3.3.8 Sin recurrir previamente a la administración
En 2015 ha disminuido el número de expedientes -un total de 18- no admitidos a trámite por esta causa en materia de Menores. El denominador común de estas reclamaciones es que en ningún caso se había recurrido previamente a la Administración para que ésta pudiera estudiar el asunto e intervenir en el mismo. La temática sometida a la consideración en estos expedientes ha sido muy diversa (disconformidad con declaración de riesgo de los menores, solicitud de ayudas a menores víctimas de abusos sexuales, problemas con el servicio prestado en el Punto de Encuentro Familiar, entre otros).