El Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.

Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

Contáctanos

Ayuda

Se le revisa su grado de dependencia y le conceden un plan de ayuda

Queja número 16/6823

En una queja anterior, en marzo de 2016 el compareciente nos trasladó su compleja situación personal, familiar y económica, al encontrarse en situación de desempleo de larga duración, a los 48 años de edad, siendo padre de una hija.

La carencia de recursos económicos y su situación personal, le llevaron a regresar al domicilio de su madre, de 86 años, que hasta entonces vivía sola, la cual precisaba ayuda las veinticuatro horas del día, siendo su hijo quien se ocupaba de atender sus necesidades, intentando compaginar esta dedicación absoluta con su búsqueda de empleo, con el ejercicio de su paternidad y con el cumplimiento de sus propias obligaciones y necesidades personales.

Precisamente la madre del interesado solicitó el reconocimiento de su situación de dependencia en el año 2013, siendo valorada como dependiente moderada en noviembre de 2015. No obstante lo cual, los más de dos años transcurridos entre la solicitud y la resolución de grado, habían hecho que ya no existiera correspondencia entre su actual estado y su valoración como dependiente, ya que la afectada había sufrido entretanto un atropello de tráfico y cuatro ingresos hospitalarios de gravedad.

En consecuencia, en enero de 2016 la afectada solicitó una revisión de grado, siendo la petición dirigida a esta Institución la de la tramitación urgente del expediente, con la finalidad de que aquélla pueda obtener plaza en Unidad de Estancia Diurna, porque, conforme explicaba el interesado "ella misma lo requiere y ambos lo necesitamos".

Admitida a trámite la queja, requerimos la emisión del preceptivo informe a los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Gines y a la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

El 28 de abril de 2016 recibimos la respuesta del Ayuntamiento, en la que se reseñaba la siguiente cronología del expediente de la interesada:

- Solicitud de reconocimiento de la dependencia el 11 de diciembre de 2013.

- Solicitud de revisión de grado el 20 de enero de 2016.

- Notificación a los Servicios Sociales municipales de reconocimiento del Grado I de dependencia moderada, de la solicitud inicial, el 15 de febrero de 2016.

Por los Servicios Sociales se elaboró estudio de la situación socio-familiar de la afectada, emitiendo informe social de 12 de febrero de 2016, que se remitió a la Agencia de Dependencia, con la finalidad de agilizar el procedimiento, específicamente la revisión de grado en curso y obtener la asignación de plaza en Unidad de Estancia Diurna, que se estimara oportuna para respiro del hijo de la dependiente.

Reseñaba el informe que las instrucciones recibidas de la Administración autonómica, se concretaban en priorizar a los dependientes moderados menores de edad y a los moderados que ya se beneficiaran de Centro de Día con anterioridad.

La Delegación Territorial, por su parte, envió respuesta el 30 de junio de 2016, afirmando que por Resolución de 10 de junio de 2016 se confirmó la dependencia moderada de la interesada, remitiéndose su expediente a los Servicios Sociales del Ayuntamiento, para elaboración de la propuesta de PIA.

Dado traslado del contenido de dicho informe al promotor de la queja, remitió el mismo copia de la Resolución de 10 de junio de 2016, donde, en realidad, se valoraba la dependencia de la interesada como Severa o Grado II y no como moderada, como había referido el informe de la Delegación. En cualquier caso, habiendo recibido impulso el expediente, por su remisión a la Administración competente para elaborar la propuesta de PIA, estimamos oportuno suspender las actuaciones.

En diciembre de 2016 el promotor de la queja se dirigió nuevamente a esta Institución, comunicando la persistencia del problema y adjuntando copia de la reclamación formulada ante la Delegación Territorial, lo cual motivó el dictado de una Recomendación a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, en virtud del artículo 29 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, en el sentido de que se impulsase la tramitación del procedimiento de dependencia de la persona afectada, aprobando la propuesta elaborada por los Servicios Sociales, y haciendo efectivo el recurso a favor de aquélla.

En su respuesta se nos informó que con fecha 14 de marzo de 2017 se aprobó el correspondiente PIA, concediendo como prestaciones el servicio de teleasistencia, el servicio de ayuda a domicilio y plaza en centro de día para personas mayores.

Habiéndose solucionado el asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones con la aceptación de la Resolución formulada en su día.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

0 Comentarios

  • Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía
  • Otras defensorías e Instituciones
  • Sede electrónica
  • Nuestro compromiso
  • Parlamento de Andalucía