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Resuelven expediente de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía

Queja número 18/6349

La compareciente en su escrito nos expone que entregó la solicitud de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía el 2 de julio de 2018 y al intresarse por la situación de expediente el 27 de septiembre le indican que están mirando las solicitudes del mes de abril, por lo que formuló una reclamación sin que al día de presentación de la queja haya recibido una respuesta.

La gravedad del caso es que ya realizó una primera solicitud en febrero que le fue denegada por el hecho de haber trabajado unos días sueltos. Le explicaron que, tal y como estaba redactada la Ley en ese momento, la persona tenía que estar en situación de desempleo desde el momento de la solicitud hasta la resolución de la misma. Es decir, que si ella trabajaba aunque fuera un solo día, eso ya le hacía perder el derecho, aunque su situación económica fuera igualmente grave. Ante esta injusticia finalmente se ha cambiado la ley y ahora no pasa nada por estar de alta unos días, pero entiende que ha sido perjudicada por un mal hacer de la administración que redactó la primera Ley.

Por todo ello solicita que la solicitud actual sea resuelta lo antes posible, puesto que ya han pasado los plazos correspondientes para tener respuesta (2 meses) y por su situación de especial vulnerabilidad necesita que se resuelva cuanto antes, puesto que desde antes de febrero está sin trabajo, sin ingresos y teniendo a su cargo además a un niño de 8 años.

Interesados ante la Administración se nos informa del orden cronológico de la tramitación del expediente, no habiendo concluido el mismo ya que en noviembre se comprueba la falta de aportación de determinada documentación para completar la solicitud, por lo que se le notifica a la parte interesada tal requerimiento. Quedando, pues, pendiente el dictado de la Resolución correspondiente en caso de que la afectada aporte la documentación requerida.

De tal información dimos debido traslado a la reclamante, a fin de que presentase las alegaciones que creyera oportunas, informándonos posteriormente de que ya ha recibido una respuesta a su solicitud, por lo que procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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36 Comentarios

Javier Palomare... (no verificado) | Septiembre 17, 2023

Hola buenas en octubre de 2021 solicite el IMV el cual me denegaron 3 veces ya la ultima en el juzgado por segun ellos la unidad de convivencia no llevaban ninguna razon pero bueno el caso es que subsane el problema por el cual me lo denegaban y en mayo lo volvi a echar estando aun en tramite. Mi problema es que desde 2021 no tengo ningun ingreso soy discapacitado y ciego de un ojo y parte del otro padezco obesida morvida extrema 220kg y no puedo trabajar y ya no puedo aguantar mas a mi si me hace falta el IMV de necesidad, porfavor ruego intenten si esta en su mano agilizar el tramite se lo ruego mi situacion es desesperada, muchas gracias.

El DPA responde | Septiembre 22, 2023

Hola Javier,

Para atender de forma más personalizada la cuestión que nos trasladas, te sugerimos que nos dejes un teléfono de contacto o bien nos llames al 954212121 y así poder orientarte en la difícil situación que nos planteas. Saludos

Toñi (no verificado) | Enero 5, 2023

Que significa 3_ solicitud finalizada ?

El DPA responde | Enero 11, 2023

Hola Toñi,

Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Te aconsejamos que esta consulta la plantees en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia.O dirigiéndote a los Servicios sociales Comunitarios que por domicilio te correspondan.

La Junta de Andalucía ha puesto en servicio una cuenta de correo electrónico para consultas sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es También puedes utilizar el formulario de consultas de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgformweb/formularioInsercionIGA.faces

No obstante, El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.

Respondiendo a tu consulta, si lo deseas,  podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.

Saludos

Omar laaroussi (no verificado) | Noviembre 3, 2022

Hola necissito saber cuánto falta de messes para contesta un expedente de una perdonna enferma tenía un tumor y tenía que compra tratamiento además no tengo ninguna ingresso y ha solicitando desde junio 2022 gracias por cooperación

El DPA responde | Noviembre 4, 2022

Hola Omar,

Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Te aconsejamos que esta consulta la plantees en los servicios Sociales que por domicilio te correspondan o bien en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia.

La Junta de Andalucía ha puesto en servicio una cuenta de correo electrónico para consultas sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es También puedes utilizar el formulario de consultas de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgform...

No obstante, El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.

También, si lo deseas,  podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y copia de la solicitud de Renta Mínima de Inserción.

Saludos

Omar laaroussi (no verificado) | Noviembre 1, 2022

Por favor yo quiero saber cuánto tardai expediente de la renta mínima de inserción por una persona enferma ha solicitado desde junio que passado

El DPA responde | Noviembre 4, 2022

Hola Omar,

Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Te aconsejamos que esta consulta la plantees en los servicios Sociales que por domicilio te correspondan o bien en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia.

La Junta de Andalucía ha puesto en servicio una cuenta de correo electrónico para consultas sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es También puedes utilizar el formulario de consultas de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgform...

No obstante, El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.

También, si lo deseas,  podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y copia de la solicitud de Renta Mínima de Inserción.

Saludos

Maria del mar (no verificado) | Septiembre 24, 2022

Hola me gustaria saber q significa finalizado en mi expediente da la rmi. Entro en carpeta ciudadana y pone q esta finalizado, y lo heche el 20 de enero de este año. Quiete decir aprobada o no? Y cuando lo cobrare h si cambiara el estado!! Por q mi trabajadora social solo me dice q esta ya visto pero no me dice nada mas. Solo q yo balla mirando en carleta ciudadana. Y ni cambia ni nada y finalizo en junio o julio no me avuerdo muy bien pero uno de esps doa mesrs. Cuanto mas tarda ? La tengo aprobada? Y cuando se cobrara? Gracias. Un saludo

El DPA responde | Septiembre 27, 2022

Hola Maria del Mar,

El artículo 32 del Decreto Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA), establece que la resolución del procedimiento se notificará a las personas solicitantes indicando, al menos, la cuantía a percibir y la fecha a partir de la cual la prestación tendrá efectos económicos. Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA)por lo que no podemos responderte si está aprobada o no. Aunque entendemos con los datos que nos facilitas expediente está cerrado y pendiente de que te envíen la resolución que prevé el artículo que te hemos mencionado.

En Servicios Sociales deben informarte de la situación de tramitación de tu expediente, pero si encuentras alguna dificultad podemos ayudarte a conocer la situación de tu solicitud. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.

Saludos,

Omar laaroussi (no verificado) | Septiembre 1, 2022

Por favor necissito pregunta sobre mi expedente de la la renta que ha pasado tres messes y quiero saber si falta alguna documento o no .gracias por su cooperación

El DPA responde | Septiembre 6, 2022

Estimado Omar, la manera más fácil es si es posible y tienes acceso, a través de tu carpeta ciudadana. Si no tienes acceso puedes solicitar información a través de los Servicios Sociales de tu localidad o a traves de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

Una vez que haya trascurrido el plazo para resolver si quieees puedes enviarnos un escrito de queja para que nos interesemos por la situación de tu expediente. Puedes hacerlo a través de este enlace, aportando la documentación de tu solicitud. https://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-defensor-a-un-clic-formulario

Karla campos (no verificado) | Agosto 25, 2022

Hola buenas quiera saber como va eso te comento. A primeras semana de agosto me sale que ah finalizado mi expediente yo lo he he a finales de mayo entonces llame a mia sustenta para ver ? Y me dijo que la tengo consedida desde junio hasta mayo pero no me ah llegado carta ni nada solo me ah dicho eso? En quiero saber si cobraré en septiembre?

El DPA responde | Agosto 29, 2022

Estima Karla, nos alegramos que su expediente haya finalizado.

En general la prestación, una vez que se ha reconocido  se procederá al abono de la prestación por la cuantía concedida con efecto desde el día primero del mes siguiente al de la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver.

El pago de la prestación se efectuará por mensualidades vencidas dentro del mes inmediato siguiente al de la concesión de la prestación, a través de la domiciliación bancaria.

Para más información puedes contactar con el telefono,955048000

Información adicional

Servicios de atención a la ciudadanía

Un saludo.

Carlos Olveira ... (no verificado) | Julio 30, 2022

Solo tenia que pedir la prorroga de rmisa pero a mi trabajadora social se le ha pasado el límite para echarla ahora me están toreando y en sima el perjudicado soy yo abriéndole avisado 3 veces mi expediente es
Mi expediente nº Q22/5022

El DPA responde | Agosto 1, 2022

Hola Carlos. Si necesitas información sobre tu expediente de queja, puedes llamarnos al 954 212121 y te informaremos. Gracias

Carlos Olveira ... (no verificado) | Julio 30, 2022

Solo tenia que pedir la prorroga de rmisa pero a mi trabajadora social se le ha pasado el límite para echarla ahora me están toreando y en sima el perjudicado soy yo abriéndole avisado 3 veces

Raúl (no verificado) | Mayo 9, 2022

Hola. Llevo 1 año y medio para que me contesten sobre mi petición de RMI. Me pueden ayudar?

El DPA responde | Mayo 9, 2022

Buenos días Raul. Puedes trasladarnos escrito de queja detallandonos el problema y adjuntando la documentación que creas de interés para poder valorar la cuestión y dirigirnos en tu nombre a la Administración competente e intentar impulsar la resolución de tu solicitud de la prestación. Si así lo decides, en este enlace (El Defensor en un clic) te informamos de las diferentes vías de comunicación que ofrecemos a la ciudadanía para trasladarnos escrito de queja. IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarte. Un saludo

Miguel (no verificado) | Abril 15, 2022

en mi expediente dice 3-solicitud finalizada, hace unos pocos dias que lo he solicitado. que significa eso? me lo han rechazado?

Toñi (no verificado) | Enero 3, 2023

Yo llevo 3 semanas con 3 solicitud finalizado,expediente finalizado,que significa?

El DPA responde | Enero 5, 2023

Hola Toñi,

Esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA). Te aconsejamos que esta consulta la plantees en los Servicios Sociales que por domicilio te correspondan o bien en la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de tu provincia.

La Junta de Andalucía ha puesto en servicio una cuenta de correo electrónico para consultas sobre la RMISA: rentaminima.cipsc@juntadeandalucia.es También puedes utilizar el formulario de consultas de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ceisgform...

No obstante, El apartado 2 del artículo 32 del Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) establece, respecto a la resolución que: “El plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver (Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación). Este plazo quedará interrumpido cuando la paralización del procedimiento se deba a causas imputables a las personas interesadas.

Respondiendo a tu consulta, si lo deseas,  podemos ayudarte a conocer la situación de tu expediente. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión.

Saludos

El DPA responde | Abril 19, 2022

Hola Miguel,

Aunque esta Institución no gestiona los expedientes de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA), entendemos que ese mensaje aparece cuando tu expediente está cerrado, aunque está pendiente de que te envíen la resolución que prevé el artículo 32 del Decreto Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA).

No obstante creemos que lo más conveniente es que te dirijas a hasta los servicios sociales comunitarios de tu zona que tienen acceso a tu expediente para que puedan darte una información más concreta de tu situación.

Saludos,

antonio (no verificado) | Marzo 2, 2022

el 14 de diciembre del 2020 hice una ampliación y a fecha de hoy nada, según me dicen que ya están revisando las solicitudes de enero 2021 y a fecha de hoy no estoy cobrando nada

María isabel ho... (no verificado) | Diciembre 25, 2021

A llegado la carta de papel que enviado y cuando está echó

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