Queja número 16/3689
Tras nuestra Recomendación le conceden el Servicio de Ayuda a Domicilio.
Con fecha de 27 de junio de 2016 se recibió en esta Institución escrito de queja en el que la compareciente expuso que su abuela, de 95 años de edad, se encontraba imposibilitada y postrada en cama. Hacía seis años que solicitó el reconocimiento de su dependencia (el 23 de enero de 2010), con la finalidad de obtener ayuda domiciliaria, habiendo sido calificado su expediente por el trabajador social como prioritario, sin disfrutar de ningún recurso en la actualidad. En enero del año 2015 se había dictado la Resolución de grado, sin que hasta la fecha se hubiera aprobado el PIA.
Admitida a trámite la queja, esta Institución acordó requerir la emisión del preceptivo informe a la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, que, en octubre de 2016, ratificó el reconocimiento de la afectada como dependiente severa y la existencia de propuesta de PIA formulada por los Servicios Sociales, consistente en el Servicio de Ayuda a Domicilio, con intensidad de 40 horas mensuales, explicando que la referida propuesta tuvo entrada en la Delegación Territorial el 24 de mayo de 2016, encontrándose en proceso de estudio de la documentación, conforme a la prioridad de los expedientes por orden de antigüedad.
Persistiendo la demora expuesta por la promotora de la queja, procedimos a formular Resolución a la citada Delegación Territorial, en virtud el artículo 29 de nuestra reguladora, en el sentido de que se dictase resolución aprobando el programa individual de atención de la dependiente y se diera plena efectividad al recurso correspondiente.
En su respuesta, la Delegación Territorial indicaba que por resolución de 26 de septiembre de 2016 se aprobó el PIA de la dependiente, concediéndole como recurso el servicio de ayuda a domicilio prestado por el Ayuntamiento de Sevilla.
Habiendo sido aceptada la Resolución formulada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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