Queja número 16/6600
Se soluciona el problema de alojamiento de una pareja que vivía en la calle, mediante el proyecto de intervención con la misma.
Esta institución tuvo conocimiento a través de los medios de comunicación de prensa escrita de que una pareja de jubilados vivía a las puertas de un local comercial cerrado en una céntrica avenida de Sevilla.
Según la crónica periodística, la alternativa que les ofrecía el Ayuntamiento era alojarse en el albergue municipal, aunque tendrían que dormir separados en los módulos masculino y femenino.
Llevaban juntos más de 14 años, sobrevivían con los 360 euros de la pensión de él, quien aseguraba que había trabajado toda la vida, pero que solo había cotizado tres años. Ella nunca estuvo dada de alta. En estos años juntos, la pareja había logrado vivir por temporadas en diferentes viviendas en alquiler, aunque la calle siempre era el último destino.
De noviembre de 2015 a febrero de 2016, ambos estuvieron alojados con más o menos regularidad en el albergue municipal. En estos momentos, el módulo de familias en el albergue estaba completo y solo quedaban plazas en los módulos divididos por sexo. Según fuentes municipales, el Consistorio pondría en marcha en diciembre una serie de recursos dirigidos a perfiles como los de esta pareja, así, a través de dos Entidades, se iban a ofrecer 20 viviendas de ocupación transitoria con cinco plazas cada una para dar respuesta a estas personas.
A la vista de los hechos expuestos, considerandos que pudieran estar vulnerados diversos derechos Constitucionales así como determinados preceptos del Estatuto de Autonomía para Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, se incoó la presente queja de oficio y solicitamos informe al Ayuntamiento de Sevilla.
A la vista de la información suministrada por dicho organismo, en la que se relataban todas las intervenciones efectuadas con las personas afectadas y teniendo en cuenta que a fecha de emisión del informe la pareja estaba alojada en el CAM siguiéndose un proyecto de intervención con la misma, se determinó el cierre del presente expediente de queja de oficio.
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