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¿Por qué no se desdobla la carretera A-2078, entre Jerez de la Frontera y Rota y así evitar su siniestralidad?. Lo preguntamos

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/5034 dirigida a Consejería de Fomento y Vivienda

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

El Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio para conocer los motivos por los que no se desdobla la carretera A-2078, entre Jerez de la Frontera y Rota, para evitar su peligrosidad y alta siniestralidad.

La Consejería de Fomento y Vivienda reconoce que existe un tramo de concentración de accidentes en la vía y está llevando a cabo las actuaciones precisas para su eliminación.

17-10-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, de que se vienen registrando diversos accidentes, algunos de gravedad, en la carretera A-2078, comúnmente denominada carretera Jerez-Rota. Se trata de una vía pública muy transitada porque, además de comunicar ambas localidades, permite enlazar la A-491 y la A-480.

En algún medio de comunicación hemos podido leer, con motivo de tales accidentes, titulares como “La carretera de la muerte (A-2078) sigue registrando accidentes de tráfico”, o “Cuatro accidentes en poco más de un mes en la carretera Rota-Jerez. Colectivos ciudadanos de la villa roteña ya han constituido una plataforma para reclamar a la Junta su desdoble”, “Unión de Consumidores se interesará en el Parlamento andaluz por el necesario y estancado desdoble de la carretera Rota-Jerez”. En otros medios podemos leer que, según Tráfico, “Un tramo de la carretera Rota-Jerez, señalado entre los más peligrosos por la DGT”, en concreto, según este medio de comunicación, “se encuentran dos tramos de la A-491 a la A-480, la carretera que une Rota y Jerez, concretamente los puntos kilométricos del 5,78 al 10,84 y el punto kilométrico 3,78 al 5,78”.

A la vista de tales hechos, teniendo en cuenta las competencias de la Comunidad Autónoma en este ámbito, a tenor del art. 64.1.1º del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2008, de 19 de Marzo), y la Ley 8/2001, de 12 de Julio, de Carreteras de Andalucía, nos hemos dirigido a la Consejería de Fomento y Vivienda para que nos informe de las previsiones que existan para el desdoble de esta carretera y, en su caso, los plazos de ejecución y, en tanto se lleva a cabo este desdoble, las medidas que tenga previsto adoptar, al menos con carácter preventivo, para dotar de una mayor seguridad al tráfico rodado que viene utilizando esta carretera en sus desplazamientos.

Esto último teniendo en cuenta que, en lo que concierne a la seguridad vial, la mencionada ley autonómica, en su exposición de motivos, indica que “En el objetivo de aumentar y potenciar los mecanismos destinados a garantizar la seguridad vial en las carreteras, la Ley amplía las obligaciones de las Administraciones autonómica y provincial en orden a llevar a cabo una evaluación permanente de la seguridad vial de la red de carreteras de Andalucía, detectando los posibles tramos de concentración de accidentes en orden al desarrollo de los programas y actuaciones tendentes a la eliminación de los mismos”, y dedica todo el Capítulo V, del Título II, a establecer las normas de conservación y seguridad vial de las carreteras.

Asimismo, interesamos nos informe de cualesquiera otros extremos que estime de interés en relación con la cuestión de fondo planteada en esta actuación de oficio, que no es otro que el riesgo, en términos de seguridad vial, al que están sometidas las personas que transitan con sus vehículos por la mencionada carretera y la necesidad de dar una respuesta, desde la Administración, a esta situación que ya se prolonga demasiados años.

29-05-2017 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

La Consejería de Fomento y Vivienda reconoce que existe un tramo de concentración de accidentes en la vía y está llevando a cabo las actuaciones precisas para su eliminación.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio para conocer los motivos por los que no se desdobla la carretera A-2078, entre Jerez de la Frontera y Rota, para evitar su peligrosidad y alta siniestralidad.

En un primer informe, la Consejería de Fomento y Vivienda, en concreto la Dirección General de Infraestructuras, nos indicó que no estaba previsto, a medio plazo, el desdoblamiento de la vía, pues su intensidad media de vehículos diaria era de 6.945 vehículos; en cuanto a las medidas que se tiene previsto adoptar, en el Plan Estratégico de Seguridad Vial, tras la publicación de la Directiva 2008/96/CE sobre Gestión de la Seguridad de las Infraestructuras Viarias, se llevaban a cabo medidas para la mejora de los denominados Tramos de Concentración de Accidentes (zonas localizadas donde el riesgo de accidentes es anormalmente elevado por comparación con el riesgo medio que presentan zonas de características similares, en adelante TCA). En concreto, en la A-2078, en el último estudio correspondiente a la accidentalidad registrada en el periodo 2010-2014, se había localizado un TCA entre los p.k. 5,7 al 7,7, por lo que se había redactado un proyecto de mejora de la seguridad vial para este tramo.

Posteriormente, nos informaron de los accidentes en los años 2015 y 2016: en 2015, hubo 14 accidentes y en 2016, 6, cifras que confirmaban la disminución del parámetro desde 2010 (2010, 17 accidentes; 2011, 24; 2012, 22; 2013, 18 y 2014, 16). De estos accidentes, en 2015 hubo 8 con víctimas y en 2016, 1.

En cuanto al proyecto para la mejora de la seguridad vial, finalmente conocimos que se había supervisado y aprobado en Marzo de 2017, por lo que se iba a iniciar el expediente de contratación, esperando que las obras finalizaran en el primer trimestre de 2018.

Así las cosas, estimando que nos encontrábamos ante un asunto en vías de solución y esperando que las obras dieran comienzo en el plazo anunciado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

 

 

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