Queja número 15/2782
Con la nueva normativa sobre bono social eléctrico podrá atenderse la situación de trabajadores eventuales agrarios a quienes no se reconocía este beneficio por no considerarlos en desempleo cuando no están laboralmente activos.
Esta Institución ha recibido diversas quejas ciudadanas por la denegación del bono social eléctrico porque la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) considera como trabajadores activos a los desempleados adscritos al Sistema Agrario. Dicha consideración se debería a que están cotizando aunque no estén laboralmente activos.
Con objeto de dar solución a todos los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía que se encontrasen en la misma situación dirigimos a Endesa una petición razonada relacionada con la acreditación de la situación de desempleo.
Dada la falta de aceptación de nuestra petición por parte de Endesa, formulábamos Recomendación a la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio para que adoptase las iniciativas necesarias para promover la equiparación con las personas desempleadas de los trabajadores adscritos al Sistema Agrario cuando no están laboralmente activos, en orden al otorgamiento del bono social eléctrico.
Tras la aprobación de la nueva normativa sobre bono social eléctrico entendemos que se ha dado solución a la situación planteada. Concretamente con el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica y la Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre, por la que se desarrolla dicho Real Decreto.
Dichas normas contemplan un nuevo bono social basado en criterios de renta para que puedan acceder los consumidores que más lo necesitan, con descuentos en la factura eléctrica del 25% o 40%.
A la vista de cuanto antecede y considerando que el asunto de la presente queja se encuentra en vías de ser solucionado, se procede al cierre del expediente.
0 Comentarios