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Una persona con una discapacidad obtiene plaza en una residencia como dependiente

Queja número 15/0638

Discapacitado con síndrome de Down obtiene plaza residencial como dependiente.

La interesada, tutora de su hermana de 41 años y afectada de Síndrome de Down, exponía que ésta tenía una discapacidad del 86% y grado II de dependencia severa y residía desde octubre de 2011 en una Fundación de la provincia de Granada.

Anteriormente estuvo ocupando plaza concertada en una Residencia de otro municipio granadino desde 1997 a 2011, siendo trasladada para que estuviera más cercana a su domicilio.

En septiembre de 2014 presentó solicitud de traslado a un nuevo centro que se pudiera adecuar más a las necesidades de su hermana, manifestando además disconformidad con la gestión de la Fundación.

El 5 de enero de 2015 interpuso dos reclamaciones en el servicio de Dependencia de Granada contra la Fundación, solicitando a la inspección que actuase y que se acelerase el traslado de su hermana, debido a la falta de transparencia en la gestión, desinformación y desconfianza en la citada Fundación.

El 7 de enero visitó un centro donde se le informó de las posibles plazas vacantes y que existían plazas privadas, con posibilidad de aumento de su concertación.

El 22 de enero se reunió con la jefa de servicio diciendo que no había plazas vacantes en residencia de adultos a corto plazo y le ofrecen 3 posibilidades:

1.- Residencia en Granada, con plazas concertadas para familias con hijas e hijos discapacitados.

2. Residencia de mayores, (creía que no era una opción adecuada, ya que era una mujer joven y necesitaba otras actuaciones).

3.- Plaza privada con prestación vinculada al servicio.

El 29 de enero recibió una llamada telefónica en la que le dijeron que la primera opción no era posible y le ofrecieron la residencia de mayores, opción ésta con la que no estaba de acuerdo.

El 30 de Enero la recibió la directora del Centro enumerada con opción 1 y en dicha reunión le manifestaron que no era posible ocupar plaza debido al concierto que esta residencia tenía con la Junta, que se refería sólo a progenitores mayores con hijas e hijos discapacitados. La citada directora le expuso que aunque atendía a personas jóvenes discapacitadas estas plazas no tenían concierto y eran privadas en su totalidad.

Resumiendo: acudía ante nosotros ya que consideraba que no se estaba protegiendo debidamente los derechos de las personas con discapacidad, rogando nuestra intervención para sugerir una ampliación de plazas de concierto, así como la contestación a su reclamación contra el funcionamiento de la Fundación inicialmente citada.

Solicitamos informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada y se nos respondió que en el centro que la interesada visitó el 7 de enero no había habido ninguna plaza concertada disponible en residencia de adultos, quedando a la espera de las posibles vacantes que pudieran surgir, para resolver su traslado. No podían, por ello, establecer un plazo para la resolución del traslado.

En octubre de 2017, efectuamos llamada telefónica a la promotora de la queja y pudimos conocer que, a pesar de las dificultades que la Administración expuso en su informe, finalmente había sido concedida plaza residencial en el centro pretendido a su hermana.

En consecuencia, dimos por concluidas nuestras actuaciones al haber sido aceptada la pretensión planteada.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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