Queja número 13/1016
Se recomienda a las Entidades Locales andaluzas la actualización de la información suministrada en internet sobre violencia de género.
El interesado, en su calidad de Presidente de una Asociación de Padres de Familia Separados, revisando las diversas informaciones que en medios públicos se podían dar a las mujeres que sufrieran algún tipo de violencia dentro de su relación de pareja, estaba encontrando consejos que estimaba contrarios a la legislación vigente. Ponía de ejemplo el cuaderno informativo (concretamente su página 9) del Instituto de Andaluz de la Mujer, de la Junta de Andalucía, de fecha 2001, que se veía en la página web de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, titulado Violencia Contra las Mujeres.
Lo que ocurría era que dicha información, que había sido retirada de otros documentos informativos, por el Instituto de Andaluz de la Mujer, al haberse elaborado otro cuaderno informativo en 2007 adaptado a la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se quedaba en internet, pudiendo ser utilizada por mujeres, asociaciones, administraciones públicas (nos ponía como ejemplo los casos de algunas páginas web de diversos Ayuntamientos y de otros organismos públicos), … .
Pudimos comprobar que por la Federación de Municipios y Provincias se habían renovado los contenidos de su página web. No obstante, efectuado un seguimiento de las páginas web de diversos Ayuntamientos andaluces, a algunas de las cuales aludía el interesado, se comprobó que seguían apareciendo los contenidos antiguos, sin que se hubiese procedido a su actualización, pudiéndose inducir a error a las personas que las consultasen.
En consecuencia, en virtud del artículo 29 de nuestra Ley reguladora, se formuló Recomendación a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) en el sentido de que se enviase circular a las Entidades Locales asociadas, a fin de que se revisasen los contenidos de las guías, recomendaciones o documentos informativos sobre violencia de género publicados en sus páginas webs, para que los mismos estuviesen lo más actualizados posible y adaptados a la normativa vigente.
En su respuesta, la citada Federación nos informaba de la remisión de una Circular a los Gobiernos locales andaluces donde se trasladaba la existencia de publicación de información no actualizada y contraria a la legislación vigente sobre Violencia de Género, en páginas web de diversos ayuntamientos andaluces, que podrían inducir a error a las personas que las consultasen y se recomendaba la revisión de dicha información en los extremos solicitados.
En consecuencia, con la aceptación de la resolución formulada, entendimos que el asunto por el que el interesado había acudido a la Institución había quedado solucionado, dando por concluidas nuestras actuaciones.
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