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Copago farmacéutico

Sábado, 16 Febrero, 2013

¿Cuánto hay que pagar por los medicamentos?

Estamos recibiendo numerosas consultas sobre el sistema de copago de prestaciones farmacéuticas aprobado en abril de este año 2012 por el Real Decreto-Ley 16/2012, que establece un nuevo sistema de aportación de los beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria (la que se dispensa a través de las oficinas de farmacia), que podemos resumir de la forma siguiente:

A) Porcentaje de aportación del usuario aplicable al PVP de los medicamentos:

-          Renta menor de 18.000 euros/año: un 40% las personas que se encuentren en situación de activo y los pensionistas un 10%, con un límite de 8 euros al mes.

-          Renta entre 18.000 euros/año y hasta 100.000 euros/año: un 50% para los activos y un 10% para los pensionistas con un límite al mes de 18 euros al mes.

-          Renta de 100.000 euros/año o superior: un 60 %, igual porcentaje para los pensionistas pero teniendo éstos un límite de 60 euros al mes.

 

B)  Aportación reducida:

-          10% en los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida con una aportación máxima de 4,13 euros por envase (revisable anualmente).

 

C)  Exentos de aportación:

-          Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contenidos en su normativa reguladora

-          Perceptoras de rentas de integración social

-          Personas preceptoras de pensiones no contributivas

-          Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación

-          Personas con tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

 

En Andalucía no se pagará más del tope establecido. La norma prevé un procedimiento para el reintegro de lo que los pensionistas paguen en exceso por sus medicamentos respecto del tope mensual fijado en función de su nivel de renta, aunque sobre este particular la Administración Sanitaria Andaluza anuncia que en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma se ha articulado un sistema que impedirá que abonen mensualmente más que el tope que les corresponde, no viéndose obligados a adelantar dinero y a solicitar su devolución con posterioridad.

Si ha pagado más del tope en otra comunidad autónoma puede solicitar que le devuelvan lo abonado de más. En todo caso en la página web del SAS es posible descargarse el formulario para solicitar el reintegro de lo abonado en exceso para los titulares de la tarjeta del Sistema Sanitario Público de Andalucía que hayan retirado medicación en otra Comunidad Autónoma, o para los titulares de tarjeta sanitaria de una comunidad autónoma distinta a la andaluza.

También puede consultar esta información en los siguientes enlaces:

- Del Servicio Andaluz de Salud

- Del Ministerio de Sanidad

 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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136 Comentarios

Rocio (no verificado) | Enero 21, 2019

Buenas:
estoy casada, desempleada, no tengo cargas familiares y no percibo prestación por desempleo desde septiembre de 2015. Por mi edad y circunstancias personales, 39 años, no tengo derecho a subsidio o ayuda de algún tipo. Cuando voy a la farmacia tengo que pagar siempre, porque consta que estoy Activa y aportación del 40%, TSI 3, aparezco igual que mi marido, por ejemplo, que está trabajando. ¿Por estar en desempleo ni cobrar ayuda alguna tengo que pagar una parte de los medicamentos? Gracias

El DPA responde | Enero 22, 2019

Hola Rocío, la normativa que regula el copago farmacéutico dispone que están exentas de aportación las personas en situación de paro y que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo.

Ante la situación que nos planteas, te aconsejamos que te pongas en contacto con la unidad de atención al usuario de tu centro de salud o bien con el servicio Salud Responde (955 54 50 60) para que puedan orientarte sobre los pasos a seguir en caso de que se deba corregir el nivel de aportación que tienes asignado, dado que es el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien comunica a las administraciones sanitarias competentes el dato relativo al nivel de aportación que corresponde a cada usuario.Esperamos que la información te sea útil. Un saludo.

Juan (no verificado) | Diciembre 28, 2018

Mis vecinos son un matrimonio con dos hijos. El marido tiene unas rentas muy bajas, la mujer tiene una pensión por una incapacidad laboral (800 euros), un hijo con una discapacidad del 100% y otro estudiante. El chico discapacitado tiene una dependencia de Grado III, nivel 2 con prestación económica para su madre como cuidadora de 367 euros y además tiene una prestación económica por hijo a cargo, del INSS, de 556 euros.
Me comentan que su hijo tiene mucho gasto en farmacia lo que le asfixia su economía y que no saben que pueden hacer para que tenga sus medicamentos y otros productos de farmacia de forma gratuita.

El DPA responde | Enero 3, 2019

Hola Juan, desgraciadamente, la situación es así. Sólo estan exentos de aportación los pensionistas no contributivos y las personas que hayan agotado un subsidio de desempleo. Las personas con discapacidad sólo estan exentos si tienen reconocida una prestación por la antigua Ley de Integración de Minusvalido. Consciente de esta situación el Defensor del Pueblo Español ha emitido una recomendación al Minesterio de Sanidad con el objeto de que se modique dicha situación.Le enviamos el texto de dicha recomendación:

El Defensor del Pueblo recomienda modificar la Ley del Medicamento para ampliar la protección de los colectivos más vulnerables

Copago farmacéutico

30/11/2017

El Defensor del Pueblo (e.f.), Francisco Fernández Marugán, ha recomendado al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que promueva la modificación de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos, conocida como Ley del Medicamento, para ampliar la protección de los colectivos vulnerables y garantizar que estas personas puedan acceder a los medicamentos que precisan.

En opinión de la Institución, la rigidez de la normativa que aprobó por vía de urgencia el nuevo modelo de copago farmacéutico, que entró en vigor en julio de 2012, perjudica la situación de muchos pacientes en situación de vulnerabilidad y entraña un riesgo adicional para la garantía de adherencia a los tratamientos médicos en determinadas circunstancias.

Entre las medidas que propone el Defensor del Pueblo destaca la exención del copago, o la aplicación de un porcentaje mínimo, a los pacientes afectados por  enfermedades crónicas y graves (entre otras, enfermedades raras, degenerativas y oncológicas), especialmente cuando se trate de menores de edad.

La Institución también considera necesario eximir del copago a las personas con discapacidad con grado reconocido y a las personas con ingresos económicos de cualquier naturaleza que no superen un umbral mínimo, a determinar en función de los indicadores de riesgo de pobreza.

Además, el Defensor cree insuficientes los actuales tramos de renta (de 0 a 18.000, de 18.001 a 100.000 y de más de 100.000 euros) y por ello pide que se fijen nuevos tramos y porcentajes de copago que se correspondan mejor con los principios constitucionales de progresividad y equidad.

Asimismo, la Institución ha recomendado que se determine con claridad cuál es la Administración competente para resolver las reclamaciones de los ciudadanos en materia de copago farmacéutico y que se pongan en marcha los instrumentos necesarios para que dichas reclamaciones puedan atenderse.

Por último, el Defensor del Pueblo también ha solicitado al Gobierno que elabore un informe que evalúe el impacto que ha tenido la introducción del copago farmacéutico en los objetivos de contención del gasto público y en la calidad de la prestación farmacéutica que ofrece el Sistema Nacional de Salud.

DOCUMENTACIÓN RELACIONADA

Recomendaciones copago farmacéutico

Un saludo

Melissa (no verificado) | Noviembre 19, 2018

Buenas,
Estoy sin trabajo desde enero por causa de una enfermedad. Se me acabó el paro y luego cobré algo por estar de baja (lo cual no me cubria los gastos de los medicamentos que tenía que comprar) ahora que estoy de alta no tengo derecho a recibir nada (de ningun lado) y mi pregunta es si las medicinas me cuestan unos 60 euros al mes y tengo 0 ingresos como voy a pagar las medicinas por una enfermedad cronica, sin las pastillas podría morirme.
Tambien tengo una discapacidad del 55%

El DPA responde | Noviembre 22, 2018

Hola Melissa, para tener derecho al copago gratuito debe encontrarse en una de estas situaciones: cobrar una no contributiva, una ayuda del tipo de Rentas mínimas, o Renta Activa de Inserción,  o haber agotado un subsidio de desempleo.

Ante la situación que nos plantea, le aconsejamos que  se ponga en contacto con los servicios sociales por si se le pueden tramitar una Renta Mínima o algún tipo de prestación. O bien solicitar una revisión del grado de discapacidad, ya que al tener un 65% podria, si reune otros requisitos , tener derecho a una pensión no contributiva de invalidez. (La revisión del grado de discapacidad, la puede solicitar a partir de los dos años del reconocimiento de grado, o si se produce unas nueves enfermedades) .

Un saludo.

nicol (no verificado) | Noviembre 15, 2018

Buenos dias, somos un matrimonio con 4 hijos a cargo, mi marido cobra el RMI y los 430 de subsidio por desempleo, el y los niños no pagan los medicamentos... pero a mi me los cobran y yo estoy en paro no cobro nada mas que la prestacoin por hijo a cargo que esta a mi nombre .
Mi pregunta es¿ si a mi se me deberia o no cobrar los medicamentos? ya que la renta minima se cobra en nuestra familia

Diego caro arroyo (no verificado) | Noviembre 13, 2018

Mi declaración de la renta varió a la baja del año 2016 al año 2017,pero sigo pagando la misma aportación en la farmacia.donde puedo hacer la reclamación oportuna y qué documentos tengo que aportar?

El DPA responde | Noviembre 18, 2018

Hola Diego, para aclarar el asunto, te recomendamos que te pongas en contacto con el teléfono Salud Responde, 955 54 50 60, o a través del correo saludresponde@juntadeandalucia.es, acudir a tu centro de salud o a la oficina del INSS para que te confirme la situación de copago en que te encuentras. Un saludo.

Antonio (no verificado) | Octubre 22, 2018

Hola! Tengo una minusvalía del 36 % en la seguridad social consta como que estoy cobrando una ayuda y llevo años sin trabajar sin cobrar nada fui ala seguridad social reclamé y me toman el pelo no me han modificado nada .....

El DPA responde | Octubre 29, 2018

Hola Antonio, para tener derecho al copago gratuito, deben de encontrarse en una de estas situaciones:: cobrar una no contributiva , una ayuda del tipo de Rentas mínimas, o Renta Activa de Inserción,  o haber agotado un subsidio de desempleo.

Si en seguridad social le dicen que cobra una prestación pueden certificar que es lo que perciben, ya que tienen acceso a todas las pensiones y prestaciones públicas.  Por la situación que describe le recomendamos que se ponga en contacto con los servicios sociales por si se le pueden tramitar una Renta Mínima o algún tipo de prestación.. Un saludo.

Jorge (no verificado) | Septiembre 30, 2018

Hola. tengo 44 años y soy de Málaga, no trabajo desde el año 2002 y no solicite nunca el desempleo, luego nunca he cobrado por ninguna ayuda. No me consideran desempleado de larga duración por esto mismo de no haber agotado un subsidio (aun llevando 16 años sin trabajar) y no puedo solicitar ninguna ayuda porque en todas me piden ser desempleado de larga duración. Sigo pagando las medicinas sin cobrar ni un solo euro, o sea, con ayuda de los demás. Desde julio de 2017 tengo reconocido grado de discapacidad del 47% y sigo pagando las medicinas. Estoy en una situación en la que difícilmente me contraten debido a mis enfermedades (obesidad mórbida, IAM, etc...) ¿Qué hago entonces? ¿busco una formula para que mi padre viva toda la vida y así poder vivir yo?
¿Existe alguna ayuda que me pertenezca?
Gracias de antemano

El DPA responde | Octubre 3, 2018

Estimado Jorge, para poder tener derecho al copago gratuito, deben de darse esos requisitos: cobrar una no contributiva , una ayuda del tipo de Rentas mínimas, o haber agotado un subsidio de desempleo.

En su caso, le recomendamos que se ponga en contacto con los servicios sociales por si se le puede tramitar una Renta Mínima.

O bien solicitar una revisión del grado de discapacidad, ya que al tener un 65% podria , si reune otros requisitos , tener derecho a una pensión no contributiva de invalidez. (La revisión del grado de discapacidad, la puede solicitar a partir de los dos años del reconocimiento de grado, o si se produce unas nueves enfermedades) .

Mari Carmen (no verificado) | Septiembre 19, 2018

Hola, llevo tres años en el paro, no percibo ninguna prestación ni cobro el paro. Estoy casada y hago la declaración conjunta. Fui a informarme a la Seguridad Social sobre cómo podía solicitar que me modificasen el código del copago y me dijeron que tenía que llevar la copia de la última declaración de la renta y un escrito en el que solicitase esa modificación.
¿Cómo puedo demostrar que no tengo ingresos si en la declaración última aparecen los ingresos de mi marido como si fueran también míos? Gracias de antemano.

El DPA responde | Septiembre 28, 2018

Hola Mari Carmen. Puedes pedir a Hacienda, que te haga el desglose de los datos que tiene. Normalmente en el borrador aparece la imputación de los ingresos y con esto el INSS te puede modificar la situación

Yolanda (no verificado) | Agosto 1, 2018

Hola Buenas tardes. Mi pregunta es: El tope de ingresos, por ejemplo, en el caso de los 18.000 euros anuales, ¿ En maximo entran los ingresos de todas las personas de la unidad familiar? Gracias

El DPA responde | Agosto 2, 2018

Hola Yolanda, los ingresos son individuales por cada miembro de la unidad familiar. Puede haber problemas si presentan declaración conjunta y tendrías que acudir al INSS para que  modifiquen los datos que tienen.

Juani (no verificado) | Julio 12, 2018

Hola.
Yo también pago el 40% y toy en el.paro sin derecho a ningúna ayuda.
Vivo con mi madre q es pensionista.
Quisiera saber si es normal q tenga q pagar y si no es así me ayudasen.
Gracias.

El DPA responde | Julio 16, 2018

Hola Juani,

La normativa que regula el copago farmacéutico dispone que están exentas de aportación las personas en situación de paro y que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo. Ante la situación que nos planteas, te aconsejamos que te pongas en contacto con la unidad de atención al usuario de tu centro de salud o bien con el servicio Salud Responde (955 54 50 60) para que puedan orientarte sobre los pasos a seguir en caso de que se deba corregir el nivel de aportación que tienes asignado, dado que es el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien comunica a las administraciones sanitarias competentes el dato relativo al nivel de aportación que corresponde a cada usuario. Esperamos que la información te sea útil.

Antonio RP (no verificado) | Junio 28, 2018

¿Podría decirme cual es actualmente, a lo largo de 2018, el tope máximo del copago para las pensiones comprendidas entre 18.000 y 100.000€? En las páginas del SAS es complicado averighuarlo.
Gracias

El DPA responde | Julio 2, 2018

Hola Antonio. En este enlace puedes encontrar las cantidades: https://www.msssi.gob.es/estadEstudios/estadisticas/sisInfSanSNS/pdf/apo...

Para los pensionistas con rentas entre 18.000 y 100000 euros en la actualidad es de Límite máximo de 18,52 mes

Te informamos igualmente  el Gobierno está estudiando si hay suficientes recursos para sacar adelante el fin del copago farmacéutico.

Diego (no verificado) | Mayo 29, 2018

Hola, buenas tardes.
Quería consultarle si ha variado lo que pagamos los pensionistas por los medicamentos. La cuestión es que hasta hace unos dos meses pagaba un 10% pero tenía un tope de alrededor de 9€ al mes. Mi sorpresa ha sido que llevo dos meses en la que ese tope me lo han quitado .
Podría aclararme sí ha cambiado algo y de no ser así dónde podría dirigirme para solventar el problema?? Soy de Málaga

El DPA responde | Junio 16, 2018

Diego, en principio no se han modificado las condiciones del copago farmacéutico. Para aclarar el asunto, te recomendamos que te pongas en contacto con el teléfono Salud Responde, 955 54 50 60, o a través del correo saludresponde@juntadeandalucia.es, acudir a tu centro de salud o a la oficina del INSS para que te confirme la situación de copago en que te encuentras. Saludos

Ángela (no verificado) | Marzo 15, 2018

Buenas tardes. Ahora mismo estoy estoy exenta del pago por estar entre los "Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación". Pero todo este tiempo pagaba muchísimo de farmacia. incluso más de 100 euros al mes. Tengo una enfermedad crónica autoinmune desde los 6 años (AIJ sistémica) y a mi no me cobraban los 4,13 euros por medicina si no más. ¿Cómo soluciono esta situación? En el momento en el que empiece a trabajar empezarán a cobrarme lo mismo. Incluso tengo reconocida una discapacidad del 33%.

El DPA responde | Marzo 22, 2018

 

Si Angela, sólo estan exentos de aportación farmaceutica determinados colectivos, como es el caso de los parados que han perdido el derecho al subsidio. Si vuelve a trabajar se perdera dicha situación en la medida en que ya no ha agotado el subdio. Desde el Defensor estatal se ha recomendado que se modifique dicha situación, y estan pendiente de la respuesta del Ministerio de Sanidad.

El Defensor del Pueblo recomienda modificar la Ley del Medicamento para ampliar la protección de los colectivos más vulnerables

Copago farmacéutico

30/11/2017

El Defensor del Pueblo (e.f.), Francisco Fernández Marugán, ha recomendado al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que promueva la modificación de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos, conocida como Ley del Medicamento, para ampliar la protección de los colectivos vulnerables y garantizar que estas personas puedan acceder a los medicamentos que precisan.

En opinión de la Institución, la rigidez de la normativa que aprobó por vía de urgencia el nuevo modelo de copago farmacéutico, que entró en vigor en julio de 2012, perjudica la situación de muchos pacientes en situación de vulnerabilidad y entraña un riesgo adicional para la garantía de adherencia a los tratamientos médicos en determinadas circunstancias.

Entre las medidas que propone el Defensor del Pueblo destaca la exención del copago, o la aplicación de un porcentaje mínimo, a los pacientes afectados por  enfermedades crónicas y graves (entre otras, enfermedades raras, degenerativas y oncológicas), especialmente cuando se trate de menores de edad.

La Institución también considera necesario eximir del copago a las personas con discapacidad con grado reconocido y a las personas con ingresos económicos de cualquier naturaleza que no superen un umbral mínimo, a determinar en función de los indicadores de riesgo de pobreza.

Además, el Defensor cree insuficientes los actuales tramos de renta (de 0 a 18.000, de 18.001 a 100.000 y de más de 100.000 euros) y por ello pide que se fijen nuevos tramos y porcentajes de copago que se correspondan mejor con los principios constitucionales de progresividad y equidad.

Asimismo, la Institución ha recomendado que se determine con claridad cuál es la Administración competente para resolver las reclamaciones de los ciudadanos en materia de copago farmacéutico y que se pongan en marcha los instrumentos necesarios para que dichas reclamaciones puedan atenderse.

Por último, el Defensor del Pueblo también ha solicitado al Gobierno que elabore un informe que evalúe el impacto que ha tenido la introducción del copago farmacéutico en los objetivos de contención del gasto público y en la calidad de la prestación farmacéutica que ofrece el Sistema Nacional de Salud.

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