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Cómo reclamar contra retrasos en las resoluciones judiciales

Miércoles, 27 Marzo, 2013

Se trata de una consulta sobre el modo de reclamar y solicitar indemnizaciones por demoras en la emisión de resoluciones judiciales.

Así informamos que la persona interesada habrá de dirigir su petición indemnizatoria directamente al Ministerio de Justicia -en todo tipo de procesos y sea cual sea el orden jurisdiccional causante de la dilación- y que “el derecho a reclamar la indemnización prescribirá al año, a partir del día en que pudo ejercitarse”.

Las personas interesadas podrán presentar sus quejas o denuncias, así como en general iniciativas y sugerencias relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales, en el Consejo General del Poder Judicial, en cualquiera de los órganos a los que se refiere el artículo 2 del Reglamento (Dicho artículo 2 preceptúa que corresponde a los Presidentes de los Tribunales y Audiencias oír las quejas que les hagan los interesados en las causas o pleitos; de igual modo los Jueces Decanos y, donde no existan éstos, los Jueces únicos atenderán las quejas que les formulen los interesados) o bien en el propio órgano jurisdiccional, mediante un escrito en el que se indiquen los datos de identificación del interesado, el motivo de su queja o denuncia, el órgano al que se dirige y el órgano jurisdiccional y el procedimiento al que se refiera.

La presentación podrá hacerse en el registro del órgano, recibiendo en dicho acto un justificante o copia sellada.

En la secretaría de cada órgano jurisdiccional (Juzgado o Tribunal) se tendrán a disposición de los interesados, en lugar visible y adecuadamente indicado, los correspondientes formularios para su utilización potestativa por aquellos, atendiéndose en dicho lugar también las solicitudes de información previas que se reciban. En los lugares donde tengan su sede varios órganos judiciales podrá centralizarse esta actividad en una determinada dependencia.

Tales escritos de queja o de denuncia, una vez presentados, serán remitidos para su tramitación y resolución al Decanato, cuando se trate de un Juzgado, o a la Presidencia del Tribunal o Audiencia, cuando se trate de un órgano colegiado, dentro de las 48 horas siguientes, conservando una copia para su unión al correspondiente libro y otra para su remisión al Consejo General del Poder Judicial dentro del mismo plazo, todo ello sin perjuicio de adoptar, cuando resulte fundada la reclamación o sugerencia y siempre dentro de las competencias del órgano receptor, las medidas necesarias para subsanar las anomalías que estuvieren en el origen de la reclamación o sugerencia, participando dichos extremos al órgano de gobierno. La resolución se adoptará con la mayor brevedad posible y en todo caso dentro del plazo de un mes a partir de su recepción por el órgano que haya de resolver sobre la misma.

Número de Consulta: 
CONSULTA-QUEJA 12/5147

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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239 Comentarios

El DPA responde | Mayo 27, 2021

Estimado Pepe, hemos trasladado tus consideraciones al área del Defensor para que lo estudie. De todas formas, te sugerimos que envies un escrito con el número de referencia de estas quejas a defensor@defensor-and.es donde nos traslades tus consideraciones por si se estima debe reabrirse la queja. Un saludo.

Mari (no verificado) | Julio 24, 2020

Hola llevo años con una liquidación de bienes gananciales , tanto como unos 6 para 7 años en marzo 2018 se celebró un juicio a medias , en dicho juicio se aplazó supuestamnete para presentar una documentación y dijo la juez q sería enseguida el seguimiento de ese juicio suspendido, pero estamos en 2020 y aún no ha salido , que puedo hacer ? Gracia.

El DPA responde | Julio 24, 2020

Buenos días. La Ley establece ciertas incompatibilidades para nuestra actuación en procesos judiciales, solo nos permite actuar cuand existe dilación como parece que es tu caso. En base a esto, te invitamos a que nos traslade un escrito de queja detallándonos el problema y adjuntando la documentación que crea de interés para dirigirnos a la Administración de justicia e intentar impulsar la resolución de su proceso judicial. Si así lo decide, puede obtener más información sobre las vías que ofrecemos para trasladarnos un escrito de queja en el siguiente enlace (El Defensor en un clic). IMPORTANTE,  el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarle. Un saludo

Jeremías (no verificado) | Febrero 26, 2020

Si voy un año firmando y aun no me sentencian que puedo hacer ?

El DPA responde | Febrero 27, 2020

Buenos días Jeremías. Entendemos que está a la espera de sentencia jucidial y se están produciendo dilaciones en su procedimiento. En base a esto, le invitamos a que nos traslade un escrito de queja detallándonos el problema y adjuntando la documentación que crea de interés para dirigirnos a la Administración de justicia e intentar impulsar la resolución de su proceso judicial. Si así lo decide, puede obtener más información sobre las vías que ofrecemos para trasladarnos un escrito de queja en el siguiente enlace (El Defensor en un clic). IMPORTANTE,  el escrito de queja tiene que estar debidamente firmado. Gracias y esperamos poder ayudarle. Un saludo

Joaquín (no verificado) | Enero 31, 2020

Quisiera saber si es normal que pasado un mes y medio de dictado una sentencia a mi me a sido notificada por mi abogado en el día siguiente y a la otra parte me dice el juzgado que no le consta que lo haya recibido

El DPA responde | Enero 31, 2020

Buenos días Joaquín. Sería necesario que nos ampliaras la información para una mejor valoración y asesoramiento. Si te parece, puedes llamar al 954 212121 para poder hablar contigo. Gracias y un saludo

Juan (no verificado) | Enero 16, 2020

En marzo de 2019 solicite como tutor de mi hermano autorización judicial para la adquisición de un bien necesario para satisfacer determinadas necesidades a su discapacidad. En septiembre nos citaron para vista. Y este mes recibo providencia de inhibición por falta de competencia territorial indicando traslado a otro juzgado que a fecha de hoy no se ha producido. Esta demora está afectando a los intereses de mi hermano. Para más inri hoy acudo al juzgado para pedir explicación y de malas formas la funcionaria me dice q la secretaria no puede atenderme . Instó a que se identifique y se niega a ello. Donde puedo presentar queja tanto por el trato recibido como por la dilatación del procedimiento pues si desde el inicio admitieron a trámite mi solicitud de autorización no entiendo que tras celebrarse la vista se inhiban alegando que es en beneficio del tutelado. Lo coherente en su beneficio es haber dictado el correspondiente auto. Espero vuestra respuesta. Gracias.

El DPA responde | Enero 17, 2020

Buenos días Juan. En cuanto al trato recibido por el funcionario/a, puedes poner una hoja de reclamación en el propio juzgado por los hechos que describes. Sobre las dilaciones en proceso judicial, puedes trasladarnos escrito de queja detallándonos el problema y adjuntando la documentación que creas de interés para dirigirnos a la Administración competente en tu nombre e impulsar el procedimiento judicial. Si así lo decides, en este enlace (el Defensor en un clic) te informamos sobre las vías que ofrecemos para trasladarnos el escrito de queja. Gracias y esperamos poder ayudarte. Un saludo

Jose Ramon (no verificado) | Diciembre 13, 2019

Hace mas de un mes que se presentó la demanda de divorcio y aun no han asignado juzgado
Que puedo hacer?

El DPA responde | Diciembre 20, 2019

Hola José Ramón, en primer lugar le recomendamos que consulte con su abogado para que le indique si existe alguna irregularidad en el procedimiento y, si considera que se está produciendo dilación en el procedimiento judicial, le invitamos a que nos traslade un escrito para valorar nuestra posibilidad de intervención.  Puede hacérnoslo llegar por correo postal (Defensor del Pueblo Andaluz, C\Reyes Católicos nº 21, 41001 Sevilla), por correo electrónico defensor@defensor-and.es o mediante nuestra página web (El Defensor en un clic).

Un saludo.

Carmen (no verificado) | Diciembre 7, 2019

¿Cuál es el plazo en que se debe dictar una sentencia de familia? Me dicen que los juicios de custodia suelen ser prioritarios pero después de un mes aún no hay comunicación alguna.

El DPA responde | Diciembre 20, 2019

Buenos días, en primer lugar le recomendamos que consulte con su abogado para que le indique si existe alguna irregularidad en el procedimiento y, si considera que se está produciendo dilación en el procedimiento judicial, le invitamos a que nos traslade un escrito para valorar nuestra posibilidad de intervención.  Puede hacérnoslo llegar por correo postal (Defensor del Pueblo Andaluz, C\Reyes Católicos nº 21, 41001 Sevilla), por correo electrónico defensor@defensor-and.es o mediante nuestra página web (El Defensor en un clic).

Un saludo

ALEX (no verificado) | Noviembre 20, 2019

TENGO UN PROBLEMA EN UN JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN EL CALLAO QUE SEMORAN EN PROSEGUIR LA TRAMITACION DEL PROCESO A PESAR QUE HE HECHO NOTAR LA DEMORA, QUIERO SABER SI PUEDO PEDIR ELEVAR A SALA EN QUEJA MI EXPEDIENTE PARA QUE ESTA SANCIONE Y RESUELVA O ENVIE A OTRO JUZGADO EL EXPEDIENTE

El DPA responde | Noviembre 27, 2019

Buenos días, creemos que nos escribe desde Perú. El Defensor del Pueblo Andaluz puede actuar frente a las dilaciones en procesos judiciales dentro de la circunscripción de la Comunidad Autónoma de Andalucía, España. Un saludo.

Ramona (no verificado) | Julio 8, 2019

Hola quería saber cuánto pueden tardar en enviarte la carta con la fecha y hora de un juicio ..he tenido un accidente de lo cual he dado positivo en alcohol...gracias..

El DPA responde | Julio 9, 2019

Hola Ramona,

Ante posibles incidencias en un proceso judicial en marcha debemos recomendarte que hables con el abogado que te asiste en el proceso, para que pueda comprobar si el trámite se ha llevado a cabo o hay alguna irregularidad y, en cualquier caso, llevar a cabo las actuaciones oportunas para defender tus intereses.

Si quieres facilitarnos más información sobre el proceso concreto puedes ponerte en contacto con nosotros a través del 954 21 21 21 y trataremos de orientarte.

Un saludo.

Antonio (no verificado) | Mayo 30, 2019

Buenas

Aquí les pongo dos ejemplos de [...]

El DPA responde | Mayo 30, 2019

Hola Antonio. Como nos pedistes, no publicamos la información sensible. También informarte que trasladamos el contenido completo a los compañeros que llevan las cuestiones de justicia para que valoren la información que aportas. Gracias y un saludo

Antonio (no verificado) | Junio 28, 2019

Habiendo pasado casi un mes desde que os escribí, ¿como están las cuestiones de los teléfonos móviles de los juzgados y la obligación de poner las cargas?

Antonio (no verificado) | Julio 16, 2019

Habiendo pasado mas de dos semanas ¿se ha hecho algo?

El DPA responde | Julio 16, 2019

Buenos días Antonio. Observamos que pregunta por tu escrito de queja y debemos informarte que no damos información sobre las actuaciones de expedientes de queja de particulares por esta vía. Si necesitas información sobre tu queja puedes llamarnos al 954 212121 y los compañeros te informarán. Gracias

Antonio (no verificado) | Julio 17, 2019

Buenas. La ultima vez que llamé por teléfono, no sabían quien lo llevaba, después de rotar por cuatro personas, llegué ante quien lleva el blog, pero solo a efectos técnicos, es decir quien si hay algún problema con el blog, lo soluciona, pero no quien lleva las quejas. En las anteriores me decían que no estaba. ¿Podéis indicarme por favor ante quien debo preguntar? Es decir, la persona que se haya encargado de este caso en particular, o bien algún correo electrónico. De todas formas, no es un caso que no se pueda hacer publico indicando, cuales son las resoluciones adoptadas, si es que se ha hecho algo al respecto, puesto que se solicitaba la actuación de oficio. Saludos

El DPA responde | Julio 17, 2019

Hola Antonio. Los asuntos de la Administración de Justicia están adscritos al área C, que puede consultarse en el organigrama de nuestra web. Respecto al tema de fondo, como ya le han informado, estamos dispuestos a recibir y estudiar un relato concreto y específico que pueda ser calificado como queja y analizar su tramitación. No es criterio de la Institución iniciar actuaciones de oficio cuando el caso está motivado por asuntos concretos que deben ser conocidos a través de una queja previamente formulada. Gracias por su interés.

Antonio (no verificado) | Julio 20, 2019

Buenas. No es un caso concreto sino general, puse ejemplos y hay como 500, los teléfonos es un tema general, no concreto, es decir, no es el caso en el que ha titulo personal estoy, sino que afecta a cualquier persona que use el servicio. Según vosotros: Actuaciones de Oficio: "Son actuaciones que desarrolla el Defensor del Pueblo Andaluz por iniciativa propia, ante cualquier problema o situación que llega a su conocimiento y considera que merece su intervención.", os llegó conocimiento del mismo, pero ¿vais hacer algo?. Me escribisteis: "También informarte que trasladamos el contenido completo a los compañeros que llevan las cuestiones de justicia para que valoren la información que aportas. Gracias y un saludo" ¿cual fue la valoración? Ni siquiera me habéis indicado nada, y eso que también os deje teléfono y correo electrónico.

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