Queja número 16/0344
Consigue acceder al Plan de Ayudas para vivienda de alquiler a familias en riesgo de exclusión social de Málaga.
La promotora indicaba que tenía una hija de 10 años y que no contaba más que con 200 euros de pensión alimentaria para ella, y 170€ de ayuda por desempleo. Quería conocer las posibilidades de ser adjudicataria de vivienda protegida o, en su caso, si pudiera beneficiarse de un alquiler social, a la vista de su angustiosa situación.
Finalizaba señalando que su salud no era buena y que no podía trabajar, estando realizándose pruebas médicas en traumatología y reumatología, además de fisioterapia.
Solicitado informe al Ayuntamiento de Málaga se nos indicó que la interesada se encontraba inscrita en el Registro Municipal de Demandantes de vivienda protegida de Málaga junto con su hija. De conformidad con lo solicitado por la interesada, se había inscrito en alquiler con opción a compra, en todos los distritos y por el grupo de especial protección de Riesgo de Exclusión Social.
En cuanto a las posibilidades que tenía de que se le adjudicase una vivienda antes de que se le agotase la ayuda para el alquiler que tenía concedida, desde el Registro de Demandantes sólo se podía decir que las viviendas se adjudicaban por sorteo, y que no tenían conocimiento de que se fuesen a sortear viviendas para el grupo de especial protección destinado a personas en riesgo de exclusión social, antes del mes de marzo.
Tras nuestra intervención, pudimos constatar que la interesada había resultado beneficiaria del "Plan de ayudas al acceso a una vivienda de alquiler a familias en situación riesgo de exclusión social", aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Rector del Instituto Municipal de la Vivienda celebrada en fecha 11 de septiembre de 2015, y consiste en un Plan a tres años con el siguiente programa:
- El primer año (primera anualidad): durante el primer semestre las familias se beneficiarían de una ayuda al alquiler del 100% de la renta mensual con un máximo de 450 euros mensuales y, para el segundo semestre, la ayuda se correspondería con el 90% de la renta mensual con un máximo de 405 euros mensuales.
- El segundo año: durante el primer semestre (tercer semestre del plan) las familias se beneficiarían de una ayuda al alquiler del 80% de la renta mensual con un máximo de 360 euros mensuales y, para el segundo semestre (cuarto semestre del plan), la ayuda se correspondería con el 70% de la renta mensual con un máximo de 315 euros mensuales.
- El tercer año: durante el primer semestre (quinto semestre del plan) las familias se beneficiarían de una ayuda al alquiler del 60% de la renta mensual con un máximo de 270 euros mensuales y, para el segundo semestre (sexto y último semestre del plan), la ayuda se correspondería con el 50% de la renta mensual con un máximo de 225 euros mensuales.
Las cantidades se abonarían directamente al arrendador, ingresando la primera anualidad íntegra a la firma del contrato de arrendamiento (incluyendo la fianza), y el resto por semestres anticipados.
Ante la resolución favorable del asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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