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Tras ser desahuciada, pudo conseguir una vivienda de alquiler social

Queja número 17/3892

La interesada nos trasladaba su preocupación por el lanzamiento de la vivienda en la que residía, propiedad de una entidad bancaria. Era beneficiaria de un contrato de alquiler social con esa entidad con una duración de tres años, desde el 23 de octubre de 2015 hasta el 22 de octubre de 2018, disfrutando hasta octubre de 2016 de una subvención para el pago de la cuota arrendaticia.

Explicaba que verbalmente esa entidad se comprometió a que una vez pasado el periodo de la subvención, se estudiaría la situación familiar y económica de la familia para comprobar que se seguía cumpliendo los requisitos exigidos para seguir percibiendo la misma.

Pasado dicho plazo, sin embargo, la entidad le manifestó su negativa a renovar el contrato de alquiler social y que, si abandonaba la vivienda, le condonarían la deuda que mantenía por impago de rentas del alquiler.

La interesada formaba una unidad familiar monoparental, con una menor a su cargo de año y medio. Carecía de otro sitio donde vivir y no disponía de medios para alquilar una vivienda, ya que no tenía empleo fijo y realizaba trabajos de limpieza por horas puntualmente.

Según refería, estaba siendo atendida por el Centro de Servicios Sociales Comunitarios que le correspondía, donde le informaron que estaba en lista de espera para acceder a una vivienda de alquiler social. No obstante, por lo que respecta a la vivienda que actualmente ocupaba, le habían informado que no podían concederle ninguna ayuda para el pago de la deuda o el alquiler, que le facilitase un acuerdo con la entidad.

Por parte de esta institución se llevaron a cabo diversas actuaciones con la entidad bancaria a fin de que se tomasen en consideración las circunstancias personales y económicas de la interesada y conseguir la renovación del contrato de alquiler social, sin el éxito deseado.

Igualmente, nos dirigimos al Área de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla, solicitando su colaboración, informándonos que esta familia fue derivada a la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) donde obtuvo asesoramiento y mediación con el banco en el proceso de desahucio, no consiguiéndose acuerdo.

Ante la demanda judicial interpuesta por la entidad, su escasa voluntad de negociación y con fecha prefijada de lanzamiento para el 12 de noviembre de 2018, se elaboró Informe de Excepcionalidad.

Tras el desahucio, la interesada fue alojada en un piso de tránsito que el Ayuntamiento tenía por contrato. Posteriormente, fue adjudicataria de una vivienda de Emvisesa en régimen de alquiler social, que estaba siendo arreglada por la empresa pública, por lo que tras el arreglo podía trasladarse a ella.

Puesto que de lo anterior se desprendía que el asunto se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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