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Preguntamos al Ayuntamiento de Lepe qué está haciendo para que un edificio inacabado en la playa de La Antilla no sea un riesgo para personas

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/5075 dirigida a Ayuntamiento de Lepe (Huelva)

El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, que “Sigue en primera línea de playa un edificio inacabado 35 años después. Vecinos recogen firmas para solicitar su demolición y hoy (25 de Agosto) se reúnen con el Alcalde de Lepe. La obra fue iniciada en 1980, paralizada un año después y expropiada por el Estado en 2005”. Según estas noticias, el edificio se encuentra ubicado en la C/ Guadiana, en la zona de la playa de La Antilla.

Al parecer, la mencionada edificación se encuentra ubicada, total o parcialmente, en zona de dominio público marítimo-terrestre (dunas), siendo contraria a la normativa urbanística actual y su situación, según estas noticias, puede suponer un riesgo importante para las personas y bienes si se producen desprendimientos, pues “presenta daños generalizados, sobre todo en las zonas expuestas, por «oxidación de las armaduras, descomposición y pérdida del hormigón», con la consiguiente pérdida de resistencia en toda la obra y «posible próximo colapso de los pilares de la fachada sur y del castillete». Los vecinos también destacan la presencia de «entrevigados rotos con debilitamiento de los forjados» y destacan que los huecos de la obra no están protegidos respecto a la caída. Del mismo modo, alertan de desprendimientos y caídas de grandes trozos de emparchados de ladrillo y mortero y otros recubrimientos sobre las arenas públicas y sobre el inmueble medianero”.

A la vista de tales hechos y dado que, según estas noticias, nos encontramos ante una situación que se mantiene desde hace décadas, nos hemos dirigido al Ayuntamiento de Lepe (Huelva) para conocer, en síntesis, si se ha dictado, o tiene previsto hacerlo, una orden de ejecución y, en caso de que se hubiera hecho anteriormente, los motivos por los que no se ha hecho un seguimiento para obligar al titular del inmueble a su ejecución.

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