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Queremos conocer las actuaciones del Ayuntamiento de Córdoba en ejecución de su plan de veladores

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/5108 dirigida a Ayuntamiento de Córdoba

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

El Defensor del Pueblo Andaluz, tras incoar expediente de oficio para conocer la ejecución del Plan Municipal de Inspección de Veladores puesto en marcha por el Ayuntamiento de Córdoba, ha sido informado por la Gerencia Municipal de Urbanismo de esta ciudad de diversas vicisitudes sobre el citado Plan, tanto en lo que afecta a su puesta en marcha, fases en las que se divide y ejecución, como en la posterior tramitación administrativa a que ha lugar cuando se formulan denuncias por la policía local.

Tras analizar esta información, se ha archivado el expediente de queja al considerar que no son precisas más actuaciones por parte de esta Institución. No obstante, se ha instado al Ayuntamiento de Córdoba a que este Plan, que en todo caso se valora muy positivamente, se ejecute con la máxima diligencia, al detectarse que más del 50% de las inspecciones dan lugar a denuncias y expedientes sancionadores, así como tras valorar otros expedientes de queja que se han tramitado en la Institución en asuntos de irregularidades cometidas por terrazas de veladores.

10/11/2014 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio para conocer las actuaciones que está realizando el Ayuntamiento de Córdoba en ejecución del Plan de Inspección de Veladores puesto en marcha por el mismo y, en concreto y entre otras cuestiones, diversos datos relativos a los expedientes iniciados en 2013 y 2014.

Esta Institución ha iniciado una actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, que en ejecución del Plan de Inspección de Veladores que ha puesto en marcha la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, en coordinación con el Área de Seguridad, se han abierto 10 denuncias por parte de la Policía Local tras haber inspeccionado 22 establecimientos en los que se había detectado un mayor número de quejas de la ciudadanía.

De acuerdo con estas noticias, casi un 50 % de los establecimientos previamente seleccionados para efectuar las inspecciones han sido denunciados al detectarse que podrían vulnerar distintas normas que regulan la instalación de terrazas y veladores, tales como no poseer licencia para su instalación, no tener colocado, en la fachada, el croquis obligatorio, no acreditar el preceptivo permiso para instalar todos en la vía pública, etc.

En relación con tales hechos, con motivo del reciente Informe Especial al Parlamento de Andalucía que esta Institución ha realizado con el título “Seguridad, Accesibilidad y Calidad Ambiental en los Espacios Urbanos Peatonales de las Ciudades Andaluzas” (al que se puede tener acceso en nuestra página web, www.defensordelpuebloandaluz.es, dentro del apartado Qué hacemos, Nuestros informes y estudios, Informes Especiales) ya se detectaron diversas disfuncionalidades, algunas de entidad, en relación con la instalación de terrazas, veladores, sillas, cartelería, toldos, etc. en distintas ciudades y, entre ellas, en Córdoba.

En este sentido, si algo ha puesto de manifiesto el citado Informe Especial, además de los graves problemas que el ruido genera en las personas residentes en el entorno de estas instalaciones y la aparente impunidad con la que, ilegalmente, se instalan estas terrazas, sin autorización o ampliando las que ya poseen por la vía de hecho, es la pasividad y disfuncionalidades en la tramitación con la que, habitualmente, se gestionan los expedientes sancionadores incoados de oficio, o a instancia de parte, por este motivo.

Esa pasividad e ineficacia en su tramitación y en la ejecución de las resoluciones dictadas, incluidas las de medidas provisionales, ha dado lugar a que, formulemos, año tras año, recordatorios de deberes legales, recomendaciones, etc., sin gran resultado visible, pues las quejas tramitadas, las protestas realizadas por quienes sufren los efectos de estos focos emisores de ruido, las continuas noticias aparecidas en prensa, no parecen disuadir a muchos hosteleros de, no ya ocupar, sino, con frecuencia, usurpar, simple y llanamente, el espacio público ganado por el peatón, para instalar mesas, sillas y veladores sin autorización o extralimitándose de ella y sin respetar las autorizaciones, horarios, etc., a que obligan las ordenanzas.

Con ello, no nos estamos haciendo “eco” de rumores o protestas genéricas que, con frecuencia, tienen presencia en los medios de comunicación, sino que se trata de hechos constatables, no encontrando, hasta ahora, explicación alguna a situaciones en las que es palpable y visible la ilegal colocación de estas instalaciones, sin que se produzca una respuesta decidida por parte de quienes deben velar por el cumplimiento de las ordenanzas.

Así las cosas y sin perjuicio de que hechos similares también se producen en otras ciudades, se trata de un problema de cierta entidad en Córdoba que, insistimos, hemos podido verificar con motivo del mencionado Informe Especial. Un problema grave no sólo desde la perspectiva de la contaminación acústica sino, también, desde el de la accesibilidad. Y es que causa un amplio rechazo en la ciudadanía, especialmente en las personas con movilidad reducida, que después de haberse dotado, no sin esfuerzo, espacios públicos a las exigencias de accesibilidad, se crean estas barreras artificiales que dificultan, o impiden, su desplazamiento.

Al mismo tiempo, es un clamor entre la población que los desplazamientos a pie continuamente se ven dificultados, obligando a cambiar de rumbo a los peatones, causando riesgos de alcance y caídas a estos, etc., con motivo de esta usurpación del espacio peatonal sin aparente control, agravado, además, por todo tipo de cartelería anunciando los servicios que se ofrecen en el interior de los locales, que ha llenado de obstáculos los itinerarios peatonales.

Así las cosas, tenemos que valorar como positivo que se esté “actuando”, al haberse aprobado un plan de inspección y, a resultas de éste, se han inspeccionado 22 establecimientos. Ahora bien, consideramos que sería muy importante, de un lado, que se ampliara el mencionado plan y que se investigara (no sabemos si se está haciendo) tanto si las instalaciones cuentan con la oportuna licencia, si se adaptan a ello en su localización y número, así como si poseen algún aparato de música en el exterior, grado de contaminación acústica que generan, etc.

A la vista de ello, teniendo en cuenta la trascendencia que para la ciudadanía posee, en esa ciudad, los problemas relacionados con el uso indebido de estas instalaciones por los motivos ya expuestos, hemos iniciado esta actuación de oficio en la que nos hemos dirigido al Ayuntamiento de Córdoba con objeto de evaluar la respuesta que los servicios de inspección están dando a las conductas infractores en este ámbito y, por tanto, referido a los años 2013 y 2014, con objeto de conocer diversos datos.

12/05/2015 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

En la respuesta que nos ha facilitado el Ayuntamiento de Córdoba, a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo, se nos daba cuenta de que se han realizado, en 2013 y 2014, 265 visitas a establecimientos, iniciándose 158 expedientes, en los que en 53 se había dictado resolución y se había ejecutado ésta. También se había reducido el horario de apertura y cierre de los establecimientos que contaban con ocupación temporal de espacios exteriores con mesas, sillas, parasoles y otras instalaciones análogas en las zonas más sensibles y donde había denuncias por molestias a ruidos.

Adicionalmente, se nos daba traslado de una serie de consideraciones sobre la puesta en marcha de este Plan de Inspección de Veladores, que contempla dos actuaciones complementarias, inspectora, dividida a su vez en tres fases (informativa, advertencia para subsanación e inspectora, en la que se crea el cuerpo de inspección de la GMU, auxiliados por técnicos y personal auxiliar) y administrativa. También nos informaba de que la actuación inspectora, que abarca toda la ciudad, establece prioridades en las actuaciones que, en principio, inciden en zonas o establecimientos donde se han detectado problemas de seguridad, limitación en la accesibilidad, obstrucción del tránsito, etc.

En cuanto a los datos de las visitas realizadas durante 2013 y 2014 y expedientes sancionadores iniciados, esta Institución concluía que la proporción que resultaba es superior ampliamente al 50%, de tal forma que más de la mitad de los establecimientos que se visitan acaban siendo objeto de expediente sancionador, lo que da una imagen lo bastante representativa de la magnitud del problema que se trata de afrontar.

De acuerdo con ello, y con el resto de datos e información que se nos ha dado, la valoración global que hacemos de ese Plan de Inspección de Veladores es muy positiva, pues supone un instrumento a partir del cual controlar la ocupación del dominio público y, de manera indirecta, la actividad de los establecimientos en el exterior de los locales, tanto en lo que respecta a la propia ocupación como a la disposición no autorizada de elementos de reproducción audiovisual.

No obstante, sin perjuicio de esa valoración global positiva que hacemos del Plan de Inspección de Veladores, creemos que debe ejecutarse con toda la eficacia posible desde sus primeras fases hasta la posterior tramitación administrativa a que, en cada caso, se dé lugar, tratando de impedir situaciones de aparente ineficacia municipal como la que hemos detectado con ocasión de algún expediente de queja tramitado por esta Institución en la ciudad de Córdoba.

En cualquier caso, entendimos con esta respuesta que no eran necesarias nuevas actuaciones por parte de esta Institución en esta actuación de oficio, por lo que procedimos a su archivo.

 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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