2.3 Servicios Sociales

La Constitución Española de 1978 compromete expresamente a los poderes públicos en la promoción de las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas (artículo 9.2), así como en el cumplimiento de objetivos que hagan posible el progreso social y económico (artículo 40.1).

Asimismo, recoge en su articulado determinadas poblaciones diferenciadas, como la juventud (artículo 48), las personas con discapacidad física, sensorial y psíquica (artículo 49), las personas mayores (artículo 50), la familia, los hijos y las hijas (artículo 39.1,2,4), para conformar el soporte normativo de un concepto amplio de servicios sociales que entronca directamente con la configuración del Estado Social.

Andalucía, a través de su Estatuto de Autonomía, ha podido dotarse de competencias exclusivas en la materia que incluyen la regulación, ordenación y gestión de servicios sociales, las prestaciones técnicas y las prestaciones económicas con finalidad asistencial o complementarias de otros sistemas de protección pública, la regulación y la aprobación de planes y programas específicos dirigidos a personas y colectivos en situación de necesidad social y las Instituciones Públicas de protección y tutela de personas necesitadas de protección especial, incluida la creación de centros de ayuda, reinserción y rehabilitación; la protección y tutela de personas con necesidades especiales, voluntariado, protección de menores, promoción y protección de las familias y de la infancia.

Reconoce además un ingente número de derechos íntimamente relacionados con las políticas sociales, como es el caso del derecho a la igualdad de género (artículo 15) a la protección contra la violencia de género (artículo 16), a la protección de la familia (artículo 17) de personas menores (artículo 18), de personas mayores (artículo 19), al acceso de todas las personas –en condiciones de igualdad- a las prestaciones de un sistema público de servicios sociales (artículo 23.1) y a una renta básica que garantice unas condiciones de vida dignas (artículo 23.2). Derechos todos ellos que, como no puede ser de otra manera, vinculan a los poderes públicos de Andalucía.

Sin embargo, organizaciones sociales, colectivos ciudadanos y hasta la propia Comisión Europea vienen alertando desde hace años sobre los inasumibles niveles de desigualdad social que se registran en nuestro país y, algo que es aún peor si cabe, sobre la tendencia alcista que se viene detectando en los mismos.

En este contexto, las políticas redistributivas de la riqueza, de fomento de la igualdad, de creación de empleo, de reactivación económica y de atención social revisten un papel crucial y hasta vital para muchas personas.

Por consiguiente, si los niveles de desigualdad y de desatención de la población más necesitada son los que son, es evidente que hace falta reconsiderar buena parte de las políticas que se vienen ejecutando para hacerlas rolar hacia un modelo dotado de mayor efectividad y consonancia con los principios constitucionales.

Sólo de este modo podrá propiciarse una mayor cohesión social que favorezca la plena integración de colectivos cada vez más numerosos y más necesitados, y sólo así nuestro Informe Anual podrá dejar de hablar de las recurrentes disfunciones que presenta el Sistema de Dependencia, que se suceden año tras año y que pivotan sobre las demoras, la insuficiencia en la dotación de medios, la escasa optimización de recursos y la insuficiente dotación presupuestaria; o de los problemas que una y otra vez se dan en la aplicación del Programa de Solidaridad para la erradicación de la marginación y la desigualdad, que siguen incidiendo en la demora en el reconocimiento y pago de la prestación económica que conlleva.

Sólo así podrán superarse los párrafos que, informe tras informe, dedicamos a relatar quejas sobre denegación de ayudas sociales; sobre retrasos en el abono de subvenciones a entidades del Tercer Sector que se ven imposibilitadas para seguir atendiendo las infinitas necesidades de nuestros iguales; o sobre la inexistencia de techos que den cobijo a personas que se han visto superadas por la cruda realidad que a veces depara la vida.

Miramos con esperanza el nuevo escenario que para muchas familias supone la aprobación de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social que, a pesar de salvedades en aspectos concretos y del desarrollo reglamentario que haya de articularse, viene a suponer en buena medida la atención por parte del Estado de una de las principales propuestas que se han venido haciendo desde esta Defensoría del Pueblo Andaluz a lo largo de los últimos años.

De igual modo aplaudimos iniciativas de ámbito autonómico como la que representa el Proyecto de Ley de Servicios Sociales, que deseamos pueda ver la luz en breve; o la moción aprobada recientemente en el Parlamento de Andalucía instando al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía a articular las modificaciones legislativas pertinentes o desarrollos reglamentarios necesarios que aporten soluciones reales y efectivas a la pobreza hídrica, en consonancia por tanto con las demandas que este Defensor ha planteado reiteradamente y que se concretan de forma pormenorizada en el Informe Especial que el pasado mes de diciembre presentamos ante la Cámara legislativa.

Esperamos pues que estos hitos se traduzcan en una pronta adaptación de la regulación vigente que sirva de palanca para revertir la situación de desaliento, desesperanza e impotencia a la que se ven sometidas muchas familias de nuestra Comunidad.

Y deseamos también que sirvan de impulso definitivo para hacer efectivas otras demandas que desde hace años se vienen planteando desde esta Defensoría. A este respecto, las que entroncan precisamente con la necesidad de garantizar el acceso de todos y de todas a los suministros mínimos vitales. En particular nos referimos a la configuración de un marco regulatorio en nuestra Comunidad que, superando las limitaciones competenciales que plantea la Constitución, permita garantizar la disposición de dichos suministros básicos y que requiera de las empresas suministradoras la asunción de un protocolo de actuación que evite los cortes a familias que se encuentren en situaciones desfavorecidas.

Esperamos pues que prevalezca la voluntad última de superar la situación de “pobreza energética” que padecen muchos hogares de nuestra Comunidad y que, de este modo, la Cámara legislativa autonómica localice el encuentro necesario para hacer realidad este propósito.

Y junto con ello, la aprobación definitiva de una Ley de Renta Básica, que transitoriamente venga precedida de la urgente modificación del Programa de Solidaridad, para hacer realidad el derecho previsto en el artículo 23 de nuestro Estatuto de Autonomía como cauce fundamental para garantizar las condiciones de vida digna a las que alude el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos cuyo contenido debiera inspirar, entre otras, la política presupuestaria.

Finalmente, no podemos dejar de hacer mención a las 13 víctimas de violencia machista que se contabilizaron en nuestra Comunidad a lo largo del año, y que engrosan la amarga lista de mujeres que han sido asesinadas a manos de sus parejas o exparejas.

Hace ya mucho tiempo que esta lacra debió erradicarse por completo de nuestra Sociedad, sin embargo hoy en día nos encontramos con estudios, como el elaborado por el Centro de Investigaciones Sociológicas, que señalan cuestiones como que el 33% de los jóvenes españoles de entre 15 y 29 años, es decir, uno de cada tres, considera inevitable o aceptable en algunas circunstancias controlar los horarios de sus parejas, impedir que vean a sus familias o amistades, no permitirles que trabajen o estudien o decirles lo que pueden o no pueden hacer.

El dato es aún más alarmante si se compara con el que arroja otro estudio elaborado el año anterior en relación con personas de todas las edades, y es que los jóvenes se muestran menos críticos que los mayores con este tipo de actitudes machistas en el seno de las parejas.

Ante esto sólo cabe pensar que las cosas no se están haciendo todo lo bien que la extrema gravedad del asunto requiere; que es preciso evaluar en profundidad las políticas que se están siguiendo para detectar carencias y para intensificar aquello que sea positivo; que es ineludible propiciar la interiorización de la igualdad por parte de toda Sociedad; y que la solución definitiva a tamaño problema no se puede demorar por más tiempo.

Como tampoco se pueden demorar las acciones que deben acometerse para solventar otras muchas situaciones de violencia que, intensificadas en buena medida por la situación de crisis, se vienen manifestando en otros muchos ámbitos de nuestra Sociedad.

Ejemplo de ello son los supuestos de violencia filoparental, sobre los que también hemos tenido ocasión de tratar en el presente ejercicio 2015.

A este respecto, y según los datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial, el número de sentencias impuestas a menores de entre 14 y 17 años por ejercer este tipo de violencia ha aumentado en nuestra Comunidad un 60% en sólo 5 años.

En consonancia con ello, la Fiscalía General del Estado apunta igualmente un incremento ostensible del número de denuncias por violencia filioparental, de tal manera que las 2.683 registradas en 2008 han dado paso a 5.377 en el año 2014.

En definitiva, una realidad tan cruda que llega a dificultar incluso la determinación de la envergadura real del problema, y ello por cuanto que este tipo de agresiones constituyen la forma más escondida y estigmatizada de violencia en el seno de una familia.