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Pedimos protección para el yacimiento de “Río Verde” en Marbella

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/2150 dirigida a Consejería de Turismo y Deporte, Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Málaga

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Hemos recibido informe de fecha 20 de enero de 2017, con referencia Expte. RJ 134/16, UPPH/fag, relativo al expediente arriba indicado, promovido de oficio por esta Institución sobre el expolio sufrido en la Villa Romana de Río Verde de Marbella.

A tenor de su contenido queremos valorar la aceptación del núcleo de las resoluciones dirigidas en orden a impulsar las acciones de investigación de los hechos de expolio sufridos en el yacimiento y, de otro lado, la adopción de medidas para la protección y vigilancia del entorno.

23-05-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha venido desarrollando una amplia y dilatada labor de atención al eficaz sistema normativo de promoción y protección del patrimonio histórico artístico.

Así, en los sucesivos Informes Anuales al Parlamento, al igual que con motivo de la elaboración de los Informes Especiales, la Institución ha querido contribuir al mejor desempeño de las actuaciones de los poderes públicos para la protección y puesta en valor de nuestra riqueza monumental. Todo ello en consonancia con las funciones de protección y tutela de los derechos establecidos en los artículos 44 de la Constitución y 33 y 37.1º.18 del Estatuto de Autonomía en el ámbito de la cultura.

En el amplio escenario de intervenciones de este tipo que se producen a lo largo del territorio andaluz, ocupa un lugar preeminente las acciones que posibilitan el efectivo disfrute de nuestro patrimonio cultural gracias a promover su conocimiento e investigación a través de las intervenciones arqueológicas «con el objetivo de que la investigación revierta en un aumento y cualificación del conocimiento histórico de nuestro pasado y presente», en los términos que afirma el Decreto 168/2003, de 17 de Junio (BOJA 134, de 15 de Julio), por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Arqueológicas.

En el conjunto de actividades de protección de la riqueza arqueológica andaluza, las autoridades culturales ha venido desarrollando una importante labor de localización, descripción e investigación de las zonas que han acreditado este interés en el conjunto de elementos que componen el rico y variado Patrimonio Histórico Andaluz.

Así, en el caso de la ciudad de Marbella, hemos tenido conocimiento de un yacimiento de alto valor debido a los restos de una villa romana que han sido objeto de un reciente expolio en Enero de este año. Este lugar cuenta con declaración de Bien de Interés Cultural (BIC). Desconocemos si tales hechos han sido investigados y si se están siguiendo las correspondientes actuaciones judiciales con la detención de un sujeto supuestamente responsable de tales ilícitos.

No obstante, y más allá de esta vía judicial, interesa conocer las medidas que se han adoptado por la autoridad cultural en orden a la delimitación y protección de este importante yacimiento, así como los elementos de protección y defensa ante el riesgo de estos ataques que violentan los restos susceptibles de tutela y defensa. Por ello, y al margen de esas actuaciones que dé lugar la instrucción judicial del caso, resulta de sumo interés conocer el resultado práctico de las disposiciones declarativas de un régimen de delimitación y protección de este yacimiento; no sólo como objeto de intervenciones de investigación y estudio sino, en particular, como instrumento que ponga en marcha todas las medidas de protección y tutela que se nos antojan esenciales para hacer posible la conservación de tales restos y su posterior explotación científica.

A la luz de los acontecimientos, resulta de especial interés conocer las medidas de protección establecidas y, asímismo, la capacidad de respuesta y reacción de la autoridades culturales para impedir supuestos de agresiones y expolios de la envergadura como la que se ha descrito en el lamentable caso del yacimiento de “Río Verde” en Marbella (Málaga).

Por ello, hemos considerado oportuno proponer incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Málaga, a fin de conocer:

-medidas de protección del yacimiento arqueológico de “Río Verde” en Marbella (Málaga), declarado BIC.

-labores de intervención arqueológica que se hubieran realizado.

-calendario de intervenciones arqueológicas previstas sobre tal yacimiento.

06-02-2017 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Hemos recibido informe de fecha 20 de enero de 2017, con referencia Expte. RJ 134/16, UPPH/fag, relativo al expediente arriba indicado, promovido de oficio por esta Institución sobre el expolio sufrido en la Villa Romana de Río Verde de Marbella.

Nos indican:

Esta Delegación Territorial carece de competencias para la investigación de unos hechos con relevancia penal, si bien está a disposición tanto de la Policía como del propio Ayuntamiento para prestar la colaboración que se nos solicite en el marco de nuestras competencias.

Puestos en contacto de nuevo con el Ayuntamiento de Marbella nos informa que la Policía Nacional continúa investigando los hechos y que se han instalado cámaras de vigilancia en el recinto las cuales están operativas, lo que tendrá un efecto disuasorio a fin de evitar nuevos expolios.

A tenor de su contenido queremos valorar la aceptación del núcleo de las resoluciones dirigidas en orden a impulsar las acciones de investigación de los hechos de expolio sufridos en el yacimiento y, de otro lado, la adopción de medidas para la protección y vigilancia del entorno.

Ver Resolución

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