2.5 Vivienda
Lamentablemente, la situación sobre el derecho a la vivienda no ha mejorado en este año, más bien al contrario: las quejas sobre la necesidad de vivienda han acaparado un porcentaje muy elevado del total de las recibidas.
Llama la atención el incremento de lanzamientos derivados de desahucios por impago de rentas de alquiler. También los desalojos por ocupaciones sin titulo de vivienda, tanto públicas como privadas. Sobre estas últimas, hemos detectado que el incremento de estas ocupaciones ha motivado un giro radical en la posición mantenida al respecto por las entidades financieras, quienes han adoptado el criterio absolutamente tajante e inamovible de no regularizar estas situaciones. El Defensor del Pueblo Andaluz ha tratado de facilitar la adopción de un acuerdo entre las partes para la formalización de un contrato de alquiler social, cuando se ha dado la premisa de la existencia de un estado de vulnerabilidad social por parte de la familia ocupante.
Ante estos desahucios, venimos observando que las escasas soluciones que se adoptan están caracterizadas por su carácter provisionalísimo y, lo que mas no preocupa, en algunos casos se ofrecen soluciones que se encuentran muy alejadas del concepto de techo digno. Muchas familias han optado por vivir a la intemperie, en un coche, hacinados y repartidos en casas de algún familiar o amigo, antes que aceptar algunos de estos recursos habitacionales, alegando sus condiciones inadecuadas o insalubres.
Una medida que podría evitar los desahucios es la ayuda al alquiler convocada por la Junta de Andalucía. Sin embargo, la falta de diligencia en su concesión ha vuelto otro año más a ser foco de las quejas de la ciudadanía. Las resoluciones reconocen un derecho a cada uno de los particulares afectados, por lo que el ciudadano no tiene por qué sufrir los problemas de gestión de la Junta de Andalucía en la tramitación de las subvenciones, la falta de disponibilidad presupuestaria o los problemas de coordinación existentes ente ésta y el Ministerio de Fomento.
Por ello, hemos de elogiar las iniciativas de algunos ayuntamientos, que con cargo exclusivo a sus propios presupuestos, han puesto en marcha planes de ayuda al alquiler para las familias sin recursos, algunos de los cuales pueden llegar hasta cubrir un plazo máximo de tres años de rentas, tiempo que puede ser adecuado para que la familia inicie su recuperación y alcance una estabilidad económica que le permita mejorar sus condiciones de vida y poder llegar a prescindir de la ayuda de la administración. Se trata de ejemplos de buenas prácticas de administraciones municipales sensibilizadas con las necesidades habitacionales de su comunidad vecinal, y que desde esta Defensoría animamos a otras corporaciones locales a hacer un esfuerzo por sumarse a ellas.