Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/5822 dirigida a Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla
RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
La Policía crea un grupo específico para la conducción de enfermos desde los centros penitenciarios a los servicios sanitarios.
19-10-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
El Defensor del Pueblo Andaluz bien desarrollando una larga trayectoria en relación con las garantías de los derechos a la protección de la salud de la población penitenciaria internada en los centros situados en territorio andaluz. Junto a las numerosas quejas que tramitamos para procurar las prestaciones en régimen de equidad que estas personas enfermas merecen, intervenimos para avanzar en lograr las mejores condiciones de trabajo coordinado entre los servicios sanitarios penitenciarios y los dispositivos dependientes del Servicio Andaluz de Salud.
Esta Institución ha abordado de manera amplia y detallada el modelo de asistencia sanitaria en el ámbito penitenciario con motivo del Informe Especial sobre “Las Unidades de Custodia Hospitalaria y la atención sanitaria a personas internas en prisión”. En dicho estudio se abordó la peculiar situación de Sevilla que presentaba numerosos problemas de coordinación en los traslados desde los Centros Penitenciarios de la provincia y la variedad de destinos a hospitales y dependencias.
Efectivamente, este aspecto es esencial para la mejor atención sanitaria, ya que ésta se hace depender de la eficacia en los traslados de estas personas enfermas desde sus centros de reclusión hasta los dispositivos asistenciales. Tales conducciones se deben realizar a cargo de las Fuerzas de Seguridad del Estado, según la ordenación de sus servicios. En concreto, para las citas médicas programadas o en casos de urgencias, el Cuerpo Nacional de Policía (CNP) tiene bajo su responsabilidad las conducciones que implican el traslado de los enfermos desde el centro penitenciario, su custodia durante la intervención asistencial y su posterior regreso de vuelta a la prisión.
Estos servicios necesitan una mínima dotación de funcionarios y vehículos que se pueden ver gravosamente complicados cuando se producen una multiplicidad de personas afectadas y una dispersión entre los diferentes destinos sanitarios.
A través de diversos medios de comunicación hemos tenido conocimiento del agravamiento del problema para los escasos recursos del CNP, lo que llega a provocar una severa disminución de efectivos policiales. Sin embargo, la entidad de este problema no es meramente policial, ya que la reducción de medios y recursos del CNP termina por perjudicar las capacidades de prestar los propios servicios de conducciones de enfermos y, consecuentemente, la pérdidas de citas médicas programadas o desasistencias en las urgencias. Obviamente, el perjudicado final puede ser el enfermo que soporta las disfunciones que se produzcan en los fallos de este esencial servicio.
Sin perjuicio de las actuaciones que se lleven a acabo por las autoridades policiales y las iniciativas de coordinación con el Sistema Sanitario Público Andaluz (SSPA), creemos necesario conocer las propuestas y criterios de la Administración Sanitaria, por lo que procede proponer la apertura de una actuación de oficio.
Por ello, hemos considerado oportuno incoar queja de oficio al amparo del artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz, ante la Delegación Territorial de Salud de Sevilla, a fin de conocer las intervenciones desarrolladas para coordinar los dispositivos asistenciales de destino de las personas presas y mejorar las condiciones de su atención. En concreto interesa conocer:
-criterios de asignación de destinos para las consultas programadas de enfermos provenientes de los distintos centros penitenciarios.
-criterios de asignación de destinos para los los ingresos hospitalarios programados de enfermos provenientes de los distintos centros penitenciarios.
-asignación de enfermos provenientes de los distintos centros penitenciarios en supuestos de urgencias.
-protocolos o instrucciones establecidos en el SAS para la ordenación de estas actuaciones de asistencia sanitaria a enfermos provenientes de los distintos centros penitenciarios.
-actuaciones de coordinación o acuerdo con los responsables de las Fuerzas de Seguridad conductoras para la ordenación de los traslados.
Junto a las cuestiones anteriores, interesa evaluar la disposición de las Autoridades Sanitarias para contar con la intervención facilitadora de esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ante los responsables del Cuerpo Nacional de Policial a fin de impulsar un cauce de diálogo y acuerdo de medidas de mejora en la ordenación de estos servicios sanitarios y sus conducciones de custodia.
26-03-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
La queja de oficio se tramitó para estudiar la situación creada para atender las custodias de personas internas en prisión que debían ser trasladas a centros sanitarios en Sevilla. En concreto, diferentes fuentes explicaban la grave carencia de efectivos de Fuerzas de Seguridad para ejecutar dichos traslados, así como para mantener las custodias durante las estancias de estas personas para ser atendidas. En el mismo sentido, esas carencias podrían afectar a la efectiva recepción de los servicios sanitarios en los casos en los que los traslados se dilataban por falta de fuerzas conductoras. Así mismo, consideramos necesario solicitar la colaboración de la Subdelegación del Gobierno para incorporar el punto de vista de la dirección de las fuerzas policiales encargadas de desarrollar estas custodias. Dicho organismo aportó su posición mediante informe del que transcribimos un extracto:
“El interés de la Subdelegación de Gobierno en Sevilla en dicha materia se constata en las iniciativas que se han desarrollado con la finalidad de estudiar y evaluar dicho proceso para proponer iniciativas que mejoren la eficiencia y eficacia de los recursos empleados.
En esta línea hay que destacar que, con fecha 15 de septiembre de 2016, se celebró una reunión, presidida por la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, sobre el traslado de internos a consultas médicas. En dicha reunión participaron los directores de los centros penitenciarios de la provincia de Sevilla, representantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, directivos de los centros médicos afectados y de la Delegación de Igualdad, Salud y Asuntos Sociales del a Junta de Andalucía.
En el curso de la misma se trasladó el interés del Delegado del Gobierno en Andalucía por constituir grupo de trabajo con el objeto de conseguir una mayor eficiencia en la asistencia sanitaria a las personas internas en centros penitenciarios.
Este grupo, con ámbito de aplicación en todo el territorio andaluz, se constituyó el 16 de diciembre de 2016 en la sede de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla. Se convocó, en esta primera fase, a los actores del a Administración General del Estado: Subdelegados de Gobierno, representantes de la Subdirección General de Coordinación de Sanidad Penitenciaria, Guardia Civil, Policía Nacional y al Coordinador de Instituciones Penitenciarias territorial.
Por último, se informa que se celebró la segunda reunión de este grupo el 29 de marzo. En el curso de la misma se concluyó la necesidad de seguir avanzando en las actuaciones de mejora y de profundizar en las líneas de mejora identificadas.”
Tras los trámites anteriores, el Defensor del Pueblo Andaluz, formuló a la Delegación Territorial de Salud de Sevilla las siguientes Resoluciones (que también fueron remitidas a la Subdelegación del Gobierno de Sevilla):
“RECORDATORIO de la normativa aludida para garantizar el eficaz prestación del derecho a la protección de la salud y el acceso equitativo a los servicios sanitarios de la población reclusa.
SUGERENCIA a fin de establecer mediante la colaboración de todas las Administraciones afectadas las mejores condiciones de organización del servicio de conducciones y custodias como acciones necesarias de garantía del derecho la salud para el colectivo de personas internas en prisión”.
La Delegación de Salud ha respondido a dichas resoluciones indicando que:
“Ante la ausencia de convenio, a partir de enero de 2014 el SSPA emite facturas por cada una de las asistencias prestadas a los internos de IIPP. Para los Servicios de ingresos del SAS, el procedimiento de emisión de facturas individualizadas por cada acto asistencial, está suponiendo una carga de trabajo muy importante que no está produciendo el resultado esperado en los ingresos. Es necesario modificar las relaciones con IIPP, para que nos permita facturar un importe anual, como se venía realizando desde el 1995, que evite este estéril trabajo.
La Viceconsejería de Salud ha mantenido una reunión con la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias el día 20 de enero de 2017 para abordar los diversos temas pendientes, en la que se acordó el inicio de reuniones bilaterales para las siguientes líneas:
-
Nuevo Convenio Consejería/IIPP.
-
Deuda de ejercicios anteriores.
-
Transferencias de sanidad penitenciaria.
El 24 de marzo de 2017 se recibe carta del Secretario de Estado de Seguridad instando al Consejero a iniciar los cauces de negociación para la tranferencia de la sanidad penitenciaria a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Consejera de Salud, el 12 de mayo de 2017, remite escrito al Ministerio de Interior manifestando la voluntad de iniciar las reuniones técnicas bilaterales para avanzar en el análisis de la transferencia de los servicio e instituciones sanitarias dependientes de Instituciones Penitenciarias, incluyendo al mismo tiempo la formalización de un nuevo convenio y el abordaje de la deuda pendiente.
A la fecha de este informe no se ha recibido respuesta del Ministerio de Interior.
En cuanto a la SUGERENCIA realizada para que mediante colaboración de todas la Administraciones afectadas se establezcan las mejores condiciones de organización del servicio de conducciones y custodias como las acciones necesarias de garantía del derecho a la salud para el colectivo de personas internas en prisión, le informamos que se sigue trabajando en aras de la mejora de los circuitos y el seguimiento de la aiatencia sanitaria al detenido.”
Hemos de señalar que el ámbito estricto de la presente queja de oficio se refiere a la coordinación de las conducciones de enfermos a los servicios sanitarios desde los centros penitenciarios, por más que dichos procesos se integran en el escenario general de la ordenación de las actividades de la sanidad penitenciaria, cuya gestión y traspaso a la gestión autonómica está en fase de discusión.
Tomamos buena nota de los trabajos que desarrolla el grupo específico que se ha creado para ordenar estas conducciones y permaneceremos atentos a la eficacia y eficiencia de sus acuerdos, para lo que insistimos en ofrecer la ayuda y colaboración del Defensor del Pueblo Andaluz.
Entendiendo pues aceptada por la Delegación Territorial de Salud de Sevilla la resolución dirigida, procede dejar constancia de dicha colaboración y concluir nuestras actuaciones en el presente expediente de queja. En todo caso, continuaremos atentos a la evolución de los servicios de conducciones de enfermos internos en prisión a los recursos sanitarios y a la mejor aplicación de los criterios anunciados parar la ordenación de estos servicios.
0 Comentarios