Queja número 17/1692
La Administración sanitaria de Campo de Gibraltar toma medidas para hacer valer el derecho que asiste a los ciudadanos que se desplazan desde otras localidades andaluzas para una estancia temporal a ser atendidos en el ámbito de la atención primaria de la salud con fijación de cita, sin necesidad de que soliciten asignación de centro y médico.
El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba Resolución ante el Área de Gestión Sanitaria del Campo de Gibraltar recomendando se tome conciencia del derecho que asiste a los ciudadanos que se desplazan desde otras localidades andaluzas para una estancia temporal que oscile entre un mes y un año, a ser atendidos en el ámbito de la atención primaria de la salud con fijación de cita, sin necesidad de que soliciten asignación de centro y médico, más que cuando deseen ser atendidos siempre por un mismo profesional.
Recomendaba también que desde las unidades de atención al usuario se informe a los ciudadanos sobre el ejercicio de este derecho conforme a las prescripciones de la reglamentación administrativa interna que figura en el entorno web de la administración sanitaria.
En respuesta, se ha recibido informe indicando la aceptación de las recomendaciones formuladas.
Así, se ha dado traslado a los directores y coordinadores de enfermería de los centros de salud y Área de Gestión Sanitaria del Campo de Gibraltar, tanto de las referidas recomendaciones como de la información necesaria (prescripciones reglamentarias administrativas internas), y el enlace a la página del Servicio Andaluz de Salud con información sobre personas desplazadas temporalmente. Mensaje que deberán comunicar a las Unidades de Atención al Ciudadano para que ofrezcan información correcta.
En el escrito remitido se ha resaltado el derecho que asiste a los ciudadanos desplazados a ser atendidos sin necesidad de que soliciten asignación de centro y médico, más que cuando deseen ser atendidos por un mismo profesional.
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