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Se le concede el servicio de atención residencial en plaza concertada, en la misma residencia en la que se encontraba

Queja número 16/0644

Se le concede el servicio de atención residencial en plaza concertada, en la misma residencia en la que se encontraba.

Con fecha de 8 de febrero de 2016 se recibió en esta Institución escrito de queja en el que la compareciente exponía que su madre había solicitado en 2012 el reconocimiento de su situación de dependencia, resultando valorada como Gran Dependiente por Resolución de 13 de marzo de 2015.

La propuesta de PIA efectuada por los Servicios Sociales con posterioridad y ya remitida a la Administración autonómica, consistía en el recurso residencial (plaza concertada en Residencia de Mayores), que no se había aprobado hasta la fecha de presentación de la queja.

Su madre, de 87 años de edad, residía en un Centro para mayores, ocupando plaza privada que sus hijos se veían en la necesidad de costear con gran esfuerzo, ya que la dependiente no podía valerse por sí misma y sus ingresos se reducían a una escueta pensión mensual de 300 euros.

Admitida a trámite la queja, se requirió la emisión del preceptivo informe a la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales que, en octubre de 2016, explicó que propuesta de PIA había sido recibida en dicha Administración a finales del año 2015 “proponiendo como recurso idóneo el servicio de atención residencial o prestación económica vinculada a este servicio en su defecto y se está a la espera de la aprobación del Programa en función de las disponibilidades de plaza”.

Trasladado dicho informe a la promotora de la queja, reiteró la misma su petición y expuso que personas con solicitudes posteriores a la de su madre ya habían visto reconocido su derecho.

Por ello, en virtud del artículo 29 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se formuló Resolución a la citada Delegación Territorial, en el sentido de que se dictase resolución aprobando el recurso propuesto en el programa individual de atención de la dependiente, dando plena efectividad al correspondiente.

En su respuesta, el mencionado organismo informó que con fecha 2 de septiembre de 2016 se aprobó el PIA con el servicio de atención residencial, concediéndole plaza concertada en la residencia en la que se encontraba.

Habiéndose aceptado, por tanto, la Resolución formulada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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