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Recomendamos una medición acústica de la puerta de un garaje

Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 14/0219 dirigida a Ayuntamiento de Lahiguera (Jaén)

El Defensor del Pueblo Andaluz recomienda al Ayuntamiento de Lahiguera que practique ya la medición acústica de una puerta de garaje que origina ruidos y vibraciones en una vivienda.

ANTECEDENTES

En esta Institución se viene tramitando expediente de queja en el que el interesado denunciaba el elevado nivel de ruidos generado por la apertura y cierre de la puerta ubicada en el edificio en el que reside, que se acciona por un mecanismo electromecánico.

Por este mismo asunto ya se tramitó en su día la queja 12/2317 en la que, tras recibir respuesta del Ayuntamiento de Lahiguera (Jaén), esta Institución formuló resolución de 17 de octubre de 2012 dirigida a la Alcaldía (los deberes normativos referidos eran los contenidos en la normativa sobre protección contra la contaminación, especialmente los dimanantes para las Administraciones Públicas, del Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprobó el Reglamento de protección contra la contaminación acústica en Andalucía).

En respuesta a nuestra Resolución, desde el citado Ayuntamiento se nos remitió oficio de noviembre de 2012, en el que se nos informaba que se iba a recabar la asistencia de la Consejería de Medio Ambiente para realización de una medición acústica que determinara si los ruidos de la puerta en cuestión estaban o no por encima de los niveles permitidos. Con ello, dimos por finalizada nuestra intervención en este asunto, en la consideración de que se había aceptado nuestra resolución, de tal forma que archivamos aquel expediente de queja 12/2317.

Sin embargo, posteriormente volvimos a recibir un nuevo escrito de queja del afectado, que ha dado lugar a esta nueva queja 14/0219, en el que nos exponía que ni el Ayuntamiento, ni la Consejería antes mencionada, habían realizado ninguna medición acústica. En concreto decía lo siguiente: “A fecha actual, el Ayuntamiento de Lahiguera, no ha procedido a la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos denunciados. Ni tan siquiera, cumplir con las recomendaciones formuladas y supuestamente aceptadas. Es más, no han procedido a recabar la aludida asistencia de la Consejería de Medio Ambiente, citada en su escrito de fecha 16 de noviembre de 2012, que motiva la aceptación de la Resolución. Ni de cualquier otro, de carácter supramunicipal. Por lo que, a mi entender, tal actitud, supone, además de no reconocer el debido respeto a los derechos y deberes fundamentales regulados en el Título I de la Constitución, una falta de consideración hacia las actuaciones de las demás Instituciones del Estado y de la Comunidad Autónoma”.

Por ello, esta nueva queja fue admitida a trámite y solicitado un nuevo informe al citado Ayuntamiento. Esta petición de informe la hemos realizado mediante escritos dirigidos a la Alcaldía en enero, febrero, marzo y octubre de 2014, además de mediante llamadas telefónicas, entre otras, en agosto y diciembre de 2014, o, por último, agosto de 2016.

La respuesta no la hemos recibido hasta el 29 de junio de 2017, esto es, casi dos años y medio después de haberla pedido por primera vez. En este sentido, se nos ha enviado oficio de Alcaldía en el que se dice que “se va a proceder a realizar un estudio acústico del ruido de la mencionada puerta, para poder acreditar que no existe ninguna anormalidad, pues es una puerta accionada de manera automática”. Es decir, que dos años y medio después, la situación sigue siendo la misma, una vez más se nos dice que se va a hacer una medición.

Pese a este nueva promesa, el promotor de la queja nos ha enviado reciente escrito en el que nos afirma que, a fecha de octubre de 2017, no se había realizado el estudio acústico.

CONSIDERACIONES

A la vista de ello es preciso recordar que, después de que interesáramos el preceptivo informe que tuvo que ser reiterado en distintas ocasiones y que incluso originó que hubiera que hacer llamadas telefónicas para interesarnos por el asunto, recibimos un informe en diciembre de 2014 en el que se nos decía que “el Ayuntamiento sigue realizando trámites sobre el mismo, y en el mismo momento en que se tengan informes concluyentes le serán debidamente notificados”.

Pues bien esta Institución confiando en el compromiso adquirido por el Ayuntamiento ha continuado haciendo un seguimiento durante estos años a la espera de que se realizaran los “informes concluyentes”.

Con ello llegamos a la fecha de 22 de junio del 2017, dos años y medio después de que iniciáramos actuaciones en esta queja (aparte las actuaciones de la queja 12/2317) y nos encontramos con que se nos dice que se va a realizar un estudio acústico pero el propio interesado nos indica que, a octubre, éste no se ha realizado.

A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formulamos a Vd. la siguiente

RESOLUCIÓN

RECORDATORIO del deber legal de auxiliar a esta Institución de acuerdo con lo establecido en el art. 19 de su Ley Reguladora. Auxilio que no se viene prestando pese a las diversas gestiones que por escrito y por llamadas telefónicas se han realizado, a fin de que ese Ayuntamiento asuma el compromiso adquirido de realizar el estudio acústico desconociendo los motivos por los cuales éste no se ha llevado a cabo hasta el momento.

RECOMENDACIÓN de que, con carácter urgente, se practique esa medición acústica, ya sea con medios propios o contratación externa, o con la asistencia de la Diputación Provincial de Jaén, o la actuación subsidiaria de la Junta de Andalucía, Consejería de Medio Ambiente, y se emita el preceptivo informe de conclusiones, de manera que permita obtenerse un resultado objetivo e imparcial que evalúe la contaminación acústica que se origina por ruido y vibraciones con esta puerta, remitiéndonos copia de dicho informe y de las actuaciones que se vayan a seguir caso de obtenerse un resultado desfavorable.

Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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