El Defensor
El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades de los andaluces.
Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.
53 Comentarios
El día 4 /02/2020 sufrí un infarto cerebral. Visto el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía.
1º Con fecha 06/05/2021 tuvo entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, la solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia.
2º Por resolución de fecha 25/04/2022, este órgano de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucia, reconoció a la persona interesada un Grado III de dependencia.
3º Una vez comunicada por este órgano territorial la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia a los Servicios Sociales Comunitarios competentes, estos han elaborado un informe social, detallando la situación social, familiar y del entorno de la persona interesada.
Asimismo tras el oportuno tramite de consulta, en el que se da información sobre el estado del procedimiento a la persona solicitante o, en su caso a los familiares o entidades tutelares que la representen, los Servicios Sociales Comunitarios han realizado la propuesta de programa individual de Atención, indicando la PRESTACIONES ECONÓMICAS POR CUIDADOS EN EL ENTORNO FAMILIAR, como recurso mas adecuado a las necesidades de atención de la persona interesada.
1º Aprobado el programa individual de atención correspondiente a la persona solicitante, por el que se le reconoce el derecho a la PRESTACIONES ECONÓMICAS POR CUIDADOS EN EL ENTORNO FAMILIAR, como modalidad de intervención mas adecuada de entre los servicios y prestaciones económicas previstos para su grado de dependencia.
Los servicios serán prestados con una intensidad COMPLETA por: Prest. Cuidador Simultaneo, Fecha de inicio de la actividad 01/01/2020
Nombre: María del Pilar con grado de parentesco.
2º Establecer la cuantía de la prestación en 5464,80€ anuales, que se abonaran en doce mensualidades de : 455.40€.
Pregunta: Si la fecha de concesión de la prestación como persona dependiente tiene fecha del 25/04/2022. Como puede ser que empiecen a pagar la prestación con fecha desde el mes de Octubre del 2023. y esto es lo que detallan al final: DETALLE DE LOS ATRASOS: Periodo que comprende desde el 01/10/2023 hasta el 31/10/2023. Importe inicial de atrasos: 0,00 CUANTÍA MENSUAL: 455,40€ .
Total que desde el 25/04/2022 hasta el 01/10/2023 la cuantía mensual de 455,40€ se la quedan por la cara ya que según ellos la cuantía de atrasos es 0,00€ lo que mas o menos viene a decir que no tengo derecho a cobrar atrasos ninguno. Pero esto como puede ser. quedo a la espera de su respuesta a mi pregunta y si se pueden reclamar los atrasos.saludos.
Hola Quintin,
En las resoluciones de la Agencia de la Dependencia tienen que tener un pie de recurso para presentar reclamación si no estas de acuerdo con dicha resolución.
Te recomendamos que traslades esta consulta al organismo competente en materia de Dependencia de la Junta de Andalucía, que es la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, a través de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Te remitimos las distintas vías de acceso que la Agencia tiene a disposición de las personas: entre otros el correo electrónico: atencionciudadania.assda@juntadeandalucia.esContacto sobre Dependencia
La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (ASSDA), pone a disposición de la ciudadanía unas vías de contacto para informar de todos los detalles relacionados con la puesta en marcha del sistema de atención a las personas en situación de dependencia y promoción de la autonomía personal.
Teléfono 900 166 170
El teléfono de información sobre Dependencia en Andalucía es el 900 166 170, es gratuito y funciona de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
Sedes provinciales
La ASSDA cuenta con distintas sedes provinciales en Andalucía. Puedes contactar con el servicio de atención a la dependencia de tu provincia:
En cualquier caso, si observases cualquier anomalía en la cuestión que nos trasladas o estas disconforme en algún aspecto con el modo de proceder, puedes ponerte en contacto con esta Institución para que podamos prestarte nuestra ayuda. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión, o llamarnos al 954212121.
Saludos
Buenas ya llevo casi dos años para cobrar la ayuda de mi madre ya fallecida .está paga fue heredada por nosotros los hijos .dado que ella no pido cobrarla. En fin casi dos años esperando y no si quieran cojen el teléfono .y cuando lo cojen me dicen que el expediente está en intervención general. Para que nos den los intereses. Pero nosotros no hemos pedido los interés .no sela verdad. Todo sera para que se lo queden ellos gracias
Hola Antonio:
Entendemos por tu consulta que te refieres a los atrasos correspondientes generados por el procedimiento de tramitación la Ley de la Dependencia. Puedes ponerte en contacto con esta Institución para que podamos estudiar la posibilidad de intervenir en esta cuestión. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión, o llamarnos al 954212121.
Saludos
El año pasado en Julio eché la solicitud para la revisión de grado. Mi madre tiene concedido el grado 1 y para hacer dichos trámites hasta la resolución de la misma tardaron cerca de 2 años. Mientras tanto la situación de mi madre empeora y necesita ayuda económica para pagar la residencia cosa que con el Grado 2 podría acceder a dichas ayudas. Pues bien, un año desde la presentación de la solicitud y ni siquiera llamada o noticias de que vaya a valorarla siquiera. Los teléfonos siempre comunicando, los emails sin responder y así hasta el infinito. Una vergüenza los servicios sociales de este país.
Hola Antonio,
Lamentamos la situación que nos trasladas y la demora en la tramitación de la solicitud de revisión del grado de dependencia de tu madre.
Como según nos cuentas, tu madre aún no ha sido valorada tras la petición de revisión del grado hace un año, si lo deseas puedes enviarnos una comunicación con objeto de que podamos estudiar tu caso y, si corresponde, conocer el estado de la solicitud o si existiese alguna irregularidad en el procedimiento.
Ello lo podrás realizar por correo postal, fax, correo electrónico, en nuestra página web o sede electrónica (si tiene firma digital) (enlace). Si no tiene firma digital y utiliza correo electrónico o nuestra página web, no te olvides de adjuntar en un archivo el escrito firmado (muy importante). A esta comunicación deberás adjuntar toda la documentación que poseas sobre este asunto, especialmente la copia del registro de entrada de la solicitud de valoración.
Si precisas información adicional sobre cómo debes proceder, puedes consultar nuestra página web (www.defensordelpuebloandaluz.es) o llamar al teléfono 954212121.
Saludos
Estamos 2 mayo y no he cobrado los atrasos, en años anteriores la Junta ha pagado en abril y el año pasado pagaron en marzo,no cojen el teléfono, se sabe cuando se crobrara gracias
Hola Luisa,
Entendemos por tu consulta que te refieres a los atrasos correspondientes generados por el procedimiento de tramitación la Ley de la Dependencia. Te recomendamos que traslades esta consulta al organismo competente en materia de Dependencia de la Junta de Andalucía, que es la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, a través de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
Como nos planteas que no contestan a los teléfono te remitimos las distintas vías de acceso que la Agencia tiene a disposición de las personas: entre otros el correo electrónico:
atencionciudadania.assda@juntadeandalucia.es
Contacto sobre Dependencia
La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (ASSDA), pone a disposición de la ciudadanía unas vías de contacto para informar de todos los detalles relacionados con la puesta en marcha del sistema de atención a las personas en situación de dependencia y promoción de la autonomía personal.
Teléfono 900 166 170
El teléfono de información sobre Dependencia en Andalucía es el 900 166 170, es gratuito y funciona de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
Correo electrónico
También se puede realizar la consulta a través del correo electrónico: atencionciudadania.assda@juntadeandalucia.es
Sedes provinciales
La ASSDA cuenta con distintas sedes provinciales en Andalucía. Puedes contactar con el servicio de atención a la dependencia de tu provincia:
En cualquier caso, si observases cualquier anomalía en la cuestión que nos trasladas o estas disconforme en algún aspecto con el modo de proceder, puedes ponerte en contacto con esta Institución para que podamos prestarte nuestra ayuda. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión, o llamarnos al 954212121.
Saludos
Cuando se cobrará los atrasos de la ley dependencia este año?
Hola Luisa,
Te recomendamos que traslades esta consulta al organismo competente en materia de Dependencia de la Junta de Andalucía, que es la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, a través de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Esta entidad ha puesto en marcha el teléfono de información sobre Dependencia: 900 166 170, con horario de 9:00 a 14:00 de Lunes a viernes. Aquí podrán resolverte cualquier cuestión sobre el abono de los atrasos. En cualquier caso, si observases cualquier anomalía en la cuestión que nos trasladas o estas disconforme en algún aspecto con el modo de proceder, puedes ponerte en contacto con esta Institución para que podamos prestarte nuestra ayuda. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión, o llamarnos al 954212121.
Saludos
Buenas que dia se cobra los atrasos
Hola Jesús,
Por tu consulta, entendemos que te refieres a los atrasos que se generan en la tramitación de la Ley de la Dependencia. Te recomendamos que traslades esta consulta al organismo competente en materia de Dependencia de la Junta de Andalucía, que es la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, a través de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Esta entidad ha puesto en marcha el teléfono de información sobre Dependencia: 900 166 170, con horario de 9:00 a 14:00 de Lunes a viernes. Aquí podrán resolverte cualquier cuestión sobre el abono de los atrasos.
En cualquier caso, si observases cualquier anomalía en la cuestión que nos trasladas o estas disconforme en algún aspecto con el modo de proceder, puedes ponerte en contacto con esta Institución para que podamos prestarte nuestra ayuda. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión, o llamarnos al 954212121.
Saludos
Hola me he venido la ley a la dependencia a los dos años nada menos y encima no me Dan los atrasos porque parece ser que el PP lo ha quitado no entiendo esto gracias
Hola Ana,
Lamentamos la demora en la resolución de tu expediente de Dependencia. Esta Defensoría interviene en estas cuestiones cuando las personas nos trasladan sus quejas por la tardanza en la tramitación de los expediente de Dependencia. En cualquier caso, si observases cualquier anomalía en la cuestión que nos trasladas o estas disconforme en algún aspecto con el modo de proceder, puedes ponerte en contacto con esta Institución para que podamos prestarte nuestra ayuda.
El Real Decreto-Ley 8/2010 modificó los efectos de la prestación económica, de manera que los atrasos comenzaban a generarse desde el día de la resolución del Programa Individual de Atención o a los seis meses de la presentación de la solicitud, si aquél no se había resuelto antes. Además, permitía fraccionar el abono de los atrasos generados hasta un máximo de cinco años.
Finalmente, el Real Decreto-Ley 20/2012 determinó que la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales no devengase atrasos hasta un plazo máximo de dos años a contar desde la fecha indicada en el párrafo anterior, plazo que se interrumpiría con el abono efectivo de la prestación. Y se amplió a ocho el período durante el que se podían fraccionar el abono de los atrasos devengados. Y así sigue hasta la fecha.
Buenas mi madre lleba dos años esperando la ley de la dependencia, lean considido el 2 grado ,claro se la heche 2021 y toda vía siguo esperando, dónde tendría k reclamar por favor!
Hola Noemí,
Lamentamos la situación que nos trasladas, parece que según nos cuentas ya ha sido valorada teniendo reconocido un grado II, pero aún no se ha emitido por parte de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad la resolución en la que se apruebe el Plan Individual de Atención (PIA) correspondiente.
En este caso dada la demora evidente en la tramitación de tu solicitud iniciada en 2021, si lo deseas puedes enviarnos una comunicación con objeto de que podamos estudiar tu caso y, si corresponde, conocer el estado de la misma o si existiese alguna irregularidad en el procedimiento.
Ello lo podrás realizar por correo postal, fax, correo electrónico, en nuestra página web o sede electrónica (si tiene firma digital) (enlace). Si no tiene firma digital y utiliza correo electrónico o nuestra página web, no te olvides de adjuntar en un archivo el escrito firmado (muy importante). A esta comunicación deberás adjuntar toda la documentación que poseas sobre este asunto, especialmente la copia del registro de entrada de la solicitud de valoración.
Si precisas información adicional sobre cómo debes proceder, puedes consultar nuestra página web (www.defensordelpuebloandaluz.es) o llamar al teléfono 954212121.
Saludos
Yo llevo cobrando atrasos desde hace 4 con este y gobernaba el pp lo pagan aproximadamente a mediados de marzo y a mi me tardaron 7 años en darme aprobación de la ley pero yo todos los marzos y con el 2024 van 4 los cobro en marzo y vuelvo repetir gobernando el pp
Pues tengo un problema mi padre cuando vivía yo con el aunque ya no lo estoy , y vivo con mi pareja hace 2 años y algo, pues eso mi padre cobraba la ley de dependencia por mi esos atrasos y esta en una cartilla banco compartida y ami nombre , y mi padre nama sabe decirme que ese dinero es suyo y que no es mío y la asistenta me ha dicho que fuera al banco retirarlo porque es mio que no te lo quite tu padre que es un dineral y mi padre nama diciendo mismo que es suyo porque el me cuido de chica que es unos atrasos del 2009 y que no es mío y la asistenta diciendo que si hasta lo intento retenerlo pero ya no pudo porque lo envío en la cartilla que estoy con mi madre . Y eso he podido sacar nama lo que he podio que si no se lo lleva casi todo y ahora después de navidades la asistenta me lo va intentar arreglar para que no lo ingresen en la cartilla que estoy con mi madre y mi padre no me lo quite porque el nama sabe decir que ese dinero es de el y no mío. Hasta esta mosqueado conmigo mi padre cuando yo no tengo culpa de nada que me llame la asistenta y me diga que en enero me iban ingresar un dineral y que esta tu nombre y lo intente pasármelo ha mi otra cuenta.
Hola Jennifer,
Con los datos que nos trasladas no alcanzamos a comprender la pretensión de tu consulta, si lo deseas puedes trasladarnos más datos a través de cualquiera de las vía que aparecen en el siguiente enlace. También puedes ponerte en contacto llamando al 954212121.
Saludos
Buenas tardes, dado que hay varios afectados por este tema, me gustaría saber si hay alguna asociación de afectados. Gracias
Hola Mario,
Desconocemos la existencia de Asociaciones o Plataformas de personas afectadas. en todo caso, es un asunto que también preocupa a esta Institución. Si lo deseas puedes dirigirte a nosotros llamando al 954212121 para exponer tu caso concreto y que valoremos nuestras posibilidades de intervenir.
Saludos
Buenas tardes, yo estoy también sufriendo la demora en la resolución del expediente en la ley de igualdad de mi hija. ¿Alguien sabe de alguna asociación de afectados?. Gracias
Este año 2023 cuando pagan los atrasos ley de la dependencia en Sevilla
Hola Juan,
Te recomendamos que traslades esta consulta al organismo competente en materia de Dependencia de la Junta de Andalucía, que es la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, a través de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Esta entidad ha puesto en marcha el teléfono de información sobre Dependencia: 900 166 170, con horario de 9:00 a 14:00 de Lunes a viernes. Aquí podrán resolverte cualquier cuestión sobre el abono de los atrasos. En cualquier caso, si observases cualquier anomalía en la cuestión que nos trasladas o estas disconforme en algún aspecto con el modo de proceder, puedes ponerte en contacto con esta Institución para que podamos prestarte nuestra ayuda. Para ello debes remitirnos un escrito (en este enlace te indicamos la forma de ponerte en contacto con esta Institución) firmado, con tus datos personales y toda la documentación que tengas sobre esta cuestión, o llamarnos al 954212121.
Saludos,
lo normal es a finales de abril .