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Queremos que los museos abran por las tardes durante el verano

Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 17/3454 dirigida a Consejería de Cultura

Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz tramita la queja identificada con el número señalado en el encabezamiento. Las diferentes actuaciones en el curso de este expediente nos han permitido analizar la situación planteada en la queja y, tras diversos trámites, que a continuación se detallan, hemos considerado procedente emitir un pronunciamiento formal como Resolución, según establece el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz.

ANTECEDENTES

1.- Con fecha 25 de Junio de 2017 el Defensor del Pueblo Andaluz acordó incoar queja de oficio relativa al régimen de apertura del museos malagueños ante la Consejería de Cultura. El interés de esta actuación de oficio se centraba en desarrollar algunas informaciones a propósito del funcionamiento del Museo de La Aduana en Málaga pero que, sin duda, podría aplicarse a un ámbito generalizado de la organización de la oferta de servicios museísticos en el conjunto de Andalucía.

Dicha queja de oficio supuso la petición de información dirigida ante dicha Consejería a fin de conocer:

  • régimen de horarios de visitas establecido para los museos de Málaga, en particular el centro de La Aduana, así como del resto de Andalucía.

  • disponibilidad para ampliar el régimen horario de apertura diario o de sus jornadas semanales.

  • cualquier otra circunstancia que consideren oportuno transmitir para esclarecer el asunto que nos ocupa”.

 

2.- Con fecha 31 de Julio la Dirección General de Bienes Culturales y Museos emitió un clarificador informe en el que se exponía:

El Museo de Málaga, es un museo de titularidad estatal y gestión autonómica, siendo el único de estas características en Málaga. Fue creado por Real Orden de 3 de marzo de 1073, y en él se unificaban en una sola entidad administrativa los antiguos Museos Provinciales de Bellas Artes y Arqueología.

En 2005 se firma en Málaga el Acuerdo entre la Junta de Andalucía y el Estado por el que el Palacio de la Aduana, de titularidad estatal, se destina a sede del Museo de Málaga, quedando desde entondes adscrito al Ministerio deCultura. Desde el año 2006 hasta el 2 de diciembre de 20015, fecha en la que se firma el Protocolo de cesión por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a la Juanta de Andalucía, una vez acometidas las obras de rehabilitación del edificio y la ejecución museográfica, la consejería deCultura asume todos aquelloa trabajos destinados a su puesta en funcionamiento como equipamiento cultural de primer orden, en sintonía con el posicionamiento estratégico desarrollado e impulsado por la ciudad de Málaga, y, de manera principal, en respuesta a la demanda y movilización de la sociedad malagueña en favor dela apertura del Museo de Málaga.

El contexto en el que se planifica la apertura del Museo de Málaga atiende, de una parte , al necesario rigor que una institución de esta complejidad exige, y de otra, a innegables criterios de sostenibilidad y, por tanto, ajustados a la realidad de la gestión pública de este tipo de equipamientos culturales. La apertura del Museo de Málaga responde a un firme compromiso de la Junta de Andalucía en un contexto donde los efectos de las limitaciones de gasto público impuestas en 2012 aún persisten, y, aún así, la administración autonómica atendió las obligaciones inherentes a la contratación del personal necesario para la apertura pública del Museo de Málaga, con las garantías y acuerdos necesarios en lo que se refiere al ordenamiento previsto por la Función Pública andaluza.

El Museo de Málaga forma parte de la instituciones museísticas gestionadas por la Consejería de Cultura, y, en consecuencia, cumple con las medidas relativas a los horarios de apertura de los museos y conjuntos culturales gestionados por la Consejería Cultura y que han sido aprobados en la Subcomisión de la Vigilancia de la Consejería de Cultura del VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía.

El 20 de octubre de 2014 se suscribió un Acuerdo para el calendario de apertura pública en los museos y conjuntos culturales, por parte de todas las centrales sindicales que integran dicha comisión: USTEA, CSIF, CCOO Y UGT. La vigencia del acuerdo es de 4 años por lo que tiene validez hasta octubre de 2018.

El horario de apertura de los museos acordado en dicho documento es el siguiente:

-Horarios de apertura pública en museos:

- Del 1 de enero al 15 de junio y del 16 de septiembre al 31 de diciembre:

- De martes a sábados, la jornada de apertura será de 9,00 horas a 19,30 horas.

-Domingos y festivos de 9,00 horas a 15,30 horas.

-Verano: de 16 de junio al 15 de septiembre:

-De martes a domingo y festivos incluidos: de 9,00 horas a 15,30 horas.

En noviembre de 2015, la Subcomisión de Vigilancia acordó por unanimidad de todas las centrales sindicales, la ampliación para 2016 del horario de apertura de los museos en una hora en el horario de invierno, manteniendo el horario del periodo estival previsto en el acuerdo de 2014. De esta manera pasaba a cerrar en el horario de invierno a las 20,30 horas, en lugar de la 19,30 horas. Ello fue posible gracias a la eliminación de la reducción del 10% de la jornada laboral temporal a partir de enero de 2016.

Un año más tarde, la Subcomisión de Vigilancia, en reunión mantenida el 21 de diciembre de 2016, adoptó mediante acuerdo mantener para 2017 el mismo horario que regía hasta esa fecha, si bien minorando en media hora, como consecuencia de la entrada en vigor del Decreto Ley 5/2016, de 11 de octubre, que restablece la jornada ordinaria de treinta y cinco horas semanales de promedio de cómputo anual.

De esta manera, el horario que rige para los museos, de conformidad con las centrales sindicales en 2017 es el siguiente:

-Horarios de apertura pública en museos:

- Del 1 de enero al 15 de junio y del 16 de septiembre al 31 de diciembre:

- De martes a sábados, la jornada de apertura será de 9,00 horas a 20,00 horas.

-Domingos y festivos de 9,00 horas a 15,00 horas.

-Verano: de 16 de junio al 15 de septiembre:

-De martes a domingo y festivos incluidos: de 9,00 horas a 15,00 horas.

Con carácter previo es preciso incidir que la reducción de los horarios de tarde en la época estival se produce en el año 2012, como consecuencia de las restricciones financieras, de déficit y de la imposibilidad de contratar nuevo personal excepto para sectores prioritarios derivadas de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera impulsada por el Gobierno de la Nación. Ello motivó a su vez que el Parlamento de Andalucía, se viese obligado a aprobar la Ley 3/2012, de 21 de septiembre. De Medidas Fiscales, Administrativas, laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.

Recuérdese que la citada Ley Orgánica, a partir de su entrada en vigor en las CCAA, debían respetar no sólo un límite máximo de déficit sino también un crecimiento limitado de le gasto público y un objetivo de deuda. Todo ello acompañado de un detallado mecanismo sancionador en caso de incumplimiento.

Finalmente hay que señalar que una modificación de los horarios de los museos, debe ser acordada con las centrales sindicales presentes en la Subcomisión de Vigilancia de la Consejería de Cultura del VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía."

Analizado el contenido de su información, hemos de ofrecerles a la luz de los datos las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera.- Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha venido desarrollando una amplia y dilatada labor de atención al eficaz sistema normativo de promoción y protección del patrimonio histórico artístico.

Así, en los sucesivos Informes Anuales al Parlamento, al igual que con motivo de la elaboración de los Informes Especiales, la Institución ha querido contribuir al mejor desempeño de las actuaciones de los poderes públicos para la protección y puesta en valor de nuestra riqueza monumental. Todo ello en consonancia con las funciones de protección y tutela de los derechos establecidos en los artículos 44 de la Constitución y 33 y 37.1º.18 del Estatuto de Autonomía en el ámbito de la cultura.

En el amplio escenario de intervenciones de este tipo que se producen a lo largo del territorio andaluz, ocupa un lugar preeminente las acciones que posibilitan el efectivo disfrute de nuestro patrimonio cultural gracias a promover su conocimiento y contemplación. Este objetivo es ciertamente esencial en el contexto de hacer partícipe a la ciudadanía de los valores que ofrecen nuestros bienes culturales y que permiten su disfrute, pero también el general reconocimiento de la sociedad de las manifestaciones culturales de su pasado. Una conciencia que revierte en un lógico orgullo y motivo añadido para su defensa y protección.

Entre los instrumentos singulares de la conservación, estudio y puesta en valor de la riqueza artística de Andalucía, contamos con la red de Museos y servicios análogos dependientes de la Junta de Andalucía. Por ello la Ley 8/2007, de 5 de Octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía declara:

«...la idea de superar el concepto de museo como simple depósito de materiales y centro de investigación reservado a una minoría y, por el contrario, su entendimiento como un núcleo de proyección cultural y social. Lo cierto es que durante estos años los museos han adquirido un papel protagonista en el desarrollo e impulso de la cultura, además de ser un innegable elemento de atracción turística. Así, el museo ha dejado de ser tenido en cuenta nada más que en función de su contenido y ha pasado a tener sentido en función de su papel sociocultural, como institución a la que los ciudadanos acceden siendo conscientes del disfrute de un patrimonio que les pertenece y demandan una mayor calidad en los servicios que presta el museo».

Por tanto, desde el punto de vita de la normativa de alcance cultural, la actividad museística se relaciona como «núcleo de proyección cultural y social» elementos esenciales de acopio y exhibición de la actividad creativa y reflejo de una cultura y una historia dignas de conocimiento y disfrute por parte de la ciudadanía andaluza y, desde luego, con una inequívoca vocación universal.

 

Segunda.- A partir de este marco, la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha tenido conocimiento de la restricción de los horarios de visita del Museo de Málaga y que, según las mismas informaciones, estaría afectada por un régimen de apertura que no ha podido “encontrar fórmulas para compatibilizar el convenio colectivo del personal con el horario habitual de apertura”. Tal es así que la entidad de La Aduana de la capital malagueña, que ha adquirido una referencia propia en la oferta cultural de Andalucía, es accesible durante el verano en horario único de mañana de 9,00 horas a 15,00 horas de martes a domingo.

Pero es que, según se explicaba, se trata de un criterio aplicable al conjunto de empleados adscritos la sistema de museos de la Junta de Andalucía, y no sólo de Málaga. Por ello, este ejemplo resulta absolutamente predicable del conjunto de la oferta museística de Andalucía en la época de mayor afluencia de visitantes de nuestra Comunidad Autónoma.

Según la información ofrecida, la fijación de la jornada y horario deviene del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, aplicado en la Subcomisión de Cultura según sucesivos acuerdos de 20 de Octubre de 2014, Noviembre de 2015 y Diciembre de 2016.

Obviamente, el marco convencional implica el escenario de negociación y acuerdos que debe aplicarse a los recursos culturales como son los museos para la fijación de los horarios de su personal sin que desde esta Institución se contradiga su legitimidad. Es el resultado final de dichos horarios y jornadas lo que sometemos a la consideración de la Administración Cultural para que sean abordados en las negociaciones hasta obtener el resultado que, creemos, resulte más acorde con las necesidades del servicio que se presta por estos recursos culturales museísticos.

Nada más lejos de la motivación de esta Institución parecer simplista o desatenta a las dificultades que implica alcanzar este resultado que permita un horario amplio y versátil para los museos; máxime ante reducciones de jornada y severas limitaciones de personal, como las que se describen en el informe de la Consejería.

Pero hemos de insistir en la necesidad de disponer de un régimen de apertura al público coherente con la entidad del servicio que se presta y con la obligación de otorgar a la oferta museística la presencia y desarrollo de toda la potencialidad para el que se ha creado.

 

Tercera.- Sin perjuicio de las informaciones que se reciben en orden a los condicionantes del convenio colectivo aplicable para el personal adscrito a estos museos, el resultado no parece coherente con otros mensajes de fomento y atracción promovido desde los poderes públicos. Nos referimos a la afectación de este sistema de apertura y exhibición de los museos frente a sus potenciales interesados en su contemplación y disfrute, entre los que destacan los visitantes que viajan a estos destinos atraídos por unos elementos variados que dan forma a una determinada oferta turística.

Resulta evidente la apuesta de promoción y potenciación de Andalucía como destino cultural y donde los centros museísticos constituyen una herramienta imprescindible. La fundamentación legal de estos recursos culturales, que hemos citado más arriba, profundiza en estos espacios como perfectos focos de atracción para visitantes que ratifican el interés de su presencia en nuestra tierra para valorar y reconocer una trayectoria histórica de cultura. Pero a ellos, también se suman otros turistas que superan durante su estancia los objetivos típicos —y tópicos— hasta descubrir esos valores culturales que refuerzan la validez y la potencialidad de un destino que puede darles más, mucho más, que esa versión constreñida que reduce Andalucía como destino de toalla y sangría.

Así, se ha acuñado una noción de turismo cultural que pretende aunar los rasgos de la actividad ordinaria de visitante ocasional con una motivación enriquecida por otros intereses que, a su vez, amplifican las ofertas que se brindan en un concreto destino añadiendo una versatilidad en sus focos o motivos de visita y presencia.

Precisamente, la Ley 3/2011, de 23 de Diciembre, de Turismo de Andalucía (BOJA 255 de 31 de Diciembre) ofrece el marco normativo de esta argumentación. Así:

«Artículo 1. Objeto y finalidad de la Ley.

1. El objeto de la presente Ley es la ordenación, la planificación y la promoción del turismo sostenible.

2. En el marco del Estatuto de Autonomía la presente Ley tiene como finalidad:

a) El impulso del turismo sostenible como sector estratégico de la economía andaluza, generador de empleo y desarrollo económico.

b) La promoción de Andalucía como destino turístico, atendiendo a la realidad cultural, medioambiental, económica y social, favoreciendo la desestacionalización y garantizando el tratamiento unitario de su marca turística».

Igualmente a la hora de señalar las acciones de planificación que la Ley persigue, se establece:

«Artículo 10. Acciones de ordenación y fomento.

La consecución de los objetivos generales de la Ley se llevará a cabo mediante el apoyo y el impulso de las acciones siguientes:

… e) La preservación y, en su caso, mejora del atractivo de los espacios culturales o naturales objeto de frecuente visita turística, facilitando su transitabilidad y la comprensión de los valores que los caracterizan y manteniendo su especificidad y su integridad ambiental...

Sin duda, esta línea de trabajo implica, para una industria turística como la española, toda un visión estratégica de enorme calado y que requiere, junto a una planificación compleja, un compromiso de muy largo recorrido entre todos los sectores implicados. Del mismo modo, territorialmente los destinos o áreas de recepción de estos flujos de visitantes se han ido adaptando para mejorar y actualizar sus ofertas dentro de estas líneas generales que el sector turístico demanda. Y entre estos proyectos que se han esforzado por reinterpretar sus potencialidades de atracción y actividad turísticas, destaca la ciudad de Málaga.

La citada Ley del Turismo relata, entre sus objetivos, toda esta apuesta cuyos resultados se pueden contemplar entre las dotaciones museísticas creadas en Málaga con todo su sentido y estrategia. Dice el citado artículo 10 entre los objetivos de la actividad promocional:

«i) La rehabilitación de espacios y edificios de interés patrimonial, sin menoscabo de las competencias atribuidas a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico, con destino al desarrollo de actividades turísticas o a la prestación de servicios turísticos».

Ciertamente, la capital mediterránea ha sido escenario de un trabajo ímprobo para su posicionamiento entre los destinos culturales preferentes. Pocos ejemplos pueden parecer más claros a la hora de orientar un modelo consolidado de oferta turística con otros contenidos que han elegido la cultura, en sus más variadas formas, como motor de atracción y prestigio.

La expresión de desconcierto, y hasta enfado, de la persona que formula la queja podría ser predicable a otras muchas personas que acuden a nuestra tierra atraídas por una potente oferta apoyada en el potencial artístico e histórico de Andalucía y reciben esta incoherente limitación en los accesos.

Tras este relato de trabajo, compromiso y esfuerzo desplegado en Málaga —y en otros destinos andaluces— confirmar la restricción de los horarios de tarde en museos, coincidiendo con la época estival, es toparse con un despropósito. Limitar el disfrute de estas auténticas joyas de atracción cultural tras el esfuerzo por crearlas define, cuando menos, la incongruencia. Cuando se restringe la disponibilidad de acceso de visitantes de esta manera tan rotunda, y precisamente afectando a la época del año en la que la ciudad despliega toda su capacidad de atracción y presencia, desaparece toda la inteligencia desplegada durante décadas para construir el turismo que soñábamos.

 

Cuarta.- Buena parte de la argumentación de las políticas de turismo, que se desprende de la normativa comentada, hace alusión a una interdependencia que el sector turístico presenta sobre otros sectores y valores. Así se habla de la implicación en la ordenación del territorio, la sostenibilidad, sus efectos en el medio ambiente, en las comunicaciones, yacimientos de empleo, cualificación de profesionales, etc.

Y también se habla de los retos de una actividad económica, como es la del turismo, globalizada y con una feroz competencia. Retomando el caso que analizamos, hemos querido indagar, sin mayor alcance, algunos otros ejemplos de horarios y regímenes de aperturas de varios museos, obtenidos de sus respectivas informaciones en internet.

Así el Centro Reina Sofía de Madrid, en su sede principal del edificio Sabatini y edificio Nouvel publica sus horarios:

Lunes 10:00 - 21:00 h

Martes Cerrado

Miércoles-sábado 10:00 - 21:00 h*

Domingo Consultar horarios de apertura

Festivos Consultar los días de cierre

Hemos consultado otro centro de ubicación provincial y de alcance más limitado como el Museo de Arte Contemporáneo de Cuenca, que establece:

De martes a viernes y festivos: 11:00 – 14:00 h. y 16:00 – 18:00 h.

Sábados: 11:00 – 14:00 h. y 16:00 – 20:00 h.

Domingos: 11:00 – 14:30 h.

Lunes: cerrado

Cierra: 1 de enero; Jueves Santo (tarde); Viernes Santo; 18, 19, 20 y 21 de septiembre; 24, 25 y 31 de diciembre

Por su parte el Museo de Valladolid fija el siguiente régimen de visitas para su público:

Horario de apertura:

Invierno (de Octubre a Junio)

  • de Martes a Sábado: de 10 a 14 y de 16 a 19 horas

  • Domingo: de 10 a 14 horas

Verano (de Julio a Septiembre)

  • de Martes a Sábado: de 10 a 14 y de 17 a 20 horas

  • Domingo: de 10 a 14 horas

Cerrado los Lunes y los días 1 y 6 de Enero, 13 de Mayo, 8 de Septiembre, 24, 25 y 31 de Diciembre. Consultar festivos restantes.

El Museo de arte clásico en Mérida tiene establecido sus horarios como:

Invierno (1 de octubre al 31 de marzo): De 09:30 a 18:30 h (de martes a sábado)

Verano (del 1 de abril al 30 de septiembre) De 09:30 a 20:00 h (de martes a sábado)

Domingos y festivos De 10:00 a 15:00 h (todo el año)

Cerrado: Todos los lunes del año, 1 de enero, 1 de mayo, 24, 25 y 31 de diciembre, 2 festivos locales (1 de septiembre y 10 de diciembre)

Parece desprenderse que las jornadas de tarde se ofrecen en las aperturas durante todo el año y el criterio estival no condiciona ni limita esa posibilidad de acceso del público. Desde luego estos breves apuntes no pretenden ofrecer una analítica comparativa del sistema museístico de ámbito nacional. Tan sólo se ha procurado indagar en diversos destinos y en museos variados por su localización y contenidos para comprobar que el criterio de limitación de los horarios de tarde no se aplica.

Podría objetarse que algunos de estos ejemplos son museos o centros señeros por su trascendencia (Reina Sofía de Madrid) o muy especializados (Museo de Mérida), pero creemos que también pueden ser referentes a los que se aspira a emular procurando en la oferta museística andaluza lograr la mayor equiparación en todo aquello que refuerce el valor y prestigio de nuestras propias organizaciones expositivas.

Pero es que esta comparación se hace más destacada si atendemos a otros recursos culturales en la propia ciudad de Málaga. Y así, la Colección del Museo Ruso de Málaga establece un horario de martes a domingo: de 9:30 a 20:00. 24 y 31 de diciembre: de 9:30 a 15:00. Y el propio Centro Pompidou de Málaga fija su apertura Lunes, Miércoles, Jueves, Viernes, Sábado y Domingo 9:30 - 20:00h (incluyendo festivos). Cerrado todos los martes, 1 de enero y 25 de diciembre.

Añadimos un último argumento a la hora de atender a la organización y horarios de los recursos culturales, como es el caso de la bibliotecas. Desde 2011 se acordó el cierre de estos servicios en jornadas de tarde desde 16 de Junio a 15 de Septiembre, lo que ha generado repetidas quejas de usuarios y entidades que finalmente han merecido una información ofrecida desde la Administración Cultural indicando que se confía que sea el verano de 2017 el último en el que se aplica esta restricción del horario de tarde durante el verano. Hoy, tras no pocas gestiones correctivas, se ultiman los preparativos para superar esta anomalía del servicio. Esperemos que los Museos merezcan un trato que recupere la utilidad de un horario adecuado a su función.

 

 

Quinta.- En suma, la restricción de horario de tarde de los museos dependientes de la gestión autonómica parece comportarse como una peculiar seña de los centros andaluces que no se compadece ni con las prácticas comparadas de los horarios del sector, ni con la funcionalidad que se exige a estos recursos en cuanto a su esencial aportación a la actividad cultural y turística.

Estos recursos creados para la conservación y estudio de la riqueza artística y cultural son, ante todo, instrumentos de exhibición, atracciones para la contemplación y puesta en valor de sus contenidos. Constituyen un atractivo que tienen en su propia esencia la vocación de presencia y alarde ante un público incitado para despertar su interés y provocar su visita.

El cierre de estos espacios durante las tardes en la época del año con mayor potencialidad de visitantes es una inadecuada medida que contradice el sentido y alcance del sistema museístico andaluz. Creemos que la superación de esta situación debe ser un objetivo prioritario para los responsables y gestores culturales de la Junta de Andalucía.

A la vista de las anteriores Consideraciones, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha acordado dirigir a la Consejería de Cultura las siguientes

RESOLUCIÓN

RECORDATORIO de la normativa citada a lo largo de la presente resolución.

SUGERENCIA, a fin de procurar la apertura de los recursos museísticos en jornadas de tarde sin restricciones en periodos estivales.

Ver asunto solucionado o en vías de solución

Ver cierre de actuación de oficio

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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