Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 17/3177 dirigida a Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible nos da cuenta del estado de tramitación del expediente para ejecutar la obra de la EDAR Barbate-Zahara, aunque la competencia es del Ministerio de Transición Ecológica.
12-06-2017 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, que “Barbate, que tiene una depuradora 'de juguete' que la Junta de Andalucía inauguró en el año 2000, arroja sus aguas residuales al océano Atlántico desde el estuario del río Barbate, al lado de su playa urbana de El Carmen. Pero eso es así solamente ocho meses al año. Porque desde el 1 de junio y hasta el 30 de septiembre se activa un emisario submarino que arroja esas aguas por una canalización, tubo o cañería de apenas unos 300 metros de longitud, construido a mitad de camino entre ambas poblaciones, a unos cuatro kilómetros de Zahara, y que entra en el mar frente a la zona militar del Retín, en una playa "no oficial", según la terminología empleada por la Junta, que es la del Botero. Este emisario empezó a funcionar en verano de 2014 y los vecinos, comerciantes y hosteleros de Zahara le han declarado la guerra porque, según denuncian, esas conducciones dejan olores fétidos en el pueblo durante toda la temporada estival. Y el temor, claro, es que ello termine espantando a un turismo que da de comer a Zahara de los Atunes para todo el año”.
Según las declaraciones recogidas en las noticias a las que ha tenido acceso esta Institución, entre ellas el presidente de una asociación de comerciantes y hosteleros de Zahara de los Atunes, “«Ni queremos mandar a nadie a la cárcel, ni queremos una guerra con Barbate, ni nada por el estilo. Lo único que queremos es que dentro de un mes, cuando llegue el 1 de junio, ese emisario submarino no vuelva a funcionar. Y ya está. En cuanto un juez o una jueza ponga eso por escrito, nosotros retiramos la querella»”. Continúa la noticia indicando que “Pero el problema está en que mientras no se construya la nueva depuradora prometida, la EDAR de Barbate tendrá que seguir arrojando sus aguas sucias al mar, bien por la canalización 'de invierno' o bien por la 'de verano'”.
Más adelante podemos leer que “desde Aqualia niegan la mayor porque sus jefes aseguran con rotundidad que es «científicamente imposible» que lo que arroja el emisario pueda provocar malos olores. Desde la depuradora explican que esos residuos 'sobrantes' que se evacúan en el Atlántico no es agua depurada, evidentemente, porque la EDAR de Barbate es lo mínimo que se despacha en depuradoras, pero sí es agua tratada porque se le ha retirado buena parte de las inmundicias que traían en origen. En sus informes que se han sumado a esta causa judicial, la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha indicado, entre otras cosas, que Barbate lleva 30 años vertiendo sus aguas residuales al mar sin autorización alguna, pero también que esos vertidos, aunque obviamente superan los límites legales de contaminación fijados por la normativa europea, no son dañinos ni para la flora, ni para la fauna, ni para las personas”.
Respecto de la nueva depuradora que sería necesario ejecutar, parece que existe una reserva de suelo; la cuestión es quién debe ejecutarla, si la Administración del Estado o la de la Junta de Andalucía. En relación con esta cuestión, podemos leer que “La Junta, de momento, ha dicho que ella ya invirtió 300.000 euros en la redacción del proyecto de esta futura depuradora, y que ahora le toca al Gobierno de España levantar la planta según el acuerdo cerrado entre ambas partes. Pero desde la Administración estatal ya han aclarado que la competencia es exclusivamente de la Junta y que, en todo caso, el Gobierno central ayudaría en la medida de lo posible a la Administración andaluza para agilizar esta construcción, aunque todo ello tendrá que ser acordado entre ambas partes en unas negociaciones que ni siquiera tienen fecha”.
Hace 25 años, en 1991, esta Institución presentó al Parlamento de Andalucía el Informe Especial “El Estado Sanitario y Ambiental de las Playas Andaluzas” (http://www.defensordelpuebloandaluz.es/el-estado-sanitario-y-ambiental-d...), en el que, en su apartado 2.6. La competencia del tratamiento de los vertidos y el saneamiento por parte de los Ayuntamientos, manifestábamos lo siguiente:
“Como hemos visto al analizar el marco jurídico, el artículo 25, de la Ley de Bases de Régimen Local, le atribuye la competencia para el saneamiento y el tratamiento de las aguas residuales urbanas a los Ayuntamientos. Queda claro que los obligados legalmente a depurar sus aguas residuales son los propios Ayuntamientos. Aunque después habrá que matizar el alcance de esta obligación legal.
Antes hemos querido pulsar el nivel de dotación de infraestructuras de saneamiento a través de la información que nos aportaban los propios Ayuntamientos. Y como resumen de la visita de los veinticinco Ayuntamientos podemos ofrecer los siguientes hechos:
* Ninguno de los veinticinco Ayuntamientos realizan tratamiento secundario, biológico, de sus aguas residuales.
* Cuatro municipios -Mijas, Almonte (Matalascañas), Cartaya (el Rompido) y Punta Umbría- disponen de un sistema de depuración con tratamiento primario funcionando correctamente. Evacuando posteriormente al mar a través de emisario.
* Otros cuatro Ayuntamientos realizan una tamización, para eliminar los restos sólidos, y disponen de depuradoras, pero con un funcionamiento irregular. Evacúan al mar a través de emisarios.
* Diez municipios arrojan sus aguas residuales sin depurar, y sin aplicar ningún tratamiento, a través de emisarios. En general, se advierte que los emisarios son insuficientes, de pequeña sección, poco extensos y deficientemente mantenidos. Este sistema de vertido se concentra en la costa malagueña, granadina y almeriense.
* El resto, siete municipios, evacúan directamente al mar o a rías próximas al mar, sin ningún tipo de tratamiento, ni siquiera sedimentación de los restos sólidos, y sin emisarios. Esta situación se da mayoritariamente en las provincias de Cádiz y Huelva.
Estos datos los hemos obtenidos directamente de la información dada por los propios Ayuntamientos, al preguntarles por la evaluación de las carencias existentes en el municipio en lo que se refiere al sistema de depuración de los vertidos. La realidad es que la mayor parte de la costa carece de un correcto sistema de depuración de sus aguas residuales.
El problema ahora se centra en determinar el grado de incapacidad de las administraciones locales para asumir el coste económico de la superación de estas deficiencias estructurales. Ya hemos mencionado que el coste de las inversiones de la creación de la infraestructura necesaria para el saneamiento es muy importante. Podemos dar datos para que el lector se haga una idea. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Algeciras nos decía que el Proyecto de Saneamiento Ambiental Integral estimaban que costaría unos 2.000 millones de pesetas. Las obras de construcción de la depuradora de Matalascañas ( Almonte ) ha costado 600 millones de pesetas. El Plan de Saneamiento Integral de Barbate está presupuestado en 1.200 millones de pesetas. Estos datos son suficientemente elocuentes por sí mismo. Hay casos que el coste del proyecto de saneamiento representa el presupuesto municipal de un quinquenio.
Está claro que la responsabilidad de la dotación de las infraestructuras sanitarias es una obligación que no puede recaer con exclusividad en los Ayuntamientos. Para la resolución de este problema se deben de comprometer todas las administraciones públicas, y en especial la Junta de Andalucía y las Diputaciones Provinciales, a través de los Planes Provinciales de Obras y Servicios, y más en concreto para asistir a municipios de menor entidad poblacional.
En este sentido, hemos sido fedatarios de las quejas de los Ayuntamientos frente a la supuesta incomprensión de la Dirección General de Obras Hidráulicas ante su problema de saneamiento. Concretamente, en la costa de Cádiz esperan un llamado Plan de Saneamiento Integral de la Junta de Andalucía con el que aspiran a resolver sus deficiencias. En Motril, nos informaban de la incapacidad material para crear la infraestructura sanitaria, etc.
También en la costa almeriense arrecian las críticas contra la gestión de la Dirección General de Obras Hidráulicas. Se sienten abandonados y denuncian la falta de infraestructura necesaria para atender el saneamiento de las aguas. Concretamente, en el Ayuntamiento de Carboneras se lamentaban que llevaban cuatro años detrás de la Dirección General para recibir algún tipo de ayuda, sin éxito alguno hasta el momento.
No obstante, hemos verificado que hasta ahora, de los proyectos realizados, la Consejería de Obras Públicas y Transportes financia sobre un 50 o 60 por 100 de los mismos. Hay que decir que las mayores inversiones se han desarrollado recientemente en la costa de Huelva.
Avanzando en la exposición, nos damos cuenta que el problema no acaba con la creación de la infraestructura, sino que es necesario establecer un sistema de gestión que garantice su mantenimiento. La cuestión no es baladí. Hemos dicho que el dispositivo de saneamiento de la costa en los últimos años había empeorado, y ahora comprobamos que una de las razones de ese hecho se encuentra en la falta de mantenimiento y abandono de las infraestructuras de saneamiento. Había problemas que en 1.983 se estimaba que eran de urgente resolución, sin que hasta ahora todavía se haya actuado. También ha contribuido la mayor concentración de la población en la costa, sobre todo en la temporada de verano. Una razón y otra han provocado la situación que hoy padecemos.
Decíamos que uno de los motivos del deterioro de las instalaciones es la incapacidad de los Ayuntamientos para mantener costosas infraestructuras, que consumen importantes partidas presupuestarias, y estimábamos que como recomienda el Plan Director de Infraestructura Sanitaria, elaborado por la Consejería de Obras Públicas y Transporte, se deberían integrar los municipios en "Unidades de Gestión", ésto es, Mancomunidad de Municipios. Como así se ha hecho en Huelva. A este fin, se ha constituido una Mancomunidad de Aguas de la Costa de Huelva para el saneamiento y el abastecimiento de las aguas (como ya existe en la costa del Sol Occidental, que por cierto cuenta con un importante déficit presupuestario, motivado, entre otras razones, por las importantes cantidades que adeudan los municipios que la componen y que ha provocado grandes tensiones entre éstos y la propia Comunidad). La Mancomunidad ha establecido un dispositivo de saneamiento en Punta Umbría, el Rompido y Matalascañas, y en breve comenzará Palos de la Frontera y Moguer, extendiendo su implantación en el resto de la costa durante el año 1.992. Ello es importante, porque, además de integrarse una fuerte inversión (se estima en más de 2.000 millones de pesetas, financiando la mitad la Junta de Andalucía), la propia Mancomunidad gestionará la conservación de las instalaciones. No cabe duda que este es un buen ejemplo a seguir para el resto del litoral andaluz”.
En otra parte de este Informe Especial, justamente en la parte final del apartado “5.4. La función de inspección por parte de las autoridades sanitarias”, podemos leer:
“Ahondando en este asunto, podemos reflejar aquí un caso grave que hemos observado en la provincia de Cádiz para que el lector compruebe a que nos referimos. En el término municipal de Barbate, en las playas denominadas de "Los Caños de Meca", se han establecido ilegal y clandestinamente en el mes de Junio de 1.991 una serie de chiringuitos, que además de no contar con licencia municipal, presentaban el siguiente ambiente sanitario: no disponían de agua potable; la eliminación de las aguas residuales era a través del vertido libre al mar y a las arenas de la playa; el agua de los caños naturales que van a la playa, y que tiene naturaleza de residual, se utilizaba para el aseo y la cocina; y en general, el estado sanitario era pésimo.
Esta situación era conocida por el Ayuntamiento, el cual lo puso en conocimiento de la Delegación de Salud, quienes en el mes de Agosto nos aseguraban que se habían puesto en comunicación con la Jefatura de Costas para que procediera a su clausura inmediata y demolición. Nos explicaban que no disponían de medios coercitivos directos para hacer cumplir la orden de clausura (la Junta de Andalucía no tiene cuerpo de policía autonómico para hacer cumplir sus actos administrativos), y por ello se veían obligados a hacerlo a través de la Jefatura de Costas, que con el auxilio del Gobernador Civil de la provincia y la Guardia Civil, disponía de los medios materiales y humanos para llevarlo a cabo.
Lo cierto es que todavía en el mes de Septiembre los chiringuitos estaban en pié. Y todo ésto referido a una situación de elevado riesgo sanitario. Entendemos que este caso es significativo del problema que queremos poner en evidencia. En general, la interdependencia administrativas entre los entes públicos no es resuelta con eficacia para intervenir sobre los chiringuitos”.
En fin, todo ello pone de manifiesto que la garantía de una calidad ambiental y sanitaria de las aguas de baño de nuestro litoral y, en lo que aquí concierne, en Barbate, que evite la emisión de aguas contaminadas por residuos urbanos al mar es un problema que “arrastra” una larga historia y sólo puede resolverse con la ejecución de las adecuadas infraestructuras de tratamiento de las aguas residuales que parece no llegar nunca a este municipio, pese a la extraordinaria calidad de sus playas.
Por tales hechos, hemos iniciado esta actuación de oficio en la que, con independencia de la cuestión sometida a conocimiento de la Fiscalía y a la autoridad judicial, relativa a la querella interpuesta, asunto éste que al encontrarse sub-iudice no podemos valorar por aplicación del art. 17.2 de nuestra ley reguladora, nos hemos dirigido a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para conocer:
1. Previsión existente sobre la ejecución de una depuradora que, junto a las demás infraestructuras de saneamiento, impida que en el término municipal de Barbate continúen vertiéndose aguas residuales urbanas no depuradas al mar.
2. Medidas de control existentes sobre los vertidos no depurados que se realicen en distintas zonas de ese municipio, en las que se han construido infinidad de viviendas ilegales y se han instalado chiringuitos que no cuentan con un sistema de saneamiento adecuado, lo que hace que se generen vertidos al mar sin depurar.
Asimismo, interesamos nos informe sobre cualesquiera otras cuestiones que estime de interés en relación con la cuestión de fondo planteada en esta queja, que no es otra que los vertidos urbanos que, sin un adecuado tratamiento y depuración, se vierten directamente al mar y previsiones para solucionar un problema que, en modo alguno, es nuevo y que, en todo caso, tenía que haber estado resuelto a la fecha límite del 31 de Enero de 2015.
12-11-2019 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
Tras dirigirnos a la, entonces, Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, la actual de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en su respuesta hace referencia al Protocolo General entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y dicha Consejería en el que se definen las líneas a seguir entre ambas administraciones para el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas en el ámbito de la Comunidad Autónoma, clasificando las actuaciones en cinco grupos prioritarios de ejecución, encontrándose la aglomeración de Barbate entre las de máxima prioridad a ejecutar por el referido Ministerio, pero, en aquella fecha, aún el Ministerio no les había remitido el convenio para la ejecución de las obras.
Por tanto, era el Ministerio el que debía pronunciarse sobre los plazos de ejecución y, respecto de los últimos pasos realizados por la Consejería, se habían remitido los informes de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Cádiz, de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico y de la Dirección General de Gestión del Medio Natural y Espacios Protegidos, dándose por finalizados los informes a remitir en el marco de la consulta de impacto ambiental efectuada por el Ministerio.
La Dirección General de Agua del Ministerio de Transición Ecológica, como consecuencia de las consultas ambientales realizadas, había decidido licitar un nuevo concurso para contratar la redacción de un nuevo anteproyecto que solucione los inconvenientes de tipo ambiental y funcional del proyecto redactado por la Junta de Andalucía.
Para esta Institución, quedaba claro que prevalecía el interés general sobre el autonómico, de la EDAR Barbate-Zahara, que goza de la declaración de interés de ambas esferas territoriales. En relación con este asunto y en el seno de la queja 18/4966, que tramitamos a instancias del Ayuntamiento de Barbate, de la que dimos cuenta, por razón de la competencia de la Administración General del Estado a la Defensoría del Pueblo de las Cortes Generales, la misma nos ha informado del estado de tramitación entre los órganos del Estado y de la Comunidad Autónoma de los expedientes que permitirán culminar con la ejecución de la referida EDAR.
Por tanto, consideramos que no eran precisas nuevas actuaciones en esta actuación de oficio por lo que procedimos a su archivo ya que nos parecía que la problemática de fondo se encuentra en vías de solución.
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