucía.

 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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