Transparencia y derecho de acceso a la información pública. Un compromiso de las defensorías del pueblo
Transparencia es posiblemente uno de los términos mas utilizados en estos últimos años cuando se habla de las Administraciones públicas y se mencionan sus obligaciones y los derechos que corresponden a los ciudadanos.
La razón de ser de esta popularidad no es otra que la aprobación a nivel estatal y autonómico de sendas leyes regulando el derecho de acceso la información de la ciudadanía y la correlativa obligación de transparencia de las Administraciones públicas.
Pero ha contribuido también a la difusión de este concepto su vinculación con el concepto de gobernanza, entendida como una nueva forma de ejercer la responsabilidad pública, cuya virtualidad se asienta sobre tres pilares fundamentales: transparencia, participación y rendición de cuentas.
“ Petición unánime de que el derecho de acceso a la información pública sea reconocido como un derecho fundamental”
Pese a todo, el derecho de acceso a la información -trasunto de la transparencia- no es en absoluto un derecho novedoso o de reciente formulación, sino que el mismo aparece ya consagrado en el art. 105 de la Constitución y ha sido objeto de desarrollo normativo a través de las diferentes regulaciones de procedimiento administrativo y régimen jurídico de las Administraciones públicas.
Tampoco resulta un derecho novedoso para las Instituciones de las defensorías del pueblo, ya que ha estado desde siempre incluido en el marco de su acción tuitiva y ha sido objeto de defensa y protección siempre que se ha considerado vulnerado su ámbito legal por la actuación de alguna Administración pública.
No obstante, es evidente que la promulgación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia pública de Andalucía, han supuesto un hito en relación a este derecho, no sólo por el reforzamiento que ha supuesto la ampliación de su ámbito objetivo y subjetivo, sino también porque ha propiciado la aparición de organismos dedicados específicamente a su protección y tutela, como es el caso en Andalucía del Consejo de Transparencia y Protección de Datos.
Y es, precisamente, la aparición de estas nuevas figuras de protección y el reforzamiento por Ley del derecho de acceso a la información y la correlativa obligación administrativa de transparencia, la que ha llevado a las defensorías del pueblo españolas, a convertir este tema en el objeto principal de análisis de las XXXII Jornadas de Coordinación de los Comisionados Parlamentarios, Estatal y Autonómicos, que fue celebrada en Galicia en octubre de 2017.
Unas jornadas en las que se ha reflexionado, en primer lugar, sobre el papel que corresponde a las Defensorías en este nuevo marco legal definido por la aparición de organismos específicos dedicados a la protección de este derecho y, en segundo lugar, sobre las virtudes y defectos de la legislación estatal y autonómica en esta materia.
La principal conclusión de dichas Jornadas ha sido la petición unánime de que el derecho de acceso a la información pública sea reconocido como un derecho fundamental y, en todo caso, como un derecho autónomo dotado de una protección jurídica efectiva y adecuada a través de medios e instrumentos rápidos, ágiles y eficaces.
Pero también han permitido las jornadas alcanzar otras conclusiones que consideramos igualmente relevantes y que hemos recogido en nuestra web y en el propio Informe Anual 2017.