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Se devuelve la tasa abonada por la persona reclamante por retirada de su vehículo

Queja número 19/4713

La persona reclamante exponía que el 27 de mayo de 2019 el vehículo de su propiedad fue retirado de la vía pública por la grúa municipal señalando, siempre según la afectada, que dicha circunstancia no le fue comunicada en los términos y plazos establecidos por la Instrucción 10/V-86 de la Dirección General de Tráfico por lo que se vio obligada a asumir el pago de una tasa por depósito del vehículo de casi 400 euros y, añadía textualmente lo siguiente:

Esta situación ha sido injusta para mi y pienso que se me debería de devolver parte del dinero que aboné por no haber sido informada con anterioridad. Además, soy una chica joven de 23 años, estudiante que he residido en Jaén durante un año en una zona (...) donde el propio Ayuntamiento reconoce que es muy difícil aparcar por el número escaso de lugares donde hacerlo.”

Admitida la queja a trámite, nos dirigimos al Ayuntamiento de Jaén, solicitando se emitiera la respuesta que resultara procedente ante la solicitud formulada por la afectada.

En la respuesta municipal se indicaba que recabados los informes pertinentes para la resolución del expediente, y vistos los mismos, se resolvió acceder a lo solicitado, reconociendo su derecho a ser comunicada la retirada de su vehículo, emitiéndose, con fecha 16 de diciembre, Decreto de devolución de ingresos que efectuó como pago por la guarda y custodia del vehículo, con abono de los intereses de demora, desde la solicitud de la interesada, (importe principal 313,78 euros, más intereses de 5,58 euros).

Como quiera que se había accedido a la petición y a la devolución de la tasa abonada, entendimos que había quedado resuelto favorablemente el problema planteado, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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2 Comentarios

José Miguel Alc... (no verificado) | Abril 9, 2021

Buenas, no encuentro la resolución de este caso en la pagina web. Tengo un caso parecido y necesitaría verlo. Si alguien puede enviármela se lo agradecería. Muchas gracias.

El DPA responde | Abril 19, 2021

Hola José Miguel,

En la queja 19/4713 no se llegó a formular resolución por esta Institución. Te sugerimos que utilices el buscador (en la parte superior de nuestra página web) utilizando términos de búsqueda. Si tienes problemas para ello, puedes ponerte en contacto con esta Institución para poder ayudarte, nuestro teléfono es el 954212121 o enviarnos un correo electroníco al correo: defensor@defensor-and.es

Saludos,

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