3.3.6 Sub-iudice
Sobre aquellas quejas en las que los conflictos han sido planteados ante un órgano jurisdiccional, el artículo 17.2 de nuestra Ley reguladora dispone que no se podrá entrar en su examen individual si se está pendiente de resolución judicial y que se suspenderá si, iniciada actuación, se interpusiera demanda o recursos ante los Tribunales ordinarios o el Tribunal Constitucional.
En Dependencia y Servicios Sociales no se admitieron 2 quejas por este motivo.
Han sido 2 los expedientes de queja en Educación que se han rechazo su admisión a trámite por encontrarse el asunto –presunto fraude en el proceso de escolarización y discrepancia con la contratación de un docente- pendiente de un procedimiento judicial en trámite (queja 15/4337 y queja 15/2598).
Son dos las quejas que han tenido esta causa de inadmisión, en materia de Universidades. De ellas destacamos la queja 15/3298 en la que la persona reclamante denunciaba la negativa de la universidad en la que estaba matriculada a nombrar un Director de Tesis.
En Empleo Público, Trabajo y Seguridad Social no se admitieron 69 quejas por este motivo. A destacar la queja 15/0315, la queja 15/0478 y 52 quejas más, relativas a la demora por incumplimiento por la Administración de la Junta de Andalucia en la ejecución de sentencias a Agentes de Desarrollo Local (ALPEs).
En cuanto a las quejas que no fueron admitidas por plantear asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, citamos dentro de la materia de Extranjería la queja 15/0692, en materia de Política Interior la queja 15/0245.
En cuanto a las 28 quejas que no fueron admitidas por plantear asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, citamos dentro de la materia de Administración de Justicia la queja 15/0943 sobre la discrepancia por la sentencia dictada sobre unos daños constructivos en la vivienda del interesado; o también la queja 15/1243 por disconformidad contra un fallo judicial.
Dentro de la materia de Prisiones la queja 15/259 sobre el recurso de un interno por no promocionar de grado. También está la queja 15/1852 por la revocación judicial de los permisos de salida de un recluso; o el caso de la queja 15/4185 de un preso que pretende contradecir la sentencia judicial dictada.
Hasta un total de 51 expedientes de quejas han sido rechazados en 2015 por este motivo en materia de Menores.
Son 2 las quejas han tenido esta causa de inadmisión en temas de Salud. De ellas mencionamos la queja 15/2410, en la que la persona reclamante denunciaba la desproporción en el trato dado a un enfermo mental en las urgencias de un hospital público andaluz. Dado que el problema había sido planteado ante un órgano jurisdiccional, nos vimos obligados a dar por concluidas nuestras actuaciones.
En materia de Consumo son 7 las quejas que no se han admitido a trámite por esta causa. De éstas destacamos aquellas en las que se reclamaban actuaciones irregulares por parte de entidades aseguradoras como es el caso de la queja 15/1585, queja 15/2508 y queja 15/5535.
En Urbanismo, Obras Públicas y Transportes por afectar a asuntos sometidos o pendientes de resolución judicial, no han sido admitidas a trámite 13 quejas. En la queja 14/6074 el reclamante nos exponía que la caída de un árbol sobre su casa le había provocado daños y el Ayuntamiento de Málaga eludía indemnizarle y pretendía que se dirigiera contra la empresa de mantenimiento subcontratada.
De la información facilitada por el interesado se desprendía que, a través de su compañía aseguradora y tras otorgarle el afectado un poder para pleitos, había emprendido acciones judiciales en torno a este asunto. Por consiguiente, estando la cuestión sub-iudice, no resultó posible la admisión a trámite de la queja.
Sobre Vivienda tenemos 5 casos, destacando sobre infracciones al régimen legal de V.P.O., por deficiencias constructivas, la queja 14/5166. Ante la situación de necesidad de vivienda, la queja 15/4831 o ante la disconformidad con la demolición de su vivienda expuesta en la queja 14/5823.