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Tras nuestra intervención, actúan para paliar las molestias por ruido de un parque canino

Queja número 17/2263

El Ayuntamiento de Málaga acepta nuestra resolución y adopta diversas medidas para reducir el ruido generado por la ubicación de un parque canino cerca de un bloque de viviendas, conciliando, con ello, el derecho al descanso de las personas residentes en las inmediaciones y el derecho al esparcimiento de los animales en espacios de este tipo.

En la tramitación de este expediente de queja formulamos a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Málaga resolución en la que recordamos la normativa sobre protección contra la contaminación acústica y de protección de los derechos de la ciudadanía por situaciones de ruido con objeto de que adoptaran las medidas adecuadas para un parque canino. De la respuesta municipal a esta resolución podemos destacar lo siguiente:

- Que el 12 de junio de 2018 se mantuvo una reunión en la Junta Municipal de Distrito (...) a la que asistieron la Concejala y la Directora Técnica del Distrito, la responsable de la contrata de parques y jardines que tenía asignado el mantenimiento de las zonas verdes en el Distrito, la interesada como denunciante, acompañada de su abogada, el administrador de la comunidad de propietarios del inmueble más afectado y tres representantes de los usuarios del parque canino objeto de la queja.

- Que en dicha reunión se abordó todo lo relativo a este parque canino, compartiendo y analizando las posturas y opiniones de los representantes de uno y otro lado.

- Que por parte del Director General de Medio Ambiente se solicitó a los usuarios del parque canino que se presentara un escrito de usuarios solicitando la permanencia del parque, siendo atendida dicha solicitud, presentando escrito y CD la representante de dichos usuarios firmado por 236 personas.

- Que al administrador de la Comunidad de Propietarios se le solicitó acta de la reunión de la misma que trasladase constatación formal de que las quejas con relación al parque canino proceden de la mayoría de los vecinos, aunque aún no se había recibido este escrito en las dependencias municipales.

- Que con posterioridad a la referida reunión en la Junta Municipal de Distrito, se realizaron visitas al parque canino por la Directora Técnica del Distrito, el Director Técnico del Servicio de Parques y Jardines y el Director General del Área, y que tras analizar sobre el terreno las diferentes opiniones, “se acordó proceder a la anulación del recinto para perros pequeños del parque canino, inmediatamente colindante con el bloque donde reside la denunciante, acondicionando dicho espacio como zona verde y quedando por tanto el parque canino limitado a un único espacio que habrán de compartir perros grandes y pequeños. Está previsto que dichas obras de acondicionamiento se lleven a cabo después del verano”.

A la vista de esta respuesta entendimos, en aquel momento, que la resolución se había aceptado por parte del Ayuntamiento, habida cuenta de las medidas adoptadas, especialmente la anulación del recinto para perros pequeños, inmediatamente colindante con el bloque donde residía la denunciante, y con lo que se buscaba restablecer los niveles acústicos superados por encima de los límites máximos permitidos. No obstante, dimos traslado de esta información a la promotora de la queja con objeto de que nos trasladara sus consideraciones. Cuando recibimos éstas, que a continuación resumimos, volvimos a dirigirnos al ayuntamiento de Málaga para que se pronunciara al respecto:

1.- Que a pesar de las modificaciones llevadas a cabo en el parque, aún permanecía en la zona el banco para personas y fuente para perros y puerta de entrada en el mismo sitio, lo que permitía prácticamente seguir haciendo el mismo uso por parte de usuarios con perros.

2.- Que no se había realizado un nuevo ensayo acústico para comprobar que las nuevas medidas implantadas fueran realmente efectivas, aunque la realidad era que desde su domicilio (donde ya se practicaron dos ensayos) seguían escuchándose los ladridos constantes.

3.- Que aportaba acta de reunión de la comunidad de propietarios donde se abordaba el problema de ruidos que generaba este parque canino y se aceptaba por mayoría de vecinos pedir el cierre o traslado del mismo, junto con hoja de firmas que también se trasladaron al Ayuntamiento.

4.- Que las firmas que aportó el Ayuntamiento de personas que pedían la permanencia del parque canino “son solicitadas a través de change.org, donde firman personas que ni siquiera son de la provincia de Málaga”.

5.- Que la abogada de la Comunidad de Propietarios había presentado una reclamación en el Área de Medio Ambiente en noviembre de 2018, en el que solicitaba nuevo ensayo acústico para comprobar si eran realmente eficaces las medidas adoptadas por el Ayuntamiento.

Tras varias actuaciones, finalmente conocimos que si bien el recinto de perros pequeños, que era el adyacente al edificio donde residía la promotora de la queja, se había cerrado como tal hacía meses, continuaba siendo una zona verde de acceso público que no podía ser restringido y a la que podía acceder cualquier ciudadano, solo o acompañado de su mascota, siempre que cumpliera con las obligaciones que en materia de tenencia responsable de animales de compañía le impone la legislación y ordenanzas vigentes.

Además, se nos decía por el Ayuntamiento que no había constancia de reiteración de quejas por parte de la comunidad de vecinos, pues si bien es cierto que la letrada presentó en noviembre de 2018 un poder con fecha de octubre, el acta de la reunión de propietarios era de febrero de ese mismo año. Al respecto, se nos refería nuevamente por el Ayuntamiento que el edificio donde reside la reclamante está situado a apenas veinte metros de un vial de circulación de alta densidad de tráfico, por lo que cualquier ladrido de perro solo superaría el ruido ambiente que soporta el entorno si es medido de forma aislada, lo cual si bien es factible desde un punto de vista técnico, no resulta realista o razonable de esperar.

Asimismo, se nos advertía por el Ayuntamiento que el único acta de la comunidad de vecinos que obraba en su poder era de fecha febrero de 2018, muy anterior por tanto a las reuniones mantenidas durante el verano de 2018 y al posterior cierre del recinto de perros pequeños, además de que en dicho acta la asamblea de propietarios solicitaba que se diera traslado a la autoridad municipal de sus quejas en relación al parque canino, pero que en ningún momento se aceptaba por mayoría de vecinos pedir el cierre o traslado del mismo.

También se nos informaba de que la petición que se había subido a una plataforma de peticiones había alcanzado 446 firmas, que solicitaban el no cierre del parque canino, número relevante con independencia de que parte de los firmantes no fueran de Málaga, más aún teniendo en cuenta que muchos usuarios sí que habían solicitado por escrito la permanencia de la instalación incluso después del cierre del recinto de perros pequeños.

Por todo ello, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones por parte de esta Institución pues, a nuestro juicio y en lo fundamental, se había aceptado nuestra resolución, dado que el Ayuntamiento había cerrado el recinto para perros pequeños del parque canino, inmediatamente colindante con el bloque donde residía la denunciante, acondicionando dicho espacio como zona verde y quedando por tanto el parque canino limitado a un único espacio que habrán de compartir perros grandes y pequeños.

Para esta Institución, y así se lo comunicamos a la interesada en el momento de dar por concluidas nuestras actuaciones, estas circunstancias debían suponer la reducción del nivel de ruido, lo que unido a la pretensión de los usuarios del parque canino de que siguiera en esa ubicación aunque fuera reducido, determinó que entendiéramos que suponía una solución de compromiso que permitía hacer compatibles los distintos derechos en juego, uno de los cuales, el de descanso afectado por el ruido, se ve también alterado por la cercanía de las viviendas a una vía de alta densidad de tráfico de vehículos. Creemos que constituía una medida intermedia que, por un lado, evitaba el principal foco de ruido del parque canino objeto de la queja y, por otro, permitía un espacio de esparcimiento para perros.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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2 Comentarios

Daniel (no verificado) | Diciembre 31, 2022

Tenemos el mismo problema esto sucede en Huelva capital calle pedro alonso niño.
Ademas no horario lo mismo estan a las 3 de la madrugada que a las 7 de la mañana.

El DPA responde | Enero 2, 2023

Buenos días Daniel. Te recomendamos que pongas en conocimiento del problema a tu Ayuntamiento, por escrito. En el caso de que no te respondan o no compartas la respuesta dada, puedes trasladarnos escrito de queja detallándonos el problema y adjuntando la documentación que creas de interés para que, tras valoración jurídico-técnica, podamos actuar frente a la Administración competente. Si así lo decides, en este enlace (El Defensor en un clic) te informamos de las vías que ofrecemos para el traslado del escrito de queja. IMPORTANTE, el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarte. Un salduo y feliz año nuevo.

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