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Se adoptan nuevas medidas de seguridad vial en una avenida muy transitada

Queja número 18/4867

El reclamante exponía que el 28 de marzo de 2018 presentó un escrito al Área de Seguridad, Movilidad y Fiestas Mayores del Ayuntamiento de Sevilla solicitando la adopción de las medidas necesarias para minimizar el peligro de accidentes en la Avenida Grecia, invocando el articulo 18.1.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local según el cual los vecinos/as tienen derecho a “Exigir la prestación y, en su caso, el establecimiento del correspondiente servicio público, en el supuesto de constituir una competencia municipal propia de carácter obligatorio”, habida cuenta del atropello que sufrió un compañero de trabajo en dicha avenida el 20 de marzo de 2018, y que debido a ello se encontraba aún de baja.

Dicho escrito estuvo firmado por multitud de compañeros/as que trabajaban en un mismo edificio situado en la zona. La petición invocaba el articulo 231.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que señala que "Cuando la solicitud formule una propuesta de actuación municipal, su destinatario informará al solicitante del trámite que se le haya de dar. Si la propuesta llega a tratarse en algún órgano colegiado municipal, quien actúe de Secretario del mismo remitirá en el plazo máximo de quince días al proponente copia de la parte correspondiente del acta de la sesión. Asimismo el Presidente del órgano colegiado podrá requerir la presencia del autor de la propuesta en la sesión que corresponda, a las efectos de explicarla y defenderla por sí mismo ".

Puesto que el Ayuntamiento de Sevilla no respondió a dicho escrito, en mayo de 2018, realizó una reiteración en el mismo sentido, sin haber recibido respuesta alguna.

En consecuencia, sin entrar en el fondo de asunto, nos dirigimos al citado organismo interesando la necesidad de dar respuesta, expresamente y sin más dilaciones, al escrito presentado por el interesado el pasado 28 de mayo de 2018.

En la respuesta municipal se exponían las medidas adoptadas para mejorar la seguridad vial en la Avenida de Grecia, atendiendo a la demanda del interesado. Como quiera que la queja fue admitida a trámite con objeto de que el Ayuntamiento diera respuesta a las solicitudes del interesado en torno a este asunto y ello ya se había producido, podríamos haber dado por concluida nuestra intervención. No obstante, antes de ello, al encontrarnos ante un problema de seguridad vial, solicitamos del interesado que nos remitiera las alegaciones y consideraciones que le merecieran las medidas adoptadas y, en su caso, nos indicara las que, a su juicio, deberían añadirse para evitar nuevos accidentes.

Así lo hizo mediante nueva comunicación en la que nos exponía que, consultados los miembros del servicio de seguridad de la Delegación Territorial Autonómica ubicada en la Avenida de Grecia que observaban el día a día del tráfico en la zona, le exponían que se seguían produciendo situaciones de riesgo, como excesos de velocidad y frenazos en el paso de peatones situado en la entrada principal, agravado más desde que la línea 3 de TUSSAM hacía parada en las inmediaciones.

De acuerdo con ello, volvimos a dirigirnos al Ayuntamiento interesando que nos indicara si, como se nos anunciaba, se señalizaron las proximidades al paso de peatones tanto horizontal como verticalmente con límite de 30 kilómetros hora y se retranquearon las bandas de aparcamiento para dar mayor visibilidad al peatón. De ser así, deseábamos conocer si se había comprobado la disminución de problemas de seguridad vial en dicho lugar o, en caso de persistir, si se tenían previstas nuevas medidas para la mejora de esta situación. También deseábamos conocer si se había analizado la posible incidencia negativa que pudiera ocasionar el hecho de que los autobuses de la línea 3 de TUSSAM hicieran parada en las inmediaciones.

El Ayuntamiento nos contestó aclarando que todas las actuaciones anunciadas, tales como señalización horizontal y vertical, límite de velocidad a 30 km/h y retranqueo de la banda de aparcamientos, fueron ejecutadas durante el mes de diciembre de 2018, añadiendo, en cuanto a la parada de la línea 3 de TUSSAM, que fue una medida adoptada provisionalmente durante la ejecución de una obra ya finalizada, por lo que se había vuelto al recorrido inicial.

De acuerdo con ello, estimando que el Ayuntamiento había atendido la inquietud del interesado respecto a la inseguridad vial que afectaba a la zona y que se habían adoptado diversas medidas para su mejora, en principio no considerábamos precisas nuevas gestiones por nuestra parte en torno a esta cuestión y procedimos al archivo del expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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