Queja número 17/0644
Actuamos ante la Administración de Consumo para que ejerza sus competencias sancionadoras por falta de respuesta de una empresa de telecomunicaciones a la hoja de reclamaciones presentada por el promotor de queja.
La parte promotora de la queja expone que en fecha 25/04/2016 presenta a la Administración copia de la Hoja de Reclamaciones formulada frente a una empresa de telecomunicaciones, por no entregarle copia del contrato de portabilidad.
Como resultado de la actuación del Servicio de Consumo se le traslada la respuesta de la empresa reclamada, entendiéndose que la reclamación se había solucionado satisfactoriamente ya que se puso de manifiesto que el contrato estaba a disposición del cliente en la tienda.
Frente a dicha decisión el interesado expresó su disconformidad, mediante escrito de 16/06/2016, indicando que la copia del contrato nunca estuvo disponible y denunciando además que la falta de respuesta a su Hoja de Reclamaciones suponía infracción sancionable.
A este escrito recibió por respuesta del Servicio de Consumo comunicación de la decisión de archivo, de 23/06/2016, fundado en la información facilitada por Orange (comprobante de la oferta aceptada). Con respecto a la infracción denunciada se le indica que en su reclamación inicial en ningún momento se hacía referencia a la falta de respuesta a la Hoja de Reclamaciones.
Interesados ante la Administración actuante, se recibe informe del que se desprende que se acepta su petición de ejercicio de la competencia sancionadora, por lo que considerando que el asunto se encuentra solucionado, se procede a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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