Queja número 17/3786
El interesado exponía que desde septiembre de 2016 residía en una vivienda de VPO y que venía siendo amenazado por un vecino, quien le había propinado una brutal paliza.
Su hija de 14 años, su esposa y él mismo, tenían miedo después de los hechos, por lo que desde el mes de abril vivían en casa de su suegro y su hija en casa de la madre del compareciente, por su seguridad.
Dicho vecino estaba pendiente de desahucio al igual que otros. Hasta el momento AVRA (propietaria de las viviendas de alquiler) no había hecho nada al respecto. Solicitaba una vivienda de VPO, donde poder tener una vida normal con su familia.
Ante esta situación solicitamos informe a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), respondiéndonos la Viceconsejería de Fomento y Vivienda con un informe emitido por la Secretaría General de Vivienda en el que indicaban que AVRA promovió en su día la construcción de este grupo formado por 9 viviendas, calificadas en régimen de alquiler. Una de estas viviendas estaba adjudicada mediante contrato suscrito el 5 de septiembre de 2016 al reclamante quien tenía en esta vivienda su domicilio habitual y permanente, siendo además presidente de la comunidad de vecinos de la promoción.
El 26 de abril de 2017 presentó escrito ante la citada Agencia informando que había sido víctima de una agresión por parte de un vecino de la promoción en la que residía, hecho que denunció ante la Policía y por el cual, según indicaba en dicho escrito, había tenido que abandonar su vivienda. Tras tener conocimiento de dicha incidencia, las trabajadoras sociales de AVRA en Córdoba habían trabajado en la búsqueda de posibles soluciones para la resolución del conflicto, de tal manera que en agosto de 2017 se procedió al traslado de la persona denunciada a una vivienda de otra barriada de Córdoba que fue recuperada por la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía en esas fechas, con lo que ambos usuarios del parque de vivienda de AVRA habían dejado de residir en la misma promoción y en consecuencia, deberían estar resueltos los problemas de conveniencia entre ambos.
Con la información proporcionada, considerando que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
0 Comentarios