3.3.5 Sin competencia
La Institución no pudo tramitar 2 quejas en materia de Extranjería por exceder la cuestión planteada de las competencias del Defensor del Pueblo Andaluz. Es el caso de la queja 15/1371 en la que se discrepaba por la valoración errónea de un matrimonio para obtener la residencia y la queja 15/4445 en la que se nos pedía ayuda económica para trasladar a su hijo desde el extranjero. En todos estos casos, procuramos ofrecer una explicación para motivar la no admisión de la queja, a la vez que asesoramos a las personas interesadas el modo en el que deben canalizar sus pretensiones.