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Queremos conocer el futuro convenio para organizar el Servicio de Orientación y Asistencia Jurídico Penitenciaria

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 18/5733 dirigida a Consejería de Justicia e Interior

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
 
Nos informan de la organización del Servicio de Orientación y Asistencia Jurídico Penitenciaria (SOAJP).

 

12-12-2018 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Como conoce la Consejería de Justicia e Interior, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz viene mostrando un especial seguimiento ante el problema que subyace en una importe presentación de quejas a cargo de personas internas en prisión o de sus familiares y entidades sociales comprometidas con la promoción de los derechos de este colectivo, que aducen la escasa tutela jurídica que disponen y que antes era atendida gracias a los servicios que se prestaban desde el denominado Servicio de Orientación y Asistencia Jurídico Penitenciaria (SOAJP).

Citamos la queja 12/2007, queja 12/3109 y queja 14/4307, como los ejemplos. En concreto, en la queja 15/825, incoada de oficio, indicábamos a la Consejería con fecha 10 de noviembre de 2014:

Efectivamente tomamos en consideración su anuncio de que “con fecha 8 de Octubre de 2014, de acuerdo con la normativa vigente en la Comunidad Autónoma Andaluza, se inician los trámites oportunos para proceder a la tramitación de expediente para la formalización del Convenio”. Aun cuando desconocemos los términos del borrador o del texto finalmente remitido al Ministerio del Interior, lo que nos hubiera permitido conocer los detalles y alcance de este convenio discutido ―tal y como se solicitaba en nuestra petición de informe― todo parece indicar que se están ultimando las gestiones para la recuperación de este Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria (SOAJP). Por ello, hemos de entender que el asunto que ocupa el alcance nuestra intervención se encuentra en vías de solución. Así pues, le agradecemos la colaboración prestada y le comunicamos que con esta fecha se procede a dar por concluidas nuestras actuaciones no sin rogar que nos mantengan informados de las gestiones que, efectivamente, alcancen la puesta en marcha del citado Servicio”.

Volvemos a tomar conocimiento —por los medios de comunicación— de trabajos de discusión para la elaboración de un nuevo convenio que tendría vigencia a partir de 2019.

En todo caso, y más allá de la exactitud de las noticias aparecidas, esta Institución asume la preocupación de los equipos especializados de los respectivos Colegios de Abogados de Andalucía por la limitada cuantía económica de dichos convenios que influyen negativamente en la extensión e intensidad de los servicios prestados, finalmente, a la población reclusa.

Del mismo modo, resulta crucial una agilización de los trámites de estos acuerdos celebrados entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciar (SGIP), la Consejería de Justicia e Interior y los propios Colegios de Abogados, a través del CAA. De ahí que pretendamos velar muy especialmente por el impacto que tal retraso pudiera acarrear en las personas que aguardan la prestación de estos servicios desde hace años.

En particular carecemos de los detalles del futuro acuerdo o convenio y el alcance de los servicios previstos que se ofrecerían a través de dicho texto.

Para poder tomar concreto conocimiento del conflicto y velar por la salvaguarda de los derechos afectados por esta situación, se propone iniciar una Actuación de Oficio al amparo del artículo 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, ante esa Consejería de Justicia e Interior a fin de que detalle los trabajos para conveniar la puesta en marcha del SOAJP para los próximos ejercicios; a tal fin rogamos nos informen acerca de:

1.- Situación de los trabajos de discusión y negociación desde esa Consejería con la Administración General del Estado y el Consejo Andaluz de la Abogacía para la dotación del convenio regulador del SOAJP.

2.- Previsión de dotación presupuestaria para atender los servicios generados en el marco del convenio sobre el SOAJP.

17-11-2020 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

El presente expediente de queja se inicio a consecuencia del especial seguimiento mostrado por esta Institución, por un lado ante el problema que se aduce por la población reclusa en relación a la escasa tutela jurídica que disponen y que venía siendo atendida por el Servicio de Orientación y Asistencia Jurídico Penitenciaria (SOAJP), y por otro la preocupación de los equipos especializados de los respectivos Colegios de Abogados de Andalucía por la limitada cuantía económica de los convenios que influyen negativamente en la extensión e intensidad de los servicios prestados, finalmente, a los internos.

Tras dirigirnos inicialmente a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, fuimos informados de lo siguiente:

Como continuación de la información remitida el pasado 5 de marzo de 2019 en relación con la queja de referencia, iniciada de oficio por esa Institución y relativa a la asistencia jurídica a personas internas en prisión y sus familiares, y al convenio regulador del Servicio de Orientación y Asistencia Jurídico Penitenciaria, previa petición de informe al órgano directivo competente en la materia, la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, le comunico lo siguiente:

- En la información anteriormente remitida se traslado que se estaba tramitando un convenio marco entre el Ministerio del interior, la entonces Consejería de Justicia e interior de la Junta del Andalucía y el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, donde se regularían las bases jurídicas por las que se regiría la prestación de los servicios de asesoramiento a los internos en centros penitenciarios y en el que se se preveía la posibilidad de llevar a cabo convenios específicos que lo desarrollasen en diversas materias. Este convenio marco no conllevaría gasto para ninguna de las entidades, ya que las aportaciones económicas por los costes que generase tal colaboración serian evaluadas y acordadas en los convenios específicos en que esta se concretase. Estos convenios específicos se suscribirían por las partes firmantes, a excepción del Ministerio del Interior, cuyos compromisos no requieren de desarrollo, sin perjuicio de su conocimiento y aprobación a través de su participación en la comisión mixta de seguimiento que se constituya.

El borrador de dicho convenio marco de colaboración, relativo a la orientación jurídica penitenciaria a las personas que se encuentren internadas en los centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se trasladó al Ministerio, presentando sus aportaciones, entre las que se recogió un anexo relativo al tratamiento de datos personales, en virtud del cual el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados asumía ciertos compromisos en materia de protección de datos personales.

- El citado borrador se remitió desde esta Consejería al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados para que alegaran lo que estimasen oportuno y en el seno de la Comisión Mixta entre la Administración de la Junta de Andalucía y el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, de fecha 10 de diciembre de 2018, se informo por parte de los vocales del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados que este no podía ser el responsable del tratamiento de los datos que hagan los profesionales, y que dicha cuestión estaba siendo analizada por un profesional en materia de protección de datos y que remitirían una propuesta al respecto. Sin embargo, hasta la fecha no se ha recibido respuesta alguna.

- No obstante lo anterior, la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, y la Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019, incluyeron sendas subvenciones nominativas al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados por importe, para cada ejercicio, de 136.000 euros y de 150.000 euros, respectivamente, destinadas al abono de la prestación del servicio de orientación jurídica penitenciaria.

Para el ejercicio corriente, la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, prevé igualmente la concesión al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, para esta misma finalidad, de una subvención nominativa por importe de 150.000 euros”.

A tenor de dicha información, nos dirigimos al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, que nos ha contestado en el siguiente sentido:

EI Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria (SOAJP), organizado por los Colegios de Abogados de Andalucía en coordinación con la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía y financiado por esta última, se ha venido prestando, con alguna breve interrupción, desde que se produjeron las transferencias de Justicia a la Comunidad Autónoma de Andalucía, asumiendo la entonces Consejería de Gobernación y Justicia la competencia en la materia de Asistencia Jurídica Gratuita. Posteriormente, en contra de la opinión de este Consejo, dejó de formar parte del sistema general de Justicia Gratuita para pasar a regularse y financiarse a través de Convenios específicos y, desde el año 2018, se financia a través de subvenciones nominativas previstas cada año en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

 

Este servicio se presta por un grupo amplio de Letrados pertenecientes a cada uno de los Colegios en cuyo ámbito territorial se encuentra radicado algún Centro Penitenciario, grupo que se organiza y gestiona en el propio Colegio y cuyos Letrados son retribuidos conforme al servicio prestado en cada Centro Penitenciario, lo que depende de los días de visita convenidos en cada caso con la Institución Penitenciaria. Informándose que en cada Centro Penitenciario se realizan por término medio entre tres y cuatro servicios semanales, pudiendo tratarse de turnos organizados en más o menos días a la semana, según lo convenido con cada Centro y variar la frecuencia en función de la época del año y la demanda.

Estas actuaciones, por su propia naturaleza, presentan un marcado interés social, puesto que el colectivo al que va dirigido presenta una importante necesidad de orientación y asesoramiento, tanto en lo que se refiere al propio régimen penitenciario, como otras muchas cuestiones de índole jurídica. Los Letrados asisten a los internos en todas esas cuestiones relacionadas con el propio régimen penitenciario, cumplimiento de condenas y cualesquiera otras que se presentan a este colectivo especialmente necesitado de este tipo de" , asesoramiento, orientación y asistencia.

Por ello y a fin de dotar a los Colegios de Abogados de los fondos necesarios para organizar, gestionar y retribuir estos servicios, se solicita cada año la colaboración de la Consejería al objeto de financiar esta actividad que se considera debe desarrollarse sin interrupción, pues la población reclusa de Andalucía precisa de un servicio de orientación y asesoramiento jurídico que la Justicia Gratuita en su actual regulación no alcanza. por lo que en este momento esta actividad tiene el carácter de Justicia complementaria.

Por tanto, el servicio de orientación y asistencia a las personas internadas en los Centros Penitenciarios se encuentra regulado y se presta por los Colegios de Abogados de Andalucía, si bien con algunos cambios que se han producido a lo largo del tiempo y que han afectado a su forma de financiación, pero no a los requisitos específicos para su prestación.

No obstante, este Consejo y los Colegios que lo integran consideran imprescindible e inaplazable que el Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria, que durante los últimos años se ha venido prestando conforme a Convenios o Subvenciones nominativas, vuelva a integrarse en el sistema de Asistencia Jurídica Gratuita y regularse en su normativa especifica lo que nunca debió sacarse del mismo, pues antes de la modificación este servicio se prestaba como una Guardia más del sistema de Guardia permanente y, desde que se produjo el cambio y pasó a financiarse mediante Convenios o Subvenciones nominativas periódicas, se ha producido cierta inseguridad, llegando incluso a producirse alguna suspensión temporal. Por tanto, este Consejo reclama su reintegración al Servicio de Guardia para garantizar su continuidad.

Por ello, desde Consejo venimos solicitando a la Consejería acometan las reformas normativas que permitan la inclusión como Turno especializado del Servicio Penitenciario. y su retribución como una guardia más con la misma frecuencia y garantías que el Turno de Guardia y el Turno de Oficio.

No obstante, para el año 2020 está prevista su financiación a través de una subvención aprobada en le Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma y se sigue prestando con normalidad en todos los Centros Penitenciarios de Andalucía”.

Una vez valorada dicha información, y teniendo en cuenta los trabajos preparatorios de diferentes actuaciones que se van a iniciar ante los Colegios de Abogados en relación a los distintos Servicios y Turnos Especializados que se prestan, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en este expediente.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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