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Restituyen un terreno del Parque Natural del Estrecho a su estado anterior al vertido de áridos

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/5685 dirigida a Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

El Defensor del Pueblo Andaluz ha archivado esta actuación de oficio cuando ha conocido las actuaciones que viene realizando la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para ejecutar una resolución que ordena la restitución de un terreno a su anterior estado tras ejecutar una construcción ilegal en el Parque Natural de Estrecho.

30-12-2013 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

En su día, esta Institución inició esta actuación de oficio al conocer la existencia de una vivienda, con una piscina, en una duna. Una fotografía evidenciaba, a todas luces, que se trataba de un importante deposito de arena de imposible acumulación en ese lugar si no era por el traslado en grandes cantidades a través de vehículos de transporte, ya que la duna estaba completamente rodeada de una enorme masa arbórea. La única posibilidad de que esta duna se formara en este lugar sin el traslado artificial de arena era que fuera preexistente a la plantación de la masa arbórea que la rodeaba pero, en tal caso, suponíamos que sería un hecho patente por quienes conocen las características del sistema del Parque Natural del Estrecho.

Respecto de la vivienda y la piscina eran una construcción de entidad y de superficie y la piscina, en principio, es un uso no permitido en este tipo de parques naturales, cuestión distinta era que ya existiera antes de la declaración del parque y/o que hubieran prescrito las acciones administrativas y/o penales ante la supuesta ilegal construcción del inmueble. De no ser así, nos podríamos encontrar ante unos hechos que no solo suponían una muy grave infracción urbanística sino que, además, podían tener un contenido claramente delictivo.

16-03-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz ha archivado esta actuación de oficio cuando ha conocido las actuaciones que viene realizando la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para ejecutar una resolución que ordena la restitución de un terreno a su anterior estado tras ejecutar una construcción ilegal en el Parque Natural de Estrecho.

Nos dirigimos a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio que, como respuesta, nos indicó que, en relación con los hechos objeto de este expediente de queja, se tramitaba expediente sancionador por la Delegación Territorial de esa Consejería en Cádiz. Tras interesar que nos mantuviera informados de las subsiguientes actuaciones que se realizaran, conocimos que se había impuesto al responsable de la infracción una sanción de multa pecuniaria de 1.000 euros y la obligación de restituir el terreno a su ser y estado anterior al vertido de áridos, procediendo a la retirada de los mismos y que se interpuso recurso de alzada contra la resolución.

Posteriormente se nos dio cuenta de la resolución desestimatoria del recurso de alzada interpuesto por el promotor de las obras. Después de ello, también conocimos que el representante legal del sancionado había renunciado a su defensa, por lo que hubo que notificar la sanción directamente al infractor, pero también nos dijo la Consejería que no se había procedido a la restitución del terreno a su ser y estado anterior al vertido de los áridos al no haberse efectuado su retirada. Tras ello, la Consejería nos informó que fue necesario publicar un nuevo requerimiento previo a la ejecución forzosa de la resolución sancionadora dictada mediante publicación en el Boletín Oficial correspondiente, por lo que estaban a la espera de que transcurriera el plazo para, en su caso, iniciar el procedimiento de ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas.

En la última respuesta de la Consejería, tras haber informado en anteriores comunicaciones de los avances registrados para dar cumplimiento a la resolución sancionadora dictada en relación con este asunto e indicar que ya se había publicado en los boletines oficiales correspondientes el requerimiento al infractor, se señalaba que ya había sido impuesta la primera multa coercitiva. Dado que este proceso de imposición de multas coercitivas puede resultar complejo y dilatado en el tiempo y considerando, en definitiva, que nos encontrábamos en un asunto en vías de solución, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones y hemos procedido al archivo de este expediente de queja. Sin perjuicio de ello y conforme al compromiso que nos trasladaba la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de informarnos de la finalización de este asunto, hemos solicitado que nos anuncie, cuando ello ocurra, el cumplimiento de la resolución sancionadora dictada en su día.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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