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1.8.2.2 Contaminación por vertidos

Abrimos de oficio la queja 17/0659 al conocer que en Osuna (Sevilla) se había producido un vertido de orujo al colector municipal, así como su almacenamiento en suelo no acondicionado para ello. Tras dirigirnos a la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Sevilla de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico, ésta nos ha comunicado que aún continuaban abiertas las diligencias de investigación incoadas, por lo que procedimos a suspender nuestras actuaciones en cumplimiento de lo establecido en el art. 17.2 de la Ley del Defensor del Pueblo Andaluz.

No obstante, hemos solicitado de la Fiscalía que nos mantengan informados cuando finalicen las mismas para, en su caso y si resultara procedente conforme a nuestra Ley reguladora, dirigirnos a los organismos administrativos afectados.

También, al llegar a nuestro conocimiento que se estaban vertiendo al mar aguas sin depurar en el estuario del río Barbate, iniciamos de oficio la queja 17/3177 para conocer, de ser ciertos los hechos publicados en los medios de comunicación, las previsiones de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para la ejecución de las infraestructuras necesarias para resolver esta cuestión.

En el curso de la tramitación de la queja conocimos que estos hechos se habían puesto en conocimiento del Ministerio Fiscal y de la autoridad judicial, por lo que no podíamos entrar en el fondo del asunto en lo que concierne a las posibles responsabilidades en las que se hubiera podido incurrir. No obstante, el hecho de que un asunto se encuentre sub-iudice no impide, como expresamente reconoce el art. 17.2 de nuestra ley reguladora,«la investigación sobre los problemas planteados en las quejas presentadas».

Así las cosas, después de recordar que hace 25 años, concretamente en 1991, cuando presentamos en el Parlamento de Andalucía el Informe Especial “El Estado Sanitario y Ambiental de las Playas Andaluzas”, en su apartado 2.6. La competencia del tratamiento de los vertidos y el saneamiento por parte de los Ayuntamientos, pusimos de manifiesto las obligaciones que deben afrontar éstos. En este Informe Especial se incluía alguna referencia expresa a algunas de las playas de Barbate. Por estos motivos, hemos interesado informe a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio sobre:

1. Previsión existente sobre la ejecución de una depuradora que, junto a las demás infraestructuras de saneamiento, impida que en el término municipal de Barbate continúen vertiéndose aguas residuales urbanas no depuradas al mar.

2. Medidas de control existentes sobre los vertidos no depurados que se realicen en distintas zonas de ese municipio, en las que se han construido infinidad de viviendas ilegales y se han instalado chiringuitos que no cuentan con un sistema de saneamiento adecuado, lo que hace que se generen vertidos al mar sin depurar.

Asimismo, hemos interesado que se nos informe sobre cualesquiera otras cuestiones que se estimen de interés en relación con la cuestión de fondo planteada en esta queja, que no es otra que los vertidos urbanos que, sin un adecuado tratamiento y depuración, se vierten directamente al mar y previsiones para solucionar un problema que, en modo alguno, es nuevo y que, en todo caso, tenía que haber estado resuelto a la fecha límite del 31 de Enero de 2015.

En fin, otras actuaciones de oficio que hemos iniciado por vertidos directos al mar, ríos e, incluso, alcantarillado en zonas urbanas, han sido la queja 17/3178, por los vertidos directos al mar del municipio malagueño de Nerja al no haberse ejecutado la Depuradora de Nerja, por lo que hemos solicitado la colaboración del Defensoría del Pueblo de las Cortes Generales; el vertido de orujo al río Guadalimar, en el término municipal de Pedro Abad (Córdoba) en la queja 17/3637, que nos llevó a interesar informe de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir sobre si se había iniciado expediente sancionador a la empresa responsable de los vertidos y si la misma había provocado más vertidos en el pasado.

Finalmente, también hemos abierto de oficio la queja 17/5542 para conocer los motivos del fuerte olor que se produce en el municipio sevillano de Coria del Río y, en especial, las medidas que vayan adoptar la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento para solventar las molestias que están padeciendo los vecinos.

Informe Anual 2017