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La terraza de un bar dejará de celebrar conciertos al aire libre

Queja número 16/3169

El Ayuntamiento de Ayamonte acepta nuestra resolución respecto de la habitual celebración de conciertos al aire libre en una terraza de una conocida zona de ocio, aunque le trasladamos al mismo las consecuencias de un cumplimiento laxo de las ordenanzas municipales: la persona reclamante dejó de veranear en la zona en su propio apartamento y se trasladó a otra localidad donde poder descansar debidamente.

La queja venía motivada por el ruido generado desde uno de los locales ubicados en un centro comercial, concretamente un café-pub. Según la queja recibida, de una persona residente en una de las urbanizaciones de la zona de Isla Canela, en el municipio onubense de Ayamonte, “desde el año pasado y con la connivencia del Ayuntamiento de Ayamonte, que no ha hecho nada para evitarlo, organiza fiestas de distinta temática pero con dos características comunes -el ruido y el horario- que incumplen con creces los límites previstos en las ordenanzas municipales y obligan a quienes antes teníamos la suerte (hoy la desgracia) de habitar alguno de los apartamentos cercanos, a mantenernos en vela hasta después de las tres de la madrugada. Lamentablemente, descansar durante la noche ha dejado de ser posible”. Al parecer, este establecimiento habría organizado conciertos en directo en la terraza exterior desde las 23 horas hasta las 24 horas y en adelante, que generalmente terminaban cuando la policía local se personaba.

Por último, constaba en el escrito que “ante mis quejas he recibido respuestas del Jefe de la Policía Local, que me conminaba a llamar por teléfono cuando se producían las molestias, sin tomar ninguna medida preventiva, aún a sabiendas de que los conciertos se celebraban diariamente hasta altas horas. Ya llevan dos veranos y continúan amargándonos las horas de descanso sin que nadie ponga fin a esta absurda e insoportable situación”.

Tras admitir a trámite la queja y después de varias actuaciones, esta Institución formuló resolución dirigida a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Ayamonte en la que le recordábamos su obligación de vigilar que un establecimiento autorizado como cafetería no disponga habitualmente de música y que solo cuando sea expresamente autorizado conforme a la normativa de actividades extraordinarias u ocasionales, celebre conciertos de música en directo. Recomendábamos asimismo que se impusieran sanciones verdaderamente eficaces ante las irregularidades constatadas.

En la respuesta que nos remitió el citado ayuntamiento a esta resolución constaba, en esencia, lo siguiente:

Con la finalidad de coordinar adecuadamente los servicios municipales en aras a garantizar la tranquilidad y el descanso de los vecinos de la zona donde están ubicados los establecimientos públicos que habitualmente solicitan autorización para realizar actuaciones musicales, se ha puesto en conocimiento de Policía Local y del departamento de actividades del Ayuntamiento las recomendaciones obrantes en el documento recibido.

Asimismo, informarle que en años anteriores y como consecuencia de quejas vecinales se han llevado a cabo varias intervenciones policiales, dando como resultado la denuncia y posterior incoación de expedientes sancionadores por incumplimiento de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía”.

De esta respuesta dimos traslado a la persona promotora para que nos remitiera sus alegaciones y consideraciones, que nos dijo, respecto “a la pregunta que formula sobre si en el verano de 2019 ha mejorado la situación, le comento que, tras tres años de incumplimientos y pasividad por parte de las autoridades, decidimos dejar de veranear en nuestro apartamento y alquilar uno alejado de esta zona. Por tanto, no puedo confirmarle cuántos días se han incumplido las recomendaciones de su resolución. Sí le puedo asegurar que las noches que pasé por la zona, que no fueron menos de cuatro, el nivel de ruido, a la una de la madrugada y en adelante, era igual o mayor que en años anteriores.

A la vista de esta respuesta entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones por cuanto que, al menos en lo que afectaba al fondo del asunto, estimábamos que se había aceptado nuestra resolución, aunque trasladamos al ayuntamiento, en el momento de comunicarle el archivo de este expediente de queja, que no podíamos dejar de remarcar, por ilustrativas, las consecuencias de ejercer de manera laxa, o sin la suficiente firmeza y decisión, las competencias disciplinarias en materia de actividades y de protección contra el ruido. Esas consecuencias eran las que la propia reclamante nos hacía llegar: su decisión de dejar de veranear en su propio apartamento en esa localidad, y trasladarse a otra donde no sufrir los niveles de ruido que le han llevado a tal determinación y poder descansar adecuadamente, por lo que esperábamos que se tuvieran en cuenta estos hechos.

 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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