Queja número 16/3933
Tras nuestra intervención ante Banco Santander promovemos un acuerdo satisfactorio que evita la ejecución hipotecaria de la vivienda habitual de la parte promotora de queja.
Acudía a esta Institución un matrimonio exponiendo las dificultades sufridas para el pago de las dos hipotecas que tienen concertadas sobre su vivienda habitual, una con UCI y la segunda con Banco Santander. Como consecuencia de ello, UCI instó procedimiento de ejecución hipotecaria, y Banco Santander solicitó la anotación preventiva de embargo que consta en la hoja registral de la vivienda.
A través de la Oficina Municipal en Defensa del Derecho a la Vivienda Digna del Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda solicitaron a UCI la aplicación del Código de Buenas Prácticas.
El posible acuerdo de novación con UCI evitaría la subasta de la vivienda, pero surgió una dificultad en torno a la posible pérdida de rango registral.
Tras dirigirnos a Banco Santander con objeto de favorecer un acuerdo satisfactorio al asunto planteado, hemos podido conocer que finalmente fue posible la firma de una novación con UCI.
Considerando que el asunto objeto de queja se encuentra solucionado, damos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.
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