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La Administración interviene ante la denuncia por mala convivencia vecinal a causa de ocupaciones sin título

Queja número 17/0692

Tras las alegaciones efectuadas por el interesado al informe emitido por el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, de conformidad con lo establecido en el artículo 29, apartado 1, de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, se formuló Resolución en el sentido de que se potenciasen las medidas de prevención y respuesta en materia de seguridad ciudadana a cargo de la Junta Local de Seguridad y se facilitasen las respuestas necesarias por parte de las distintas fuerzas de seguridad actuantes en la localidad, en aras a garantizar de una manera eficaz y eficiente la seguridad en el edificio y por consiguiente la de sus vecinos.

En la respuesta emitida se nos informaba lo siguiente:

Que con fecha 29/04/2019 se personan en dicho bloque el que suscribe junto con los policías con números de acreditación profesional […] al objeto de inspeccionar las zonas comunes de dicha finca así como comprobar las actividades molestas que llevan a cabo algunos de sus vecinos.

[…] Que durante la inspección del edificio se observan las siguientes incidencias:

- Pintadas y otros deslucimientos en la fachada exterior así como en zonas comunes del interior.

- La puerta de la entrada principal permanece abierta de manera continua, lo que genera sensación de inseguridad en muchos de los residentes.

- La puerta de acceso al sótano destinado a garaje que en otras ocasiones ha permanecido abierta, en la actualidad se encuentra cerrada.

- Defraudación de fluido eléctrico y de agua por parte de los moradores de las viviendas usurpadas.

- Algunos de los residentes tienen enseres personales en las zonas comunes del edificio, por lo que son requeridos para que los retiren.

- Un vecino que venía ocupando una zona común con un perro no potencialmente peligroso, fue conminado a que introdujese el mismo en su vivienda, siendo informado de dicha prohibición establecida en la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de Animales en Andalucía.

- Suciedad general en las escaleras y ascensores.

- Aspecto de abandono.

Que durante el proceso de identificación de los residentes, son muchos los vecinos que se quejan de las molestias y comportamiento incívicos de sus vecinos así como de la sensación de inseguridad en la que viven, con episodios de reyertas incluidos como consecuencia del tráfico de drogas generalmente.

Que en concreto, de […], consta en la base de datos de la Policía Local de Chiclana algunas llamadas de vecinos con anterioridad a la fecha de este informe donde denuncian el comportamiento desconsiderado y descortés de este vecino con el resto de moradores, el cual tiene por costumbre tocar la guitarra a horas intempestiva perturbando el descanso de aquéllos. […]

Que se siguen girando visitas al lugar por parte de efectivos de esta Policía Local en los tres turnos de trabajo en aras a corregir aquellas actividades molestas que han generado esta situación de alarma social e inseguridad ciudadana.”

Asimismo, en el referido informe se trasladaba que por parte del Área de Investigación de la Guardia Civil se estaban realizando investigaciones, a las que se había sumado miembros de la Policía Local.

En consecuencia, estimamos que el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera había aceptado los contenidos esenciales de la Resolución que dictamos, encontrándose el asunto en vías de solución, en la medida en que la Policía Local continuaba sus actuaciones y se encontraban en marcha los procedimientos judiciales de desahucio y/o usurpación contra los ocupantes sin título instados por la entidad financiera, en calidad de propietaria de algunos de los inmuebles ocupados de forma irregular.

Por este motivo, procedimos a dar por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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