Queja número 18/4076
En fecha reciente hemos recibido informe de la Fiscalía Provincial de Málaga sobre escrito de persona interesada que alega Dilaciones judiciales en los procedimientos judiciales iniciados tras el fallecimiento de su hijo en accidente laboral., donde nos trasladan que:
“Que tras diversas devoluciones de los autos al Juzgado Instructor para su subsanación, se recibieron definitivamente en este Juzgado de lo Penal n° 2 de Málaga para enjuiciamiento de los hechos el 28 de julio de 2016.
Se dictó auto de admisión de prueba de fecha 4 de agosto de 2016. señalándose para juicio el día 3 de Noviembre de 2016. Este señalamiento fue suspendido a instancia de letrado por coincidencia de señalamiento preferente.
Se fijó nuevamente juicio para el día 28 de abril de 2017; y fue suspendido a instancia letrada, a la que no se opuso la acusación particular, en el inicio de la sesión.
Por último, se señaló para el día 8 de mayo de 2018 si bien éste no se pudo celebrar por fallecimiento del acusado (fecha fallecimiento 18/02/2018), archivándose las actuaciones con reserva de acciones civiles”.
Confiamos que la anterior información aporte claridad al estado de la tramitación judicial y facilite las actuaciones que, en su derecho, convengan.
Comprendemos su profundo pesar por el resultado de este complejo itinerario procesal tras el terrible fallecimiento de su hijo, pero lamentamos no poder ofrecerle otra posición debido a las limitaciones que tiene el Defensor del Pueblo Andaluz a la ahora de conocer asuntos sometidos al exclusivo criterio de los órganos y tribunales integrados en el Poder Judicial.
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