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Recomendamos una evaluación del cumplimiento del Plan de Recuperación y Ordenación de Vías Pecuarias de Andalucía y diseñar la estrategia hasta 2020

Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 16/5281 dirigida a Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Ver asunto solucionado o en vías de solución

El Defensor del Pueblo Andaluz recuerda a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio que ostenta competencias para la recuperación y defensa de las vías pecuarias como bienes de dominio público y le recomienda, entre otras resoluciones, que realice una evaluación del cumplimiento del Plan de Recuperación y Ordenación de Vías Pecuarias de Andalucía, y tras ello, establecer los objetivos y las prioridades a afrontar al menos hasta 2020, ofreciendo toda esa información a través de la página web de la Consejería.

ANTECEDENTES

Ante esta Institución presentó queja el coordinador de una plataforma en defensa de los caminos y vías pecuarias (en adelante plataforma) a la que acompañaba el informe elaborado por la misma sobre el estado de las vías pecuarias en Andalucía, del que dimos traslado a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y en el que venían a denunciar, en esencia, la inactividad de la Administración autónómica en relación con estos bienes de dominio público que, para la citada plataforma, estaba llevando a muchos ciudadanos a considerar vulnerado su derecho a un medio ambiente adecuado.

Tras admitir a trámite la queja, interesamos el preceptivo informe a la citada Consejería. Cuando recibimos su respuesta, a la vista de su contenido y después de haber dado cuenta del mismo a la plataforma que presentó la queja, que nos remitió sus alegaciones y de acuerdo con los antecedentes obrantes en el expediente de queja, trasladamos a Vd. las siguientes

CONSIDERACIONES

Consideramos que la información que nos remitió la plataforma, en la que se evidenciaba que, en estos últimos años se está produciendo una grave omisión, por parte de la Junta de Andalucía, en la defensa y protección de Vías Pecuarias, se ha confirmado con la emisión del informe elaborado por esa Consejería a petición de esta Institución.

El primer apartado de nuestra petición de informe se concretaba en lo siguiente:

1. Que nos confirme si los datos que posee esa Consejería coinciden con los facilitados por la plataforma; en caso contrario, interesamos nos envíe una información actualizada sobre la situación en la que se encuentran las vías pecuarias en Andalucía”.

En el escrito de los interesados se denunciaba cómo el Plan de Recuperación de Vías Públicas del año 2001 preveía, para 2015, la recuperación de 17.398 kilómetros de vías pecuarias en Andalucía. Aunque el Plan empezó a ejecutarse con fuerza en los primeros años, los interesados nos decían que únicamente se había deslindado 10.103 km a la fecha de presentación de la queja (septiembre de 2016). Es decir, prácticamente lo que se tenía que haber deslindado para 2010. En este contexto, es importante tener en cuenta que el total de kilómetros clasificados es de 33.777, esto sin contar que existen municipios que ni siquiera tienen clasificadas las vía pecuarias.

Según los reclamantes, los kilómetros que tenían que estar deslindados eran 10.103 en 2010, a los que habría que añadir 8.092 en 2015 y 7.005 en 2020 (lo que hace un total aproximado de 25.000 km). Por supuesto, el deslinde es un paso previo a lo que realmente es el objetivo último irrenunciable, que es la recuperación de oficio del bien y su adecuado mantenimiento y conservación.

Pues bien, como decimos, la información remitida confirma esa omisión de la que hemos hablado por cuanto el cuadro que nos envía la Consejería es el siguiente:

Kilómetros de vías pecuarias deslindadas

Provincia

Hasta 2004

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

Total

Almería

22,71

03,93

38,32

61,94

142,30

95,67

152,23

41,94

34,72

13,53

00,00

607,29

Cádiz

681,76

165,01

97,47

76,56

61,88

50,38

39,91

38,54

12,01

34,84

00,00

1.258,36

Córdoba

286,78

102,84

175,33

116,18

214,36

231,12

139,19

23,51

77,31

00,00

00,00

1.366,62

Granada

117,92

295,17

176,65

38,72

54,94

219,37

195,06

70,40

63,06

27,48

00,24

1.258,77

Huelva

229,51

96,40

139,69

82,42

49,84

30,97

112,97

144,59

47,89

00,00

01,00

934,28

Jaén

268,58

87,13

184,41

129,64

229,99

93,05

118,67

06,43

02,62

00,00

00,00

1.120,52

Málaga

111,13

97,92

126,27

97,38

125,21

88,37

39,97

12,04

45,24

41,40

00,00

784,93

Sevilla

1.038,59

186,84

44,52

60,01

56,71

68,32

48,34

41,64

48,42

41,49

03,20

1.634,88

Fuente: Junta de Andalucía, Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

La lectura de este cuadro nos permite verificar ese incumplimiento radical del Plan desde 2013 en las provincias de Córdoba, Huelva y Jaén y generalizado en las ocho provincias a partir de 2014 (en este año se deslinda 0,24 kilómetros en Granada y 3,2 km en Servilla, en el resto de las provincias no hay ninguna actuación de deslinde registrada). En 2015, 2016 y 2017 no tenemos noticias de que se haya producido deslinde alguno.

El motivo para esta grave interrupción del denominado Plan de Recuperación y Ordenación de Vías Pecuarias de Andalucía (en adelante PROVPA), aprobado mediante el Acuerdo de 27 de marzo de 2001 del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma (BOJA núm. 74, de 30 de Junio de 2001) no es otro que “En los últimos años, dado el marco de contención del gasto público, la actividad encaminada a los procedimientos de deslinde en materia de vías pecuarias se ha visto drásticamente reducida como se desprende de la tabla”.

Es decir, en lugar de reducir las actuaciones de deslinde, como ha ocurrido en otros ámbitos de actuación del sector público como consecuencia de la incidencia de la crisis económica en los ingresos y gastos públicos, lo que se decidió fue suspender, de facto, el PROVPA.

En relación con estos bienes de dominio público, a partir de 2015 (desconocemos la situación actual) lo que se ha hecho ha sido, según nos comunicaba la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en su escrito de 13 de Enero de 2017:

... como consecuencia de la generación de créditos extraordinarios de los Fondos FEADER (cierre del marco 2007 - 2014), la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha abordado actuaciones encaminadas a la recuperación de vías pecuarias, ubicadas en municipios catalogados como “desfavorecidos“ por el Plan de Desarrollo Rural Sostenible de Andalucía, con el objetivo de dotarlos de una infraestructura verde adecuada y necesaria para las comunicaciones agrarias, que coadyuve a la dinamización económica de estas zonas más deprimidas de Andalucía.

Parte de estos recursos extraordinarios han sido destinados al mantenimiento de los Corredores Verdes, implementados en todos los municipios andaluces de más de 50.000 habitantes, en el marco del Programa de Puertas Verdes, que ha permitido la creación de verdaderos Sistemas de Espacios Libres en las aglomeraciones urbanas de Andalucía. Esas infraestructuras verdes, tras varios años de implementación, requerían tareas de mantenimiento con el fin de garantizar la seguridad del importante número de usuarios que a diario utilizan estos itinerarios naturales, tanto para realizar transportes cotidianos como para la práctica de actividades deportivas y de ocio”.

A continuación se nos envía una detallada información sobre la financiación de las denominadas “infraestructuras verdes” y “puertas verdes” en las ocho provincias andaluzas que, aunque valoramos positivamente, no suponen dar pasos en la dirección de, conforme al PROVPA, recuperar estos bienes de dominio público usurpados a los poderes públicos y, en la medida que están o deben estar destinados al uso público, usurpados, en definitiva, a la ciudadanía.

Consideramos que recuperar y poner en uso las vías pecuarias tiene una enorme trascendencia desde una perspectiva ambiental, pues como señala el PROVPA, éste tenía por finalidad dotar a las vías pecuarias de una dimensión de utilidad pública que va más allá del uso tradicional ganadero, destacando sus funciones medioambientales. El programa de Puertas Verdes es complementario de la recuperación de vías pecuarias y pone en valor éstas, pero no es una alternativa a la obligatoriedad de recuperar estos bienes de dominio público. Ahora bien, aunque valoramos positivamente estas actuaciones, no dejan de tener un carácter complementario de lo que es el objeto fundamental de la política de vías pecuarias, que es luchar contra su usurpación.

Consideramos que sobre la segunda cuestión planteada por esta Institución que concretaba en lo siguiente: “2. Que nos informe acerca de las medidas que, en todo caso, se tiene previsto adoptar para proceder al deslinde y recuperación de las vías pecuarias en Andalucía de acuerdo con los planes aprobados”. La respuesta de la Consejería incluida en el primer informe remitido no arrojaba luz alguna sobre las medidas a adoptar ante la situación de abandono de los deslindes. En principio debemos entender que, por los motivos mencionados y con base a los hechos contrastados, hoy por hoy no existe previsión alguna de afrontar su deslinde.

Éste es, básicamente, también, el criterio de la plataforma que, en sus alegaciones al informe, manifiesta que: “esas actuaciones precisamente no van en la línea de nuestro escrito, que es que la Junta de Andalucía debe garantizar el derecho de paso por las vías pecuarias, bien público demanial cuya custodia tiene encomendada, sino que lo que viene haciendo últimamente es arreglar caminos rurales para el paso de los agricultores”.

Por otro lado y en relación a lo informado por la Viceconsejería sobre que se está replanteando el PROVPA, los interesados manifiestan su pesar por que no se vaya a contar con los colectivos que, como la plataforma, vienen defendiendo a los usuarios de estas vías. Asimismo, entienden que la Consejería “se ratifica en que no van a hacer actuaciones ningunas para facilitar el paso por las vías pecuarias cerradas”.

También nos dicen que “Tampoco si va a tomar alguna medida para garantizar que el usuario que vea conculcado su derecho de paso por una vía pecuaria lo pueda ejercitar en un plazo razonable. De momento a la persona que hace una queja por no poder pasar por una vía pecuaria no le dan solución alguna”.

Consideramos que un segundo informe enviado por la Viceconsejería (escrito de fecha 27 de Marzo de 2017), a requerimiento de esta Institución a la vista de las alegaciones presentadas por los interesados, no añade nada nuevo en relación con las omisiones contrastadas en la defensa de este importante patrimonio público.

Así, se nos decía que el PRVPA tenía como objetivo “fundamental fue definir la red andaluza de vías pecuarias de factible recuperación y priorizar en función de las necesidades territoriales, las actuaciones necesarias para garantizar la integridad superficial y un estado óptimo de conservación. Para ello se estableció un horizonte de 24.000 kilómetros, en un plazo de 20 años”.

Asimismo se nos informaba que durante estos 16 años se han deslindado 9.000 kilómetros, lo que ha supuesto un gran esfuerzo técnico, humano y presupuestario, se ha ejecutado el Programa de Puertas Verdes en ciudades de más de 50.000 habitantes, que ha traído consigo el acondicionamiento de 475 kilómetros de itinerarios no motorizados en todas las provincias (suponemos que estos 475 km están incluidos en los 9.000 mencionados) y en 2016, “se ha realizado una importante mejora de las vías pecuarias que desempeñan una función esencial en las comunicaciones agrarias en el medio rural, con una inversión de casi 6 millones de euros”.

Por nuestra parte, se estimó que esta información no añade nada nuevo respecto de la cuestión de fondo planteada: la grave omisión que existe en relación con el deber de recuperar nuestras vías pecuarias.

Consideramos que la información que se nos traslada sobre la imposibilidad de realizar actuaciones de deslinde a demanda e incoación de expedientes sancionadores por denuncia, no ofrece la seguridad jurídica mínima a la ciudadanía de que su implicación en la recuperación y protección del patrimonio público va a obtener resultados.

Tampoco ofrece garantías el hecho de que se nos diga que “Se requiere una planificación previa, que atienda el interés general, con el fin de racionalizar al máximo los recursos existentes”, así como que “Como se le informó, a partir del año 2017 se cuenta con fondos FEDER para poner en marcha nuevas actuaciones en el marco de la nueva planificación 2017/2020 basada en un diagnóstico actualizado del Plan de Recuperación y Ordenación de la red Andaluza de Vías Pecuarias”.

De acuerdo con esta información y teniendo en cuenta que no tenemos constancia de que haya una planificación aprobada, susceptible de consulta pública por medios telemáticos que permita conocer cuáles son los objetivos planificados, debidamente programados en el tiempo (calendarizados y presupuestados), de manera que cualquier ciudadano pueda saber con certeza si una vía pecuaria, o un tramo de ésta, va a ser objeto de deslinde a fin de interesarse por su ejecución o por el contrario entender que al no estar incluida tal previsión en la planificación, no cabe esperar a corto o medio plazo que se lleve a cabo ésta, debemos concluir que el sistema de información sobre la situación de las vías pecuarias y previsiones de intervención no goza de la transparencia mínima exigible. Esto, en unos tiempos en los que Internet puede facilitar extraordinariamente el acceso a la información que posee la Administración Pública.

Por tanto, afirmar que “Se requiere una planificación previa, que atienda el interés general, con el fín de racionalizar al máximo los recursos existentes”, tiene toda su lógica, pero pone de manifiesto que hasta ahora no ha existido y, por tanto, las críticas a la política de recuperación de vías pecuarias están plenamente justificadas.

Partiendo de esa realidad, a nuestro juicio incuestionable, la cuestión a dilucidar ahora es cómo y cuándo se va afrontar la evaluación de la situación en la que nos encontramos, la planificación de las intervenciones y sus prioridades, etc. Esto, con una finalidad muy concreta: que la ciudadanía pueda conocer cuál es el futuro de nuestras vías pecuarias, o qué cabe esperar de la política de recuperación de vías pecuarias de la Junta de Andalucía.

Consideramos que similar valoración tenemos que hacer sobre la aplicación del derecho sancionador, pues tiene poco sentido que se establezca el régimen jurídico sancionador en este ámbito, existiendo, incluso, según los casos, responsabilidad de índole penal, y en la práctica existan infinidad de propietarios que han cerrado el paso libre de las vías pecuarias con cancelas, con una impunidad absoluta pues, en la práctica, no nos engañemos, sólo muy excepcionalmente actúa esa Administración cuando se producen las denuncias.

La tramitación de denuncias de usurpación de vías pecuarias que implican un deslinde previo de las mismas no exento de complejidad, es lógico que puedan generar demora, pero cuando lo que se está denunciado es algo tan fácil de identificar y evitar como es el cierre forzado de una vía pecuaria, provocado por la instalación ilegal de una cancela cerrada con llave o candado, situación que además es perfectamente conocida por los guardas, creemos que la Administración tuteladora de estos bienes tiene, o debe tener, los medios para ordenar e impedir tales cierres y obligar a los propietarios, sin perjuicio de imponerles las sanciones que correspondan, a dejar expeditos los pasos a través de las fincas.

De acuerdo con ello, una primera medida de choque para recuperar el uso público de las vías pecuarias sería identificar todos los pasos que están ilegalmente cerrados, de forma que impiden su uso público, y notificar a los titulares de las fincas la obligación de permitir el paso de las personas usuarias de las vías pecuarias bajo apercibimiento de imposición de multas. Para la identificación de los lugares donde se ha procedido al cierre ilegal de vías pecuarias podrían contar con la colaboración de asociaciones ecologistas, de senderistas, etc.

Consideramos que existen también extraordinarias e importantes disfuncionalidades en la tramitación de los expedientes de deslinde de vías pecuarias, como demuestra el siguiente cuadro aportado por los interesados, en el que resalta el número de expedientes caducados:

Provincia

Firmes

Recurridos

Caducados

En tramitación

No resuelto

Almería

78

50

43

0

171

Cádiz

159

59

203

0

421

Córdoba

126

128

68

1

323

Granada

178

86

67

4

335

Huelva

99

48

42

0

189

Jaén

190

91

73

1

355

Málaga

31

91

74

0

196

Sevilla

183

160

399

2

744

Total

1044

713

969

8

2734

Fuente: Informe elaborado por la plataforma, Andalucía,

En la siguiente tabla, que también nos remiten los interesados, es muy significativo el número de expedientes no resueltos:

Provincia

Allanamiento de la Junta de Andalucía

Desestimatorio

Estimatorio

No admitido a trámite

Pérdida sobrevenida del objeto

No resuelto

Almería

0

6

3

0

0

31

Cádiz

5

8

2

2

0

31

Córdoba

5

7

4

2

0

23

Granada

0

13

5

0

0

30

Huelva

0

7

1

0

0

21

Jaén

0

22

5

2

0

27

Málaga

0

9

46

0

1

21

Sevilla

5

34

12

0

0

191

Total

15

106

78

6

1

375

Fuente: Informe elaborado por la plataforma, Andalucía,

Consideramos que en relación con las preguntas formulada en los apartados 3, 4, 5 y 6 de nuestro escrito, que a continuación transcribimos, la información remitida, o no responde a la mayoría de las cuestiones planteadas o, cuando lo hace, no acabamos de compartir el criterio de la Consejería sobre las cuestiones que después abordaremos:

3. Respecto del cambio de trazado de la vía pecuaria del Salto de la Trocha, en la provincia de Sevilla, interesamos nos informe de la causa de que se haya cambiado el trazado, ya que, según la citada asociación, el nuevo trazado es de «peor calidad paisajística que el histórico 175», y se ha llevado a cabo para favorecer el «interés particular de los propietarios de fincas que llevaban años cerrándola». Además, según se nos dice sobre este asunto, por esta vía «debería discurrir el Camino Mozárabe, llevaba más de una década cerrada, a pesar de estar deslindada, haciendo que los peregrinos tuvieran que ir por la carretera y en lugar de restituir la legalidad se opta por favorecer al usurpador».

4. Que nos informe sobre la causa de que permanezcan cerradas, en la provincia de Sevilla, otras vías pecuarias como «el Cordel de las Cañas, en Salteras, el Cordel de la Segarra, entre Santiponce y Salteras, la Vereda de la Boyera, en La Puebla de Cazalla, Vereda de La Puebla de los Infantes en Las Navas de la Concepción, Vereda de Cazalla de Guadalcanal, y muchísimas más».

5. Que nos confirme si es cierto que permanecen cerradas, pese a haber sido deslindadas, las vías pecuarias, en Córdoba capital, de «la Vereda del Pretorio, o la Vereda de Linares. Igualmente ocurre en el vecino término de Villaviciosa de Córdoba con la Vereda de Córdoba y la Vereda del Pretorio. El deslinde de la Vereda de la Pasada del Pino, eje vertebral de la sierra cordobesa, caducó y al no haberse retomado está cortada en varios puntos, cuando podría ser la vía principal para el sendero europeo GR-48. En la misma capital cordobesa hay varias vías pecuarias que, sin estar cerradas, son intransitables y no se permite su arreglo, por no tener deslinde firme. Es el caso de la Vereda de Trassierra o la Vereda de la Alcaidia».

6. Otros supuestos que se citan en el informe de la plataforma y sobre los que interesamos informe son el Cordel de Écija, Sagrante, Cañada Real Soriana, el Cordel de Fuente Obejuna, Vereda de Valdecañas, Cordel del Piruetanal, la Vereda de Los Villares a La Guardia, la denominada Cañada Real de Extremadura y la Cañada Real de Guadiel. Al mismo tiempo, muestra su disconformidad la plataforma de que, mientras tanto, en el Parque Natural de Sierra de Andújar siga vigente una norma, que consideran injustificada, que «impide la utilización de las vías pecuarias por motivos ecológicos, que tendría que estudiarse mucho mejor ya que entendemos que la conservación del medio ambiente y el uso público con determinadas restricciones puede ser compatible»”.

En relación con estas preguntas, lo que se nos dice, en el primer informe que recibimos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, es que “Respecto a los puntos 3 a 6 de su oficio de queja, relativos a casos singulares, hay que indicar de manera general que muchos de los deslindes realizados hasta 2016 fueron anulados por sentencia firme del TSJA, como consecuencia de la aplicación del instituto de la caducidad, que ha sido considerado de aplicación por los Tribunales de lo Contencioso-Administrativo, en tanto consideran que los efectos de los procedimientos de deslinde de vías pecuarias generan efectos susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen. Por ello no se puede interpretar que todas las vías pecuarias que han sido objeto de deslinde están depuradas jurídicamente para su inmediata recuperación, como bien se desprende de la información suministrada a … que ha servido de base y soporte al informe en el que se sustenta la presente Queja”.

No obstante a continuación, respecto de la Vereda del Salto de la Trocha, sí se nos informaba que el expediente se inició a instancia del Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos para mejorar el itinerario del Camino de Santiago a su paso por el municipio:

La solicitud fue fundamentada en base a la mejora que supondría la modificación de trazado para la utilización de la vía pecuaria, en condiciones de seguridad para los usuarios del Camino de Santiago, uno de los principales incentivos de la localidad para el desarrollo turístico.

El trazado original de la vía pecuaria, con grandes pendientes, superiores al 30%, unido a la interrupción del paso ocasionada por el Arroyo del Término, no era adecuado para el tránsito de personas usuarias del Camino de Santiago. Esta circunstancia obligaba a los usuarios a tomar el arcén de la carretera SE-5405 como alternativa de paso, asumiendo con ello un importante riesgo de accidentes.

La modificación del trazado ha supuesto una considerable mejora para el tránsito, tomando para ello terrenos pertenecientes a las fincas "...” y “...", ofrecidos por sus titulares para el establecimiento del nuevo itinerario.

El trazado modificado discurre, al igual que el trazado original, por las fincas mencionadas, situadas en los linderos, adyacentes al trazado de la carretera, no en el arcén, manteniendo el valor paisajístico de la zona, con un trazado más amable y con mayores posibilidades de auxilio en caso de emergencia.

Como se indicaba al inicio de este escrito, la información relativa a los demás casos se está recopilando en las diferentes Delegaciones Territoriales y se le hará llegar tan pronto esté disponible”.

Sin embargo, los interesados nos remitieron escrito de la Asociación ..., dirigido a la citada Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en relación con la resolución de 16 de mayo de ésta por la que se aprobó “el procedimiento administrativo de desafectación y modificación parcial de trazado de la vía pecuaria “Vereda del Salto de la Trocha”, en el término municipal de Castilblanco de los Arroyos, provincia de Sevilla”, en el que, en el punto 2, manifiestan “Que en la citada resolución se cita en varias ocasiones que la Asociación que presido apoya expresamente la solicitud del Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos de modificación del trazado original”.

A la vista de estos hechos lo que la mencionada Asociación manifestó y solicitó fue lo siguiente:

Que esta Asociación no ha sido siquiera consultada sobre la modificación del trazado, que si bien conocía de manera informal por comentarios de técnicos y autoridades de esta Consejería de Medio Ambiente, siempre creyó que se trataba de una solución temporal y provisional al grave problema de usurpación del camino originario que obligaba a los peregrinos a transitar por la carretera local cercana, pero no como algo estable y definitivo.

Segundo: Que jamás hemos mostrado nuestro beneplácito expreso como Asociación a dicha solución, por considerar que consolida la pérdida de un camino público tradicional en beneficio de intereses particulares. Muy al contrario, siempre hemos reclamado la recuperación y apertura al libre tránsito de caminantes de la Vereda de la Trocha, como demuestran las peticiones ante la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Medio Ambiente que acompañamos a este escrito, de fechas 9 de Julio de 2008 y 23 de Diciembre de 2013, desconociendo la propuesta del Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos, que supuestamente apoyamos, según se explicita en la resolución citada.

Tercero: Con respecto a los fundamentos de abandono del trazado original, en los que la Resolución que nos ocupa se basa, para argumentar la decisión de variación del trazado histórico y tradicional de la Vereda del Salto de la Trocha, entendemos que el supuesto interés general de favorecer el tránsito de caminantes y peregrinos enmascara realmente un interés particular de los propietarios de las fincas “...” y “...”, que ven consolidada la usurpación del trazado originario gracias a la modificación de la Vereda que aprueba esta Consejería. Las objeciones de que el trazado primitivo está en desuso y cubierto de maleza son una consecuencia obvia tras años de no poderlo transitar y la falta de cuidado de las Administraciones Públicas responsables, pero no un obstáculo insalvable que no puedan reparar labores de restauración del mismo. La misma circunstancia concurre en el vado del Arroyo de la Mojonera, que de antiguo era atravesado por este camino sin mayores dificultades.

A la presente solicitud, se acompañan a efectos probatorios los siguientes documentos:

1º. Solicitud de fecha 9 de Julio de 2008, formulada ante la Del. Prov. de Sevilla de la Consejería de Medio Ambiente. donde se pide “la recuperación de la Vía Pecuaria existente entre Castilblanco de los Arroyos y la finca de las Navas-El Berrocal”.

2º Solicitud de 23 de Diciembre de 2013, formulada ante la Del. Prov. de Sevilla de la Consejería de Medio Ambiente, donde se pide la apertura de “la Vía Pecuaria que se encuentra en la zona”.

3º Escrito de adhesión al Recurso de Alzada formulado contra la resolución de referencia por ..., con fecha .. Mayo de 2014, ante la Secretaria General Técnica de esta Consejería.

POR TODO ELLO SOLIClTAMOS: La reconsideración de la resolución tomada al respecto, acometiendo los trabajos de recuperación de la Vereda del Salto de la Trocha en su trazado histórico y original, como es obligación de las Administraciones Públicas responsables de la conservación de un camino público como éste, y la eliminación de cualquier referencia al apoyo de esta Asociación a la decisión actual tomada al quedar demostrado que no es cierto”.

Consideramos, de acuerdo con ello, que en principio no encontramos sentido a que se justifique la petición de modificación del trazado por el Ayuntamiento en que mejorarían las condiciones de seguridad de los usuarios del Camino de Santiago, se evitaría el paso del Arroyo del Término y las grandes pendientes superiores en un 30% del trazado original cuando la propia Asociación ..., que se supone es una clara parte interesada y beneficiaria de tales medidas, no haya sido ni siquiera consultada y además cuestiona abiertamente y con argumentos, que se pueden o no compartir, la decisión adoptada.

Con independencia del «ius variandi» que, en el ámbito que nos ocupa, corresponde a la Administración, no deja de sorprender que con la demanda justificada que existe sobre deslinde y recuperación de vías pecuarias, que es un problema de primer nivel, se incoe un expediente para modificar el trazado de la vía pecuaria “Vereda del Salto de la Trocha”, que cuenta con la oposición absoluta, entre otros, de asociaciones tan significativas como plataforma, la Asociación ... y la Asociación .... Según esta última, la resolución adoptada originó más de 300 alegaciones y la presentación de 500 recursos de alzada.

Pero es que, además, esta vereda, que pasaba a través de las fincas “...” y “...”, había sido objeto de denuncias para que se abriera su paso, ya que se consideraba por lo denunciantes que los propietarios habían llevado a cabo una usurpación de la misma que impedía su uso público.

En lugar de ello (no tenemos conocimiento de que se hayan incoado y resuelto expedientes sancionadores a los propietarios de estas fincas por la usurpación de vía pecuaria), se ha llevado a cabo un cambio en su trazado que, aunque se desarrolle a través de estas fincas, según los interesados mencionados, éste es más acorde con las pretensiones de los propietarios de estas fincas que deseaban el cambio de trazado que se ha llevado a cabo que las de los denunciantes.

Así, por ejemplo, se menciona que el trazado de esta vía pecuaria ha sido trasladado al borde de la carretera de Almadén de la Plata a Castilblanco de los Arroyos, mientras que en el trazado original el “recorrido transcurre por el centro de dichas fincas, pasa por la puerta de la Ermita de Yerbabuena, de un gran valor ecológico, histórico, paisajista, como corredor ecológico para la movilidad de la vida salvaje, el intercambio genético de la flora y la fauna silvestre”.

En otra fuente consultada en Internet podemos leer1:

Peregrinos en el arcén. El trazado de esta vereda que siguen los peregrinos del Camino de Santiago por la Vía de la Plata a su paso por Castilblanco tiene un gran valor ecológico, histórico, paisajista, como corredor ecológico para la movilidad de la vida salvaje y para el intercambio genético de la flora y la fauna silvestre. El nuevo trazado prevé que miles de peregrinos que siguen cada año esta ruta transiten junto al arcén de la carretera que une Castilblanco con Almadén y supone la pérdida de conexiones con vías como el Cordel de Los Contrabandistas, un abrevadero del siglo XVI o una zona de descansadero.

Los agentes sociales, que esperan la resolución de los recursos, dicen que el procedimiento presenta irregularidades y “premia la ocupación de espacios públicos por terratenientes”.

Consideramos que aunque en el segundo informe de la Consejería, de fecha de salida 3 de Abril de 2017, se nos dice, respecto del cambio de trazado de la vía pecuaria Vereda del Salto de la Trocha “como información complementaria, se adjunta (anexo 1) copia de la Sentencia de fecha 13 de octubre de 2016 desestimatoria y del Decreto de 2 de diciembre de 2016 que declara su firmeza, en el procedimiento ordinario seguido ante la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a instancia del Ayuntamiento de Almadén de la Plata”, nada tenemos que decir sobre estas resoluciones judiciales adoptadas pues lo que venimos manifestando en torno al cambio del trazado de la Vereda de la Trocha no es una cuestión de legalidad, sino de oportunidad.

En este sentido, lo que hemos querido manifestar no es que con la decisión del cambio de trazado se haya cometido alguna irregularidad, ya que la Administración puede adoptar tal decisión de acuerdo con su «ius variandi», sino que, en términos de oportunidad, no compartimos, a la vista de lo alegado por los interesados, el cambio por el que se ha optado, pues beneficia los intereses de los propietarios de las fincas que, al parecer, venían usurpando el paso por la vía pecuaria, sin consecuencias y perjudica los intereses de las mencionadas asociaciones que se oponen a dicho cambio.

Consideramos que merece una valoración positiva lo que se nos dice en el segundo informe, a propósito de las restricciones de paso del Parque Natural de la Sierra de Andújar, que es lo siguiente:

La norma a que se refiere el punto 6 es la Orden de 23 de diciembre de 2003, por la que se restringe el uso de determinadas vías pecuarias a su paso por el Parque Natural Sierra de Andújar. Esta orden restringe el uso de 16 de las 18 vías pecuarias que existen en ese parque natural por motivos de conservación, limitando los usos compatibles y complementarios y permitiendo el acceso y uso de las mismas a los propietarios de fincas por las que discurren dichas vías pecuarias y la realización de acciones incluidas en los programas de conservación de especies de fauna catalogada.

Desde hace varios años, diversos colectivos representados en la Junta Rectora del Parque Natural han manifestado su malestar por la existencia de esa norma que fue promulgada sin haber sido informada por la misma, existiendo acuerdos de la Junta Rectora en la que solicitan la derogación o modificación de la orden.

Recogiendo el malestar y el interés de los municipios que forman parte del Parque Natural, la Delegación Territorial viene trabajando desde hace varios años, junto con el Parque Natural y la Dirección General del Medio Natural y Espacios Protegidos, en la elaboración de una propuesta de modificación de la orden que permita compatibilizar la conservación de las importantes poblaciones de especies de fauna catalogada presentes en este espacio protegido con la demanda que se está produciendo en los últimos años de nuevos equipamientos y actividades de uso público a realizar en el mismo.

En este sentido, a lo largo de estos años se han mantenido diversas reuniones técnicas y existe actualmente un documento de estudio que se está valorando por los responsables de los distintos programas de conservación y por los servicios técnicos tanto de la Dirección General como de la Delegación Territorial en Jaén. Una vez consensuado técnicamente ese documento, se procederá a su tramitación administrativa para alcanzar la modificación de la mencionada Orden”.

Por tanto entendemos que esta cuestión se encuentra en vías de solución, aunque parece que el que se hayan necesitado “largos años” para conseguir un documento que en la actualidad se encuentra en estudio, parece excesivo, por ello lo deseable es que definitivamente y a la mayor brevedad posible se afronte la modificación de esta Orden.

Sin embargo, en este segundo informe tampoco se nos dice nada sobre las cuestiones planteadas en los puntos 4 y 5 de nuestro escrito.

En fin, a modo de conclusión sobre la cuestión de fondo planteada, la necesidad de que la Junta de Andalucía defienda el patrimonio público en lo que concierne al deslinde y recuperación de las vías pecuarias, no podemos sino manifestar que a partir de 2014 el abandono del deber de afrontar esta obligación es prácticamente absoluto.

En segundo lugar, en lo que concierne a la vereda de la Trocha, todo parece indicar que, según se deriva de la información del expediente, el cambio de trazado autorizado ha sido más beneficioso para los propietarios de fincas por las que discurría el trazado anteriormente que para los interesados en su utilización. Hecho éste que llama la atención cuando se han detectado tantas y tantas omisiones y disfuncionalidades en la tramitación de los expedientes de deslinde.

En tercer lugar, la única cuestión que valoramos positivamente a propósito de la información recibida es la relativa a la modificación de la Orden de 23 de Diciembre de 2003, por la que se restringe el uso de determinadas vías pecuarias a su paso por el Parque Natural Sierra de Andújar. Nos parece preocupante que se hayan tardado “largos años”, pero esperamos, y deseamos, que la tramitación de la modificación de la Orden se efectúe a la mayor brevedad posible.

Finalmente, nada se nos dice sobre las vías pecuarias mencionadas en los apartados 4 y 5 de nuestra petición de informe.

A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 29, apartado 1, de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se formula la siguiente

RESOLUCIÓN

RECORDATORIO del deber legal de realizar cuantas actuaciones sean necesarias a fin de proceder al deslinde y recuperación de las vías pecuarias sobre las que, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 149.1.22º de la Constitución, esta Comunidad Autónoma posee, conforme al art. 57 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, competencia exclusiva, siendo conforme al art. 2 de la Ley 3/1995, de 23 de Marzo, de Vías Pecuarias (en adelante LVP), «bienes de dominio público de las Comunidades Autónomas y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables».

La actuación de esa Consejería, en cuanto que tiene asignadas las competencias sobre estos bienes, se debe encaminar a perseguir los siguientes fines, de acuerdo con el art. 3.1 LVP:

«a) Regular el uso de las vías pecuarias de acuerdo con la normativa básica estatal.

b) Ejercer las potestades administrativas en defensa de la integridad de las vías pecuarias.

c) Garantizar el uso público de las mismas tanto cuando sirvan para facilitar el tránsito ganadero como cuando se adscriban a otros usos compatibles o complementarios.

d) Asegurar la adecuada conservación de las vías pecuarias, así como de otros elementos ambientales o culturalmente valiosos, directamente vinculados a ellas, mediante la adopción de las medidas de protección y restauración necesarias».

Estas obligaciones vienen siendo incumplidas ostensiblemente por esa Consejería, especialmente desde el año 2014. Esto, pese a haber aprobado, de acuerdo con la Disposición Adicional Tercera del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma (Decreto 155/1998, de 21 de julio, BOJA núm. 87, de 4 de Agosto de 1998), por Acuerdo de 27 de Marzo de 2001, del Consejo de Gobierno, el Plan de Recuperación y Ordenación de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

RECOMENDACIÓN para que:

1. A la mayor brevedad posible, se realice una evaluación del cumplimiento del Plan a la fecha actual.

2. De acuerdo con esa evaluación y diagnóstico de la situación, cuyo resultado se debe publicar en la web de la Consejería, para que pueda ser consultado por cualquier persona interesada, se deben establecer los objetivos a afrontar, al menos hasta el año 2020. Una vez realizada esa evaluación se debería aprobar el plan de actuación, previa consulta pública y participación de las personas interesadas.

3. Se informe en la web del «modus operandi» de la Consejería ante las denuncias que se realicen por la ciudadanía sobre usurpación de vías pecuarias y, singularmente, sobre el cierre ilegal de estas por personas propietarias de fincas por las que discurren estas vías. Conductas estas que continúan manteniéndose sin consecuencia alguna, en la inmensa mayoría de los casos, para los infractores.

4. Se establezcan unas prioridades claras ante la gran tarea de desarrollar en aras a la recuperación de nuestras vías pecuarias.

5. Dado que, según nos informan los servicios jurídicos están desbordados para atender las denuncias que se presentan y, por tanto, no pueden actuar a demanda, que se establezcan los criterios y prioridades de intervención dándoles la máxima publicidad para que puedan ser conocidas por la ciudadanía y, de esta manera, se generen las adecuadas condiciones de transparencia y seguridad jurídica para las iniciativas y denuncias que decida poner en marcha la ciudadanía.

6. Que en los procedimientos que impliquen cambios de entidad de los trazados de las vías pecuarias y, en cualquier decisión de importancia sobre éstas, se tenga en cuenta el movimiento asociativo interesado en la defensa y recuperación de estos bienes de dominio público.

7. Que se estudie la posibilidad de iniciar los trámites legales para modificar el trazado de la vía pecuaria del Salto de la Trocha a fin de dar respuesta, en la medida de lo posible, a las asociaciones que se han opuesto a un cambio de trazado mencionadas en este escrito. Esto teniendo en cuenta que todas las vías deben tener un uso público y la lógica es que su trazado responda a las demandas de las personas interesadas en su utilización.

8. Que se impulse el que lleve a cabo, a la mayor urgencia, la modificación de la Orden que restringe el uso de determinadas vías pecuarias a su paso por el Parque Natural Sierra de Andújar.

9. Que se informe a esta Institución sobre las cuestiones planteadas en los puntos 4 y 5 de nuestro escrito de 17 de Octubre de 2016, que, casi un año después, no han sido contestadas. Tales cuestiones eran las siguientes:

4. Que nos informe sobre la causa de que permanezcan cerradas, en la provincia de Sevilla, otras vías pecuarias como «el Cordel de las Cañas, en Salteras, el Cordel de la Segarra, entre Santiponce y Salteras, la Vereda de la Boyera, en La Puebla de Cazalla, Vereda de La Puebla de los Infantes en Las Navas de la Concepción, Vereda de Cazalla de Guadalcanal, y muchísimas más».

5. Que nos confirme si es cierto que permanecen cerradas, pese a haber sido deslindadas, las vías pecuarias, en Córdoba capital, de «la Vereda del Pretorio, o la Vereda de Linares. Igualmente ocurre en el vecino término de Villaviciosa de Córdoba con la Vereda de Córdoba y la Vereda del Pretorio. El deslinde de la Vereda de la Pasada del Pino, eje vertebral de la sierra cordobesa, caducó y al no haberse retomado está cortada en varios puntos, cuando podría ser la vía principal para el sendero europeo GR-48. En la misma capital cordobesa hay varias vías pecuarias que, sin estar cerradas, son intransitables y no se permite su arreglo, por no tener deslinde firme. Es el caso de la Vereda de Trassierra o la Vereda de la Alcaidia»”.

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

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