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Pedimos a las administraciones que se coordinen para la protección del puente Zuazo, en San Fernando (Cádiz)

Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 16/2597 dirigida a Consejería de Turismo y Deporte, Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Cádiz, Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz), Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz)

Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz tramita la queja identificada con el número señalado en el encabezamiento. Las diferentes actuaciones en el curso de este expediente nos han permitido analizar la situación planteada en la queja y, tras diversos trámites, que a continuación se detallan, hemos considerado procedente emitir un pronunciamiento formal como Resolución a la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Cádiz, Ayuntamiento de San Fernando y Ayuntamiento de Puerto Real, según establece el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz.

ANTECEDENTES

I.- El Defensor del Pueblo Andaluz acordó la admisión a trámite del presente expediente de queja en Julio de 2016 a fin de conocer las actuaciones para la conservación y puesta en valor del Puente Suazo y otros lugares históricos de la Isla León, en relación con el régimen de protección de patrimonio histórico-artístico de la zona y los proyectos de su puesta en valor sobre estos entornos protegibles de la localidad isleña.

La tramitación supuso la petición de información dirigida ante las Administraciones afectadas, que se concretaron en el propio ayuntamiento de la localidad de Puerto Real, de San Fernando y la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Cádiz; también se solicitó la colaboración informativa de la Subdelegación del Gobierno (Servicio de Carreteras).

 

II.- Por su parte el Ayuntamiento de Puerto Real explicaba las intervenciones de esa entidad en relación con los elementos históricos afectados y los programas de actuación que se habían dispuesto mediante sendos convenidos de colaboración entre las administraciones local, autonómica y del estado. En concreto nos informaban:

 

El 25 de mayo de 2010 el Ministerio de Fomento adjudica las obras para la rehabilitación del Real Carenero y Baterías Defensivas, primera fase del “Sitio Histórico del Puente Suazo y Fortificaciones Anejas”, por un importe de 3.097.335,69 euros.

Con fecha 27 de noviembre de 2013 son recibidas por el Ministerio de Fomento a la contrata y el 1 de agosto de 2014 transferido su uso y mantenimiento al Ayuntamiento de Puerto Real sin que mediaran informes previos de la Oficina Técnica y la UA de Cultura de este Ayuntamiento.

En el momento de su entrega, el conjunto no reúne las condiciones necesarias para su uso tanto por la no finalización de la primera fase del proyecto, como por la necesidad de ejecutar una parte fundamental de las obras de urbanización y acceso contempladas en la segunda se.

En las reuniones previas a la recepción se acordó con el Ministerio de Fomento la necesidad de al menos obtener la propiedad de las edificaciones restantes de la Venta “del Corral” y Venta “del Inesperado”, prevista la expropiación de ambas en la 2ª Fase, dado que se encuentran ocupadas.

La expropiación, derribo y limpieza del espacio que ocupa la Venta El Inesperado, significaría la eliminación de una pieza extraña que distorsiona la percepción general de la funcionalidad del conjunto de edificaciones históricas y, además, conseguiría la eliminación de uno de los elementos que siguen suponiendo un trasiego y uso privado en el recinto.

De la misma forma, en las conversaciones previas a la entrega de la instalaciones, se pidió al Ministerio de Fomento un grado de urbanización e infraestructuras mínimo inexistente para el acceso al recinto, y la conexión garantizada desde el término de Puerto Real.

La conexión consistiría en la remodelación del acceso al Polígono Industrial Tres Caminos, recogido en el proyecto del nudo general toda vez se ejecute su anunciada remodelación (proyecto aprobado pero sin consignación para obras).

En la actualidad, las edificaciones realizadas presentan un estado de degradación importante, que pone en solfa el mantenimiento de las mismas. Esta situación se ha producido en gran medida por la calidad del a construcción, pero también por la falta de uso de las instalaciones, actualmente inviables.

En el mes de septiembre del año 2015 se remitió carta a la Delegación Territorial del Ministerio de Fomento en Cádiz instando al citado Ministerio a:

  • Finalizar y ejecutar el expediente de expropiación de las Fincas “El Inesperado” y “del Corral” tal como se recogía en el acta de entrega firmada el 1 de agosto de 2014 por el Ayuntamiento de Puerto Real.

  • Culminar la primera fase del Proyecto de Rehabilitación del Real Carenero y Restauración de las Baterías Defensivas del Sitio Histórico del Puente Zuazo y Fortificaciones Anejas, mediante la ejecución de las acciones pendientes, a saber: Obra Civil de Telefonía, Red de Alcantarillado, Obra Civil de abastecimiento de agua, Obra civil de baja tensión, Alumbrado Público y Obra Civil de Telefonía, por un importe de 744.617,88€.

  • Resolver la adecuación de los accesos desde el término municipal de Puerto Real, con la construcción de una rotonda de distribución y espacio de estacionamientos en la bajada del puente del Polígono de Tres Caminos para garantizar el acceso al espacio y minimizar los riesgos para la seguridad vial de una entrada al recinto, la actual desde San Fernando, precaria y de difícil acceso.

  • Licitar las obras de urbanización contenidas en la segunda fase del proyecto, a saber: Red de Alcantarillado, Obra civil de abastecimiento de agua, Obras civil de baja tensión y centro de transformación, Alumbrado Público e Iluminación, Obra civil de Telefonía y Control Arqueológico, por importe de 931.192,23€.

Ninguna de las peticiones ha sido respondida por escrito por parte del Ministerio de Fomento.

Por otra parte, en conversación telefónica, la Demarcación de Carreteras nos informa de que no existe ningún expediente en marcha para la expropiación de las fincas “El Inesperado” y “del Corral” tal como se recogía en el acta de entrega firmada el 1 de agosto de 2014 por el Ayuntamiento de Puerto Real.”

III.- Por su parte la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Cádiz explicaba sobre las actuaciones en la zona lo siguiente:

Realizada visita de inspección a la zona objeto de denuncia se concluye:

  • En relación al estado general de conservación de las estructuras originales, no se aprecia deterioros de relevancia.

  • Se constata la presencia de vegetación incontrolada generalizada.

  • Se constata la existencia de un ámbito objeto de excavación arqueológica, con restos de pavimentos y muros correspondientes a antiguas dependencias (posiblemente almacenes de brea, fragua, almacenamiento general...) y que aún está pendiente de tratamiento, previsto en la segunda fase no ejecutada. Hasta que esto no suceda, debería procederse a su protección mediante cubrición con geotextil, capa de arena y capa de tierra compactada.

Se observa la existencia de deterioros puntuales, debido aparentemente a la acción de agentes atmosféricos, en los revestimientos de nueva ejecución realizados en la obra del Ministerio de Fomento.

Se constata el expolio de la instalación eléctrica realizada bajo los entarimados de madera durante la obra del Ministerio de Fomento (focos, cableados, etc.)

En conclusión, abandono y falta de mantenimiento y vigilancia, si bien no se aprecian daños aparentes relevantes en los bienes culturales ubicados en la zona.

Por otra parte, por esta Delegación Territorial se ha accedido a la información catastral para determinar la titularidad de los referidos Bienes Culturales, obteniéndose una serie de datos aparentemente contradictorios con la información contenida en el escrito del Ayuntamiento de Puerto Real, así como del que la “Fundación Legado de las Cortes de la Real Isla de León” dirige a esa Institución.

En consecuencia, una vez realizadas las anteriores actuaciones, resulta que:

Como resultado de la visita de inspección, resulta evidente el abandono y falta de mantenimiento y vigilancia de la zona

Ante la información contradictoria sobre la titularidad de los Bienes Culturales, al objeto de proceder a clarificar la situación jurídica actual, en relación a las personas propietarias, titulares de derechos o simples poseedoras de los Bienes Culturales, responsables de la conservación, mantenimiento y custodia, esta Delegación Territorial se ha dirigido al Ayuntamiento de Puerto Real solicitando información complementaria, en relación al escrito que dicho Ayuntamiento de dirigió a esta Delegación el pasado 20/04/2016 (cuya copia se adjunta), al objeto de que se faciliten los nombres de los propietarios, así como información aclaratoria sobre las obras ejecutadas por el Ministerio de Fomento, y sus compromisos con el Ayuntamiento de Puerto Real.

Asimismo, desde esta Delegación Territorial se ha solicitado información al Ministerio de Fomento, al objeto de clarificar aquellos aspectos manifestados pro el Ayuntamiento de Puerto Real, relativos a determinadas obras no ejecutadas, circunstancias administrativas que acompañaron a la recepción de las obras el 27 de noviembre de 2013, así como información sobre los términos de la entrega por parte del citado Ministerio al Ayuntamiento de Puerto Rea, según Acta de 1 de agosto de 2014, según se manifiesta en el escrito del Ayuntamiento dirigido a esta Delegación Territorial.

Dicha información resulta necesaria para determinar las circunstancias jurídicas del Bien Cultural afectado, así como para el cumplimiento de la obligación de conservación, mantenimiento y custodia conforme a la Ley 14/2007, de Patrimonio Histórico de Andalucía.”

IV.- Como hemos indicado antes, solicitamos la colaboración de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, a través de su Servicio de Carreteras, para poder contar con la aportación de estas dependencias en el relato de la cuestión.

Lamentablemente, el escrito recibido se limitaba a excusar su colaboración en base a supuestos criterios competenciales absteniéndose de informar a este Comisionado del Parlamento de Andalucía sobre la cuestión. No sólo se desatiende la doctrina constitucional que legitima que los Defensores Autonómicos puedan dirigirse a las instancias de la Administración estatal con una finalidad informativa en el curso de actuaciones de otras administraciones supervisables por estos Defensores, sino que, además, se cercena un principio de colaboración elemental que tiene un mero alcance informativo y que no implica el ejercicio de funciones de supervisión.

V.- Al hilo de la tramitación del caso, también incorporamos incidentes de expolio en la zona que fueron motivo de preocupación del Defensor del Pueblo Andaluz y que también provocaron que nos interesáramos por las respuestas dadas desde las administraciones responsables ante tales destrozos y asaltos.

Analizado el contenido de toda esta información, hemos de ofrecer a la luz de los datos las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera.- El Sitio Histórico del Puente Suazo lo componen una serie de instalaciones e inmuebles de carácter defensivo que suponen un ejemplo de estas construcciones de defensa de costas ubicadas en la Isla León y sus entornos que son un referente en la historia ligada a los trascendentales acontecimientos de 1812.

Fruto de esta relevancia, en 1985, la Junta de Andalucía declara estos entornos como Bien de Interés Cultural (BIC), como “Sitio Histórico” (BOJA de 28 de Mayo de 1985, pág. 60) en cuya resolución formal se realiza una completa descripción histórica de este singular elemento que llega a identificarse con los restos de los acueductos y construcciones romanas hasta el enclave de Cádiz.

En coherencia con el valor histórico y patrimonial reconocido, el Ministerio de Fomento y los Ayuntamientos de San Fernando y de Puerto Real firman un convenio en el 31 de Julio de 2000 para establecer la mutua intervención en acciones de reforma, conservación y puesta en valor de estos enclaves. Más tarde, en 2004, la Comisión Mixta de los Ministerios de Educación y Cultura así como de Fomento acuerda la subvención para la rehabilitación del Sitio Histórico ”Puente Suazo y fortificaciones anejas” por valor de 1.950.000 euros.

Efectivamente, según un compendio de la información recibida este entorno, a partir de los anteriores acuerdos se proyectan y ejecutan una serie de intervenciones con diferente y polémico resultado.

Segunda.- Las últimas informaciones recibidas vienen a situar dos problemáticas en relación a los objetivos generales expresados para intervenir en estos sitios históricos. De un lado, hablamos de las dificultades para considerar llevadas a término las ejecuciones de proyectos autorizados; y, de otro, la falta de clarificación de otra serie de medidas que se antojan imprescindibles para poder alcanzar estos objetivos, como son la incorporación de algunos inmuebles (“Venta del Corral” y “Venta del Inesperado”) que afectaban a la funcionalidad, urbanización y accesos al entorno rehabilitado.

La descripción que ofrecía el Ayuntamiento de Puerto Real reflejaba una situación de pendencia o impasse ya que era necesario acometer “el expediente de expropiación de las Fincas “El Inesperado” y “del Corral”; terminar la primera fase del Proyecto de Rehabilitación del Real Carenero y Restauración de las Baterías Defensivas del Sitio Histórico del Puente Zuazo y Fortificaciones Anejas; concluir obras civiles de Telefonía, Alcantarillado, abastecimiento de agua, baja tensión y Alumbrado Público”. También se apuntaba la obligación de “resolver la adecuación de los accesos desde el término municipal de Puerto Real, con la construcción de una rotonda de distribución y espacio de estacionamientos en la bajada del puente del Polígono de Tres Caminos para garantizar el acceso al espacio y minimizar los riesgos para la seguridad vial de una entrada al recinto, la actual desde San Fernando, precaria y de difícil acceso”.

También añadimos el relato de intervenciones que la “Fundación Legado de las Cortes” promotora de la queja ha expresado:

- 2008: El total de la obra de rehabilitación se presupuesta en 7.864.190 €.

- 2009: El Ministerio de Fomento licita con 3.802.720 € la primera fase de rehabilitación.

- 2010: Se inicia la primera fase de rehabilitación quedando detenida sin finalizar en el mes de noviembre.

- 2011: La segunda fase de rehabilitación se presupuesta en 13.583.095 € (19.000.000 € incluyendo la modificación del trazado de líneas de telecomunicación y conducción de agua del interior del Puente Suazo). El citado importe no incluye el importe correspondiente a una tercera fase (tematización).

- 2013: El Ministerio de Fomento licita una partida de 493.559 € para finalizar la primera fase de rehabilitación”.

El análisis que nos ofreció en Ayuntamiento de Puerto Real concluía explicando que todas las cuestiones enumeradas habían sido dirigidas al Ministerio de Fomento para que fueran analizadas y respondidas. No menciona que dicha respuesta se produjera.

 

Tercera.- A la vista de las descripciones ofrecidas, se comprende la petición de colaboración que dirigió esta Institución ante la Subdelegación del Gobierno de Cádiz para incorporar su posición en las diferentes gestiones que aparece como implicada.

Reiteramos nuestra decepción de no poder relatar los criterios y opiniones de esta instancia de la Administración General del Estado excusada por unas manifestaciones inadecuadas a la entidad de la mera colaboración que le ha sido solicitada e incluso contradictoria con otros precedentes de respuesta al Defensor del Pueblo Andaluz.

Cuarta.- Dentro del relato de situación, quizás resulta más certero el que nos ofrece la propia “Fundación Legado de las Cortes”:

El Sitio Histórico del Puente Suazo se encuentra sin uso, sin vigilancia y en creciente deterioro producto de la falta de mantenimiento de sus instalaciones, así como por el desarrollo de actividades vandálicas, que han ocasionado la sustracción del cableado y focos para la iluminación nocturna de sus instalaciones, así como la rotura de puertas y la demolición de pavimentos con riesgo de sustracción de los mismos”.

En lo único que han errado su valoración es el hablar de “riesgo” de vandalismos, cuando a las pocas fechas se produce un serio asalto a estas obras que supusieron el arrancado y sustracción de materiales y paramentos de las fortificaciones, cableado, instalaciones de suministro eléctrico, etc.

De hecho, cuando se tramitaban los aspectos relacionados con los diferentes proyectos de conservación y restauración tuvimos conocimiento de un grave episodio de expolios que provocó que demandáramos información a las autoridades. Así, desde la Delegación de Cultura nos informaron que:

1.- Conforme a lo manifestado por esta Delegación en el escrito de fecha 19 de septiembre de 2016, una vez recibida la información solicitada al Ayuntamiento de Puerto Real y al Ministerio de Fomento, con fechas 7 de noviembre de 2016 y 16 de diciembre de 2016 respectivamente, se remite para su conocimiento copia de ambos escritos.

2.- En relación al expolio detectado en un área de pavimento del Sitio Histórico, le informo lo siguiente:

El 10 de noviembre de 2016, ante las noticias aparecidas en prensa, se realiza visita técnica por parte de personal del Departamento de Protección del Patrimonio Histórico de esta Delegación a la Batería de San Pablo (Sitio Histórico del Puente Suazo) en el Término Municipal de Puerto Real.

El 28 de noviembre de 2016, teniendo en cuenta que los destrozos y daños producidos en dicha Batería pueden ser constitutivos del ilícito penal tipificado en el art. 321 del vigente Código Penal, se ha puesto en conocimiento de la Fiscalía de la Excma. Audiencia Provincial de Cádiz, a los efectos oportunos.

Por otra parte, con fecha 4 de enero de 2017, se han iniciado Diligencias Informativas, por una parte dirigidas al Ministerio de Fomento, Dirección General de Carreteras, Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental.

Apertura de diligencias Informativas para que en el plazo de 30 días nos remita:

1º) Información sobre el estado de conservación del Puente Suazo y sus Fortificaciones anexas de la cual detenta la propiedad.

2º) Así como todas las actuaciones que se han llevado a cabo para cumplir con la obligación de conservación tal como establece el art. 14 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía.

En similar sentido se han abierto Diligencias Informativas, con la misma fecha,dirigidas al Ayuntamiento de Puerto Real, para que en el plazo de 30 días nos remita:

1º) Información sobre el estado de conservación del Puente Suazo y sus Fortificaciones anexas de la cual detenta la posesión.

2º) Así como todas las actuaciones que se han llevado a cabo para cumplir con la obligación de conservación tal como establece el art. 14 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía.”

Y, por su parte el ayuntamiento de Puerto Real, dio cuenta sobre los expolios:

 

En relación a su escrito del pasado 15 de noviembre, nº de Registro de Salida 201600037150,solicitando información sobre la acción expoliadora que se ha producido en parte de los elementos constructivos del Sitio Histórico del Puente Zuazo, le comunicamos que se ha procedido de inmediato a presentar denuncia en la Policía Nacional con el objeto de que investiguen los hechos.

El personal municipal continua girando visitas periódicamente al lugar para inspeccionar la situación. Paralelamente, se han retomado los trámites para la instalación de un sistema de videovigilancia en la zona, conectada a la policía para detectar posibles intrusiones.

Por parte de la Oficina Técnica Municipal se han proyectado unos refuerzos interiores para las múltiples puertas que tienen los edificios para afianzar la seguridad.

Le hacemos llegar igualmente que, en los días posteriores a los hechos, se ha producido la visita por parte de los técnicos de la Delegación Territorial de cultura, pero de momento no hemos tenido ninguna comunicación al respecto.

Sí ha trascurrido en los medios de comunicación que dicha Delegación se iba a dirigir al Ministerio de Fomento como propietario de los inmuebles para que tomara cartas en el asunto.”

Por tanto, se acometieron las actuaciones previstas, por más que no disponemos de nueva información que nos permita variar nuestros serio y permanente temor de que estos hechos puedan volver a repetirse dada la difícil capacidad de protección y vigilancia de la zona.

Quinta.- Debemos reseñar igualmente que este proceso interrumpido de intervenciones sobre los sitios históricos afectados deriva en consecuencias muy negativas.

De un lado, la evidente desatención o incumplimiento de una serie de compromisos que, formalmente adoptados, penden para su ejecución de una confusa cadena de reclamaciones y excusas entrelazadas en la variedad de administraciones e instancias implicadas. Ante estas omisiones sólo cabe reiterar la necesidad de ejecutar lo acordado y de llevar a término las obligaciones que han sido adquiridas.

De otro lado, y en segundo lugar, se deben concretar otras intervenciones añadidas que se consideran necesarias para alcanzar los objetivos propuestos y que necesitan el impulso de parte de las Administración General del Estado sin poder relatar avances en su realización.

Y, finalmente ―aunque bien podríamos reseñarlo en primer lugar― destaca el esfuerzo presupuestario que se ha volcado hasta la fecha en una serie de actuaciones, parciales, inconclusas e incluso destruidas y expoliadas, sin asegurar el resultado último pretendido.

Podemos indicar, como valoración general, que la contemplación de la situación actual refleja una situación más próxima al olvido y a la desatención que a la responsabilidad de llevar a cabo los compromisos y objetivos que tan solemnemente se proclamaron en declaraciones y firmas de convenios.

No podemos olvidar las severas dificultades presupuestarias que han restringido las actividades de gasto público en los ejercicios que, precisamente, afectan a los hechos analizados. Y dicha circunstancia no debe relegarse de estas valoraciones para explicar una buena parte de las dificultades sobrevenidas en estos ambiciosos proyectos. Motivo por el que, con mayor argumento, debe evaluarse la situación actual y abordar el escenario futuro del proyecto.

Resulta, pues, necesario recomponer los términos que en su día fueron conveniados para: evaluar el grado de cumplimiento de las acciones programadas; la identificación de otras acciones previstas en su día y que deben ser reconsideradas; y, finalmente, realizar una puesta al día de la efectiva disposición, capacidad y compromisos particularizados de cada Administración implicada para la conservación y puesta en valor del Puente Suazo y fortificaciones anejas.

De hecho, la propia entidad promotora de la queja explica la oportunidad de centrar las actuaciones en la propia conclusión de las intervenciones, de forma que “se concentre en la rehabilitación del Sitio Histórico del Puente Suazo y se realice según el importe presupuestado en el año 2008 (7.864.190 €), frente al presupuesto actual (más de 23.000.000 € sin incluir el importe correspondiente a la tercera fase), con lo cual el Ministerio de Fomento tan solo tendría que disponer 3.567.911 € de los 4.296.279 € ya dispuestos”.

En todo caso, es patente la necesidad de recomponer la posición y disposición de las Administraciones implicadas para gestionar las acciones que requiere el estado actual del Puente Suazo y elementos que integran este Bien de Interés Cultural. A tal fin, los convenios suscritos disponen de sendas comisiones de seguimiento que permiten encauzar este improrrogable diálogo y negociación.

A la vista de las anteriores Consideraciones, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha acordado dirigir a la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Cádiz, al Ayuntamiento de Puerto Real, y al Ayuntamiento de San Fernando la siguiente

RESOLUCIÓN

RECOMENDACIÓN 1 de que se estudien y se definen por las Administraciones afectadas las medidas de cooperación necesarias en relación con las actuaciones de rehabilitación y conservación del Puente Suazo sometido a la protección de la normativa de patrimonio histórico.

RECOMENDACIÓN 2 para que se implique a la Administración General del Estado en el proceso de estudio y definición de las actuaciones que necesita el BIC afectado.

RECOMENDACIÓN 3 para que se extremen las medidas de seguridad y protección de los inmuebles y espacios sometidos a riesgo de expolio y destrucción de sus elementos originales, así como de las instalaciones o de las obras ejecutadas hasta la fecha.

SUGERENCIA a fin de que desde las Administraciones implicadas se promueva el diálogo y la participación de las entidades ciudadanas comprometidas con la conservación y puesta en valor del patrimonio histórico de la zona.

Según establece el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, la autoridad a la que se dirige la Resolución viene obligada a responder por escrito en término no superior a un mes, comunicando la adopción de las medidas adecuadas en el sentido que se recoge en la Resolución dictada o, en su caso, las razones que le impidan adoptar tal decisión.

Ver asunto solucionado o en vías de solución

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

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