Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/3586 dirigida a Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería)
RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
El Ayuntamiento de Roquetas de Mar acepta nuestra resolución y va a proceder a instalar un punto limpio al incluir, en el pliego de condiciones de adjudicación del servicio público de limpieza viaria, esta obligación para la empresa que resulte adjudicataria.
14-08-2014 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
El Defensor del Pueblo Andaluz ha abierto una actuación de oficio cuando ha tenido conocimiento, a través de los medios de comunicación, de que el municipio almeriense de Roquetas de Mar, pese a la importante entidad poblacional que posee, en torno a 90.000 habitantes, que además crece ostensiblemente en el periodo estival, carece de un punto limpio para atender las necesidades de depósito y, en su caso, reciclaje, de los residuos urbanos sólidos que habitualmente la población deposita en estos lugares, tales como: chatarra metálica, muebles y enseres, pilas y baterías, teléfonos móviles, aparatos electrónicos, aceites de automoción, pinturas y barnices, lámparas fluorescentes, textiles y calzado, escombros, maderas, restos de poda, electrodomésticos, colchones, neumáticos y medicamentos, además de envases, vidrio y papel, para los que sí tienen contenedores urbanos.
A la vista de ello, es preciso recordar que el Decreto 397/2010, de 2 de noviembre, por el que se aprobó el Plan Director Territorial de Residuos no Peligrosos de Andalucía 2010-2019, estableció esta obligación para todos los municipios de más de 5.000 habitantes fijando como fecha límite el año 2015.
Aunque no hemos llegado a la fecha fijada, pese a estar muy próxima, esta Institución entiende que puedan darse situaciones de dificultad, en algunos casos, para crear estos espacios de reciclaje municipios de pequeña población en los que los residuos producidos no tengan una gran relevancia o entidad y, al mismo tiempo, no dispongan de los medios materiales y personales para abordar esta obligación. Ahora bien, municipios como el de Roquetas de Mar y, al menos, todos los de más de 20.000 habitantes, creemos que debieran tener cubierto, ya, este objetivo.
En lo que concierne al municipio de Roquetas de Mar se da la circunstancia de que, parece ser, que ya en la anterior legislatura se había adoptado el acuerdo por parte del pleno municipal de crear un punto limpio para atender tales necesidades.
En todo caso, en fecha posterior a la publicación de estas noticias, hemos recibido el informe interesado en la queja 14/2497en el que nos confirma la inexistencia de un punto limpio en ese municipio.
A la vista de ello y teniendo en cuenta, insistimos, la gran población existente en ese municipio (tenemos noticias de que durante el verano prácticamente se dobla ésta), proponemos actuar de oficio, de acuerdo con el art. 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, en este caso singular con objeto de interesarnos, por un lado, para que se nos informe de los motivos por los que pese al acuerdo que, al parecer, se habría adoptado por unanimidad de todos los grupos políticos en un Pleno municipal de años atrás decidiendo la implantación de un punto limpio, éste no se ha ejecutado.
El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio al tener conocimiento en su momento, a través de los medios de comunicación, de que el municipio almeriense de Roquetas de Mar, pese a la importante entidad poblacional que posee, en torno a 90.000 habitantes, que además crece ostensiblemente en periodo estival, carecía de un punto limpio para atender las necesidades de depósito y, en su caso, reciclaje de los residuos urbanos sólidos que habitualmente la población deposita en estas instalaciones, tales como chatarra metálica, muebles y enseres, pilas y baterías, teléfonos móviles, aparatos electrónicos, aceites de automoción, pinturas y barnices, lámparas fluorescentes, textiles y calzado, escombros, maderas, restos de poda, electrodomésticos, colchones, neumáticos y medicamentos, además de envases, vidrio y papel, para los que sí se suele disponer de contenedores urbanos y ante la falta de respuesta a nuestra última petición de informe.
Como última actuación, formulamos a la Alcaldía-Presidencia resolución consistente, en esencia, en Recordatorio de su obligación de colaborar con esta Institución en sus investigaciones e inspecciones y Recomendación de que realizara, con la máxima celeridad posible, todas las gestiones para que el municipio contara con un punto limpio conforme a las exigencias del Decreto 73/2012, de 20 de marzo, y del Plan Director Territorial de Residuos No Peligrosos de Andalucía 2010-2019, aprobado por Decreto 397/2010.
05-04-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
El Ayuntamiento de Roquetas de Mar acepta nuestra resolución y va a proceder a instalar un punto limpio al incluir, en el pliego de condiciones de adjudicación del servicio público de limpieza viaria, esta obligación para la empresa que resulte adjudicataria.
En su escrito de respuesta a esta resolución, el Ayuntamiento nos ha comunicado que se iba a proceder a instalar un punto limpio de forma definitiva pues estaba, en aquellos momentos, en “un proceso de licitación del servicio de limpieza viaria y recogida de basuras, se ha considerado oportuno incluir en el Pliego de Prescripciones Técnicas para la Gestión del Servicio Público de Recogida y Transporte Diario hasta la Planta de Transferencia del Consorcio de todo tipo de Residuos Sólidos Urbanos así como Limpieza Viaria de todos los Espacios Públicos del término municipal de Roquetas de Mar, la obligación de construir un punto limpio junto con las instalaciones del servicio municipal de limpieza viaria poniéndose a disposición de la entidad concesionaria un suelo para la construcción de los referidos equipamientos. De esta forma se opta por la alternativa que han adoptado diversos municipios como el de la propia capital de Almería, donde estas instalaciones, al encontrarse dentro del recinto del servicio municipal de limpieza viaria, cuentan con un mejor mantenimiento y conservación y se da cumplimiento a lo que se establece en el Decreto 73/2012 de 20 de marzo".
Por tanto y entendiendo que se había aceptado nuestra resolución, hemos procedido a archivar esta actuación de oficio.
4 Comentarios
donde se recicla actualmente los residuos de vidrio, papel, envases etc, de roquetas de mar?
Buenos días. Sería oportuno que le trasladaras la pregunta al Ayuntamiento de Roquetas de Mar que es quien tiene las competencias del la gestión de los residuos. Si no te responden en el Ayuntamiento, nos lo dices. Gracias.
Hola,¿ alguien me puede decir por favor cual pordría ser una posible localización para la instalación de un punto limpio en Roquetas de Mar?
Gracias
Buenos días. La organización del territorio de un municipio pertenece al Ayundamiento, por lo que deberías acudir al Ayuntamiento para que te informen. Gracias