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Logramos que el Ayuntamiento de Sevilla mantenga una vigilancia policial sobre el Parque Celestino Mutis para evitar el tránsito de perros sueltos

Queja número 18/2367

Logramos que el Ayuntamiento de Sevilla mantenga una vigilancia policial sobre el Parque Celestino Mutis para evitar el tránsito de perros sueltos, así como que se revise si la maquinaria de limpieza genera niveles de ruido por encima de los permitidos.

En su escrito de queja, el interesado denunciaba la gestión municipal sobre el parque Celestino Mutis, de Sevilla. En concreto indicaba lo siguiente:

La gestión de este pequeño parque urbano del Distrito Sur de la ciudad de Sevilla se realiza sin criterios medioambientales sostenibles ni respeto por la salud pública. Especialmente en lo que respecta a la emisión de ruidos y vibraciones cuyos dos principales causas son de distinta naturaleza: las herramientas y maquinarias de jardinería empleadas por la subcontrata y la presencia de grupos de mascotas (perros) que no dejan de ladrar sin control por parte del ayuntamiento ni de sus propietarios.

En lo que respecta a la maquinaria de jardinería, se sigue empleando a día de hoy (19/4/18), sopladoras de hojas con motores de gran cilindrada de gasolina. El ayuntamiento no ha procedido a medir niveles sonoros en mi vivienda o en el parque desde mi solicitud, por lo que se puede considerar denegada. Tampoco ha realizado más contestaciones que la adjunta.

En cuanto al problema de las mascotas, y aunque no he presentado denuncia específica, a excepción de correos electrónicos al dtor. gral. de medio ambiente y a … ONG de la que soy socio, se engloba dentro de las emisiones acústicas procedentes de la zona verde desde hace años. Aunque está expresamente indicada la prohibición de pasear mascotas sin correa, la realidad diaria es la de decenas de perros sueltos correteando libremente y ladrando por juegos o riñas entre ellos o con sus dueños. Existen un par de casos especialmente molestos: cada mañana a primera hora, un propietario juega durante hora y media con su perra, de grandes dimensiones lanzándole un juguete en las praderas del sector sur del parque. La perra solicita el juguete a razón de 2 ladridos por segundo durante todo el tiempo, con tal intensidad que en muchas ocasiones ha llegado a despertarme pese a encontrarme a más de 100 m. de distancia. El otro caso es de un pequeño yorkshire que por las tardes ladra jugando con otros perros. Es igual de insistente que el anterior pero a base de sonidos muy agudos, especialmente molestos.

El parque no dispone de "pipican", pero he sabido que concentrar mascotas en un recinto, causa problemas en otras ciudades como Madrid, precisamente por ruidos. La solución no es sencilla, pero podría pasar por calcular un aforo máximo al parque y la vigilancia e información a los propietarios, para que no se permitan mascotas sueltas ni que éstas ladren, al menos con la insistencia tolerada de algunos ejemplares.

En octubre de 2016 me dirigí al director gral. de medio ambiente del Ayuntamiento de Sevilla vía correo electrónico, sin que haya obtenido respuesta. Días después de ese e-mail, sin embargo, se personó una patrulla de la policía (creo que nacional), y multó a un propietario de raza peligrosa, pero la tónica de la zona verde es que no cuenta con presencia policial prácticamente ningún día del año. Los operarios de la subcontrata de la gestión tampoco dan indicaciones para restringir estas conductas en los dueños de perros.

Sería de gran ayuda que el Defensor del Pueblo Andaluz solicitara al Ayuntamiento que haga cumplir las ordenanzas en cuanto a mascotas sueltas y que tome las medidas para que los usuarios eduquen a sus mascotas para que no ladren o no lo hagan de forma tan molesta.

Como ornitólogo y usuario del parque desde hace años, me encuentro finalizando un estudio de aves del parque para su publicación. Precisamente tuve que llamar la atención a un propietario de perro porque su mascota se acercó ladrándome sin que éste hiciera nada por evitarlo y debiendo interrumpir mi actividad. Es un ejemplo de los inconvenientes que provocan, pero en el correo electrónico al dtor. gral. detallo la problemática ampliada. Sólo añadir que el espacio verde está rodeado de edificios muy cercanos, que forman eco, lo que incrementa su contaminación acústica”.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Sevilla, éste nos informó que el uso de sopladoras es una práctica dentro de las labores de conservación extendida no solo en Sevilla, sino también en el resto de ciudades de España, ya que es una herramienta que facilita la labor de los trabajadores, aumentando los rendimientos de recogida de ciertos restos y que el equipo que mantiene el parque Celestino Mutis, atiende también glorietas aledañas, el paseo Manuel Benítez Carrasco y otros espacios, de tal forma que en caso de no contar con esta herramienta existen dos opciones que solventen la lógica problemática que se expone: volver a la escoba y al rastrillo de púas, siendo labores con menor rendimiento y mayor penosidad para los operarios, o sustituir los sopladores actuales por modelos eléctricos cuyo nivel de ruido es menor.

Se decía también en el informe, respecto de otro informe previo de medición acústica realizada por una empresa especializada y externa, “que concluía que no se sobrepasaban los decibelios como para causar molestias o que estuvieran fundadas las quejas. Informar que en el nuevo contrato de conservación del arbolado y zonas verdes no conservadas con medios propios de la ciudad de Sevilla se ha priorizado el uso preferente de sopladoras eléctricas, favoreciendo la sostenibilidad y el medio ambiente, disminuyendo considerablemente el impacto acústico. De manera que se están usando en la totalidad de los parques y zonas verdes de Sevilla las sopladoras eléctricas. Se acompaña copia de nuevo el informe de las mediciones acústicas y zonas verdes de Sevilla de las sopladoras eléctricas”.

Trasladamos copia de este informe al interesado para que nos remitiera sus alegaciones, cuya respuesta fue la siguiente:

1º- No se responde a la totalidad de la queja interpuesta, dado que no se menciona el problema de las mascotas sueltas en el interior del parque. Está prohibido el acceso a la zona verde con mascotas sin correa. Los problemas que acarrean los perros sin atar son de dos tipos, como ya he podido informar: a) mayor ruido por juegos y peleas de perros (y voces de dueños) que llegan hasta mi domicilio y causa serias molestias; y b) efectos perjudiciales para la flora (praderas y arbustos) y la fauna (sobre todo aves que no pueden alimentarse ni disponer de unos mínimos de tranquilidad).

En las últimas dos semanas he podido asistir a la persecución, de 2 perros de caza, hacia fauna refugiada en setos (posiblemente jóvenes mirlos u otras especies de aves que aún no vuelan correctamente). También un ejemplar de perro de presa que arrancaba ramas de un arbustos dando saltos para alcanzarlas, a razón de 1 rama por salto. Las praderas sufren las rascaduras, excavaciones y carreras de estas mascotas a diario y están en un estado lamentable. No hay ningún control diario de estas prácticas que van contra las ordenanzas.

2º- Se menciona la existencia de un informe externo de medición de ruidos (del que no dispongo copia). A este respecto debo responder que pese a haber solicitado una medición acústica, tanto dentro como fuera de mi domicilio, en ningún momento se ha puesto en contacto conmigo ninguna entidad pública o privada para realizarla. Resulta no sólo indignante, sino insultante hacia los ciudadanos, que se mencione siquiera que ha existido una medición sin testigos ni partes interesadas. Que considera para más inri, que el resultado de las mismas no causa molestias y por tanto las quejas son infundadas.

Sólo añadir que durante la mañana de hoy (20/7/18), se ha vuelto a utilizar durante horas una sopladora de gasoil junto a mi casa y dentro del parque. Una sencilla aplicación de móvil, que puede servir de referente aunque no sea válida, hace superar los 80 Db con puertas y ventanas cerradas provistas de doble acristalamiento. Las especificaciones de la máquina en cuestión eran de unos 100 Db si mal no recuerdo. La molestia es insufrible dentro de mi casa, pueden imaginar lo que soportan en el interior de la zona verde los usuarios, niños o ancianos.

Para terminar debo recalcar que la contaminación acústica es un problema ambiental de primera magnitud. España es uno de los países más ruidosos del mundo, en parte debido a la actitud de las administraciones que son a su vez responsables de emitir ruidos. La maquinaria utilizada para la limpieza es sencillamente inhumana. No sólo son sopladoras, algunos vehículos barredoras emiten el equivalente a un avión cercano y se pasean a diario entre niños...es demencial que esto sea considerado normal y aceptable”.

Por ello, volvimos a dirigirnos al Ayuntamiento de Sevilla con objeto de conocer qué medidas se iban a tomar, especialmente en el plano de la vigilancia policial, para dar solución al asunto relativo a las mascotas sueltas en el parque Celestino Mutis, así como para reconsiderar el asunto relativo al ruido generado por las máquinas sopladoras y barredoras que se utilizan en este parque.

En su última respuesta, el Ayuntamiento de Sevilla nos trasladó varios informes; en el de la Tenencia de Alcaldía de Seguridad, Movilidad y Fiestas Mayores se nos indicaba que la Policía Local informa que “...se han girado las directrices oportunas a la Unidad de Medio Ambiente de esta Policía Local y dar con ello cumplimiento a la legislación vigente en esta materia (Ordenanza Municipal de 24 de mayo de 2011, de tenencia de animales y Decreto 42/2088, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la CA de Andalucía)”. Se añadía que “Informan de dicha Unidad que han mantenido una vigilancia en dicho lugar en turnos de mañana y tarde, conjuntamente con inspectores de Lipasam, realizándose 14 servicios en zona de 3000 viviendas-la Oliva, incluido el Parque Celestino Mutis, efectuándose 9 denuncias”. Pese a ello, también se informaba que “...durante estos servicios no se observan situaciones de contaminación acústica producidas por maquinaria de operarios de Lipasam”.

Otro de los informes era el emitido por el Servicio de Parques y Jardines, en el que se nos daba cuenta, fundamentalmente, de que en el Parque Celestino Mutis “...se utiliza de forma habitual para el mantenimiento maquinaria eléctrica, y concretamente las sopladoras. Esta sistemática habitual no exime que de manera puntual, por agotamiento de baterías, rotura, etc., los equipos de trabajo hagan uso de forma puntual y excepcional de unidades de repuesto de motor de combustión, siendo éste un caso lógico por su excepcionalidad y novedad en el uso de esta tecnología y permitido en el ámbito contractual con la empresa de mantenimiento”. En este sentido, en el contrato actual de mantenimiento de las zonas verdes se contemplaba el uso de maquinaria eléctrica como aspecto de mejora medioambiental para cumplir los niveles de ruido en entornos urbanos.

En tercer lugar, LIPASAM emitió también nuevo informe en el que, en esencia, indicaba que “debido a las condiciones de uso de las vías en esta zona, se han programado los servicios mecanizados de limpieza de la misma, con una periodicidad media de un día a la semana, con la utilización de diversos tipos de maquinaria, para que la limpieza sea lo más efectiva posible”. Respecto de dicha maquinaria informaban que, no obstante, cumple lo establecido en el Real Decreto 212/2002, y que para la adquisición de esta maquinaria Lipasam “valora más aquellas cuyas emisiones sonoras son menores, optando por las más silenciosas en el mercado”. Con todo ello, sigue este informe de LIPASAM, “somos conscientes de que nuestra actividad genera molestias que afectan a algo tan importante como el descanso de los ciudadanos, y por ello hemos puesto en marcha un importante número de medidas para minimizar en lo posible dichas molestias”.

Tales medidas afectaban, decía LIPASAM, tanto a nuestras instalaciones, como a la maquinaria y el personal de los servicios, y van desde la continua revisión de los distintos sectores de limpieza, en función de sus características, análisis pormenorizado de los vehículos y sus componentes, para disminuir el nivel de ruido emitido, e incluso acciones formativas a sensibilizar a los operarios con el objetivo de reducir el riesgo generado durante la celebración de los servicios. Además de ello, ofrecían otra serie de explicaciones concretas sobre el desarrollo de los trabajos para reducir el ruido, en función de las circunstancias del espacio a limpiar y/o barrer. Y, en este sentido, incidía el informe en que las sopladores que se utilizan son eléctricos y todo el personal ha recibido formación para su utilización eficiente.

A la vista de toda esta documentación, entendimos que no estaban justificadas nuevas actuaciones por parte de esta Institución en este expediente de queja, en la consideración de que, en lo esencial, se había atendido a la petición del interesado con las gestiones desplegadas por el Ayuntamiento, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones y procedimos al archivo del expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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