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Requieren a un campo de golf que adopte las medidas precisas para evitar pelotazos a ciudadanos y vehículos del entorno

Queja número 18/5982

En su día dimos como asunto solucionado la siguiente queja:

En su escrito de queja, el interesado, en nombre de la comunidad de propietarios de la urbanización en la que residía, en el término malagueño de Estepona, denunciaba que en las inmediaciones de la misma existía un campo de golf por el peligro constante que tenían por la caída de pelotas de golf. Añadía que “el paseo por fuera de la urbanización a veces se hace con la incertidumbre y el miedo de recibir un pelotazo y poder tener perjuicios irreparables, por estos lugares pasean personas mayores, niños que salen a pasear con los padres y están en constante peligro respecto a las bolas que salen lanzadas de vez en cuando desde el campo de golf por falta de medios de protección, muchas bolas caen al exterior impactando en vehículos aparcados, en marcha por el vial inclusive”.

Considera que este problema quedaría solucionado con la instalación de una red para la pista de golf, “impidiendo posibles impactos de pelotas de golf fuera del perímetro de la pista como pasos de viandantes, zonas públicas o edificios cercanos”. Tal posible solución la habían solicitado al club de golf en cuestión, sin que hubieran atendido la petición, y bajo el argumento, al parecer, de que cualquier eventual daño quedaría cubierto con un seguro de responsabilidad civil que tiene suscrito. Sin embargo, entendía el interesado que debía, ante todo, tratar de evitarse posibles daños personales que pudieran ocasionar estas pelotas, cuyo potencial daño, por la fuerza con la que salen despedidas y por el material del que están fabricadas, es bastante grande. Por eso consideraba que el Ayuntamiento debía exigir esa protección de los viandantes y usuarios de vehículos y que “a veces nos olvidamos del factor humano, propietarios y su derecho a no tener percances ajenos”.

Con motivo de esta situación había presentado en el Ayuntamiento, en julio de 2018, un escrito con el que la trasladaba a los responsables municipales y pedía que se exigiera al club de golf la instalación de unas redes de protección homologadas para pelotas de golf, que cubriera todo el perímetro del campo para proteger a las personas que residían o transitaran por su entorno. Aseguraba que no había tenido, al tiempo de dirigirse a esta Institución, ninguna respuesta, ni tampoco se había instalado protección alguna que diera solución a este problema, que entendía relativo a la seguridad e integridad física de las personas.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al citado Ayuntamiento, éste nos comunicó que había evacuado informe técnico que, tras su análisis, había determinado que el Ayuntamiento requiriera al titular del campo de golf a que acreditase el cumplimiento de las condiciones de seguridad para las personas en el entorno inmediato del campo de golf. A tal efecto se había dictado resolución de marzo de 2019, que en el momento de sernos enviada estaba pendiente de notificación a su destinatario, con la que se daba el plazo de dos meses para que se acreditara el cumplimiento de esas condiciones de seguridad.

Con ello entendimos que el asunto estaba en vías de solución y procedimos al archivo del expediente de queja.

Sin embargo, a principios de 2020 el interesado se volvió a dirigir a esta Institución para comunicarnos que transcurrido ampliamente el plazo concedido por el ayuntamiento, no se había adoptado medida alguna por la propiedad del campo de golf por lo que el problema continuaba existiendo.

Tras reabrir el expediente de queja volvimos a dirigirnos al Ayuntamiento de Estepona, el cual, tras varias actuaciones, finalmente nos informó que en julio de 2020 se había emitido decreto municipal por el que se concedía licencia de obra mayor para instalar en el entorno del campo de golf los elementos de protección para evitar la caída de pelotas a la vía pública y, con ello, los riesgos para peatones y vehículos.

Por tanto, entendimos que el problema estaba en vías de solución, dando así por concluidas nuestras actuaciones. No obstante, indicamos al interesado que las obras podían comenzar en un plazo de seis meses a contar desde la concesión de la licencia y que para terminarlas se contaba con un plazo de treinta meses.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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2 Comentarios

Juan Antonio Ji... (no verificado) | Junio 9, 2022

Resido junto a un campo de Golf en Chiclana. En mi casa caen continuamente pelotas de golf. Hace unos cinco años, a petición mía la gerencia del campo de Golf instaló unas redes de seguridad. El problema se solucionó. Con el paso del tiempo, la red se ha deteriorado y volvemos a la situación anterior. Se reclama al campo de golf que restituya la red. Se niega argumentando que la primera instalación fue un gesto de buena voluntad, y que el mantenimiento es cosa mía.

El DPA responde | Junio 13, 2022

Hola Juan Antonio,

Para abordar la cuestión que nos planteas, molestias provenientes de viviendas/espacios colindantes a la tuya, te sugerimos dos vías:

- Una de tipo privado, dado que constituye un problema esencialmente entre particulares, a través de la Ley de Propiedad Horizontal. El artículo 7, apartado 2, establece cómo actuar ante actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. Añadimos enlace del BOE a la citada Ley: pincha aquí.

- Por otra parte puedes dirigirte por escrito a tu Ayuntamiento, a través del registro presencial o telemático poniendo en conocimiento tu disconformidad y las molestias, incluso solicitar si existe normativa local al respecto para comprobar si se está incumpliendo alguna ordenanza. También puedes consultar acerca de los servicios de Mediación disponibles en tu mnicipio para lograr un acuerdo satisfactorio, teniendo en cuenta la continuidad de la reación entre las partes.

En cualquier caso, si no estas conforme con la respuesta por parte del Ayuntamiento a tu escrito o se demora la contestación por su parte, puedes ponerte en contacto con esta Institución para que podamos estudiar detenidamente el asunto. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión, o llamarnos al 954212121.

Saludos

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