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Preguntamos por las medidas previstas para prevenir fallecimientos de reclusos por sobredosis

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 18/3389 dirigida a Ministerio del Interior, Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha venido desarrollando una amplia y dilatada labor de atención hacia escenarios donde se producen medidas de retención o privación de libertad. Así, en los sucesivos Informes Anuales al Parlamento, al igual que con motivo de la elaboración de los Informes Especiales, ha sido una preocupación de esta Institución las condiciones en las que se desarrollan estas medidas y los aspectos que puedan afectar al régimen penitenciario de los internos.

Así, a través de diversos medios de comunicación hemos tenido conocimiento de recientes fallecimientos de internos en centros penitenciarios de Andalucía por posible sobredosis. Se alude a que, en lo que va de año al menos, se habrían producido tres fallecimientos en el centro penitenciario de Albolote (Granada), dos en el centro penitenciario de Huelva, cuatro en los distintos centros penitenciario de El Puerto de Santa María y cinco en el centro penitenciario de Botafuegos (Algeciras).

Consagrado como un derecho fundamental, las penas privativas de libertad deberán estar orientadas a la reeducación y reinserción de los internos (art. 25.2 CE.), ejercitándose la actividad penitenciaria respetando la personalidad de los internos y los derechos e intereses legítimos de los mismos no afectados por la condena, teniendo derecho a que la Administración penitenciaria vele por sus vidas, integridad y salud (art. 3.4 de la Ley 1/1979, de 26 de Septiembre, Ley Orgánica General Penitenciaria, y art. 4.2.a) del Reglamento Penitenciario), y por tanto a adoptar medidas para impedir que estar muertes se produzcan.

Un elevado porcentaje de los internos en los centros penitenciarios son drogodependientes y, en muchos casos, cumplen condenas por delitos relacionados con este motivo, por lo que el hecho de que tengan acceso a dichas sustancias es una cuestión grave que dificulta, cuanto no, imposibilita su reinserción.

En el ámbito penitenciario concurren acciones y políticas en las que interviene la gestión de la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (SGIP), y la propia Junta de Andalucía responsable del ejercicio de competencias tan sensibles a la actividad diaria de la vida en las cárceles y de sus internos como son la sanidad, asistencia social, la educación, etc.

En la cuestión que nos ocupa, las medidas preventivas que han de ser tomadas dentro de los centros por la administración penitenciaria, deben de tener su respaldo también en aquellas otras medidas alternativas que, en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma Andaluza, tiene atribuida la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales. Resulta evidente que el ejercicio de estas políticas destinadas a la prevención, tratamiento y superación de las drogodependencias exigen la coordinación en esta materia entre los distintos estamentos implicados, priorizando programas de prevención, desarrollando estrategias de intervención y agilizando el acceso a los recursos establecidos.

En este sentido, se entiende oportuno que esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz tome mayor conocimiento de la situación, y en virtud de lo dispuesto en el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, reguladora de esta Institución, se inicie una actuación de oficio para que por parte de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales y la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, se nos informe sobre varios extremos.

Ante la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:

  • sistemas de intervención en materia de drogodependencia que se aplican en el ámbito de los Centros Penitenciarios en Andalucía.

  • acuerdos, convenios o instrumentos de mutua colaboración en vigor o que hubieran sido aplicados con las entidades autonómicas

Ante la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales:

  • sistemas de intervención en materia de drogodependencia que se aplican en el ámbito de los Centros Penitenciarios en Andalucía.

  • acuerdos, convenios o instrumentos de mutua colaboración en vigor o que hubieran sido aplicados.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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