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Aceptan propuestas para mejorar la eficiencia y efectividad de la gestión de la incapacidad temporal en el Servicio Andaluz de Salud

Queja número 23/5791

El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba una Resolución ante la Dirección General del Servicio Andaluz de Salud, que contiene Recomendaciones con el fin de mejorar la eficiencia y efectividad de la gestión de la incapacidad temporal en el Servicio Andaluz de Salud, garantizando una mejor atención a las necesidades de los y las pacientes y contribuyendo a la protección de sus derechos.

Al efecto, recibimos informe dando respuesta a dichas recomendaciones en sus respectivos ámbitos competenciales, las cuales pasamos a referir, valorando si han sido o no aceptadas:

RECOMENDACIÓN 1.- Adoptar las medidas necesarias para proveer información clara, accesible y detallada sobre los procedimientos de incapacidad temporal a través de los canales oficiales del SAS, incluidas las páginas web, aplicaciones móviles y en los propios centros de salud mediante cartelería. Esta información debería abarcar los trámites a seguir, los derechos de los pacientes y las competencias del personal facultativo.”

La Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud informa que en mayo de 2024 se ha actualizado la información facilitada al respecto en el apartado Ciudadanía de la Web del SAS, y que asimismo en la Web de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía se pone a disposición de los usuarios información sobre la incapacidad temporal.

No obstante, no se contemplan otras vías de información propuestas a través de la aplicación Salud Responde y ClicSalud+, o mediante cartelería en los propios centros de salud.

En consecuencia, la Recomendación 1 se considera parcialmente aceptada.

RECOMENDACIÓN 2.- Mantener una comunicación transparente y continua sobre las políticas, procedimientos y cambios normativos relativos a la incapacidad temporal con todos los profesionales implicados, especialmente con los/as especialistas de Medicina Familiar y Comunitaria (MFyC) y el personal facultativo hospitalario que vaya a poder expedir la incapacidad temporal.”

La Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud informa que los/as especialistas de MFyC, mantienen comunicación continua y bidireccional con las Unidades de Valoración Médicas de Incapacidades (UVMI) teniendo todos los centros de atención primaria un inspector de referencia en su UVMI provincial para consulta y búsqueda de soluciones a eventualidades que puedan surgir con cualquier proceso de IT. Por otro lado, se refuerza la información y formación a los profesionales del SAS con estas competencias asignadas, mediante la realización de programas de formación continuada.

En consecuencia, la Recomendación 2 se considera aceptada.

RECOMENDACIÓN 3.- Acelerar el desarrollo e implementación de herramientas informáticas que permitan la prescripción de la IT de manera eficiente en el ámbito hospitalario, facilitando así la eficiencia y efectividad de la gestión de la incapacidad temporal y facilitando estos procesos a las personas afectadas y al propio personal facultativo.”

La Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud informa que los desarrollos necesarios para la utilización del módulo PIT en Diraya Atención Hospitalaria se han finalizado en la actualidad, estando previsto a corto plazo iniciar la gestión de IT en un centro hospitalario como experiencia piloto para poder identificar problemas y dificultades con el objetivo de solucionarlas antes de proceder a la extensión definitiva de esa posibilidad. Se espera que en los próximos meses se pueda extender esa posibilidad a toda Andalucía.

En consecuencia, la Recomendación 3 se considera aceptada.

RECOMENDACIÓN 4.- Habilitar mecanismos que permitan la solicitud on line o telefónica de citas específicas para valoración de la incapacidad temporal dentro del plazo establecido para ello, evitando así desplazamientos innecesarios y esperas prolongadas en los centros de salud.”

La Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud no considera pertinente la implementación de citas específicas para valoración de la incapacidad temporal. Cuando la gestión de la tramitación de la IT urge con respecto al tiempo de respuesta de consulta con su médico/a que se puede proporcionar al paciente, se atiende en algunos casos en consulta no demorable, generalmente en citas reservadas en agenda para el mismo día del médico/a de familia que le corresponde o de otros profesionales si no hay disponible en la del propio.

En consecuencia, la Recomendación 4 se considera rechazada.

RECOMENDACIÓN 5.- Establecer protocolos claros para garantizar el reconocimiento médico y valoración de la incapacidad temporal dentro del plazo establecido en ausencia del o de la MFyC referente.”

La Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud informa que en algunas ocasiones, los usuarios del SAS, por diferentes motivos pueden no ser asistidos por su MFyC referente (vacaciones, permisos de maternidad/paternidad, incapacidad temporal). En estos casos, el usuario es atendido por otro profesional médico del Sistema Sanitario Público de Andalucía. Estiman que esta organización del SAS es ampliamente conocida por sus profesionales, lo cual no exime de incidencias puntuales que pudieran ocurrir, con la gestión de la IT, o alguna otra gestión administrativa demorable.

En consecuencia, la Recomendación 5 se considera aceptada.

RECOMENDACIÓN 6.- Proveer información clara y accesible sobre el procedimiento a seguir para la emisión de la incapacidad temporal para personas residentes en otras comunidades autónomas que requieran atención urgente en Andalucía, asegurando la correcta coordinación entre las diferentes administraciones sanitarias.”

La Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud explica que los ciudadanos transeúntes o visitantes a nuestra comunidad, al no figurar, por regla general, en la aplicación BDU no será posible, por tanto, acceder a su módulo de prescripción de IT, que requiere como requisito imprescindible, para poder iniciar un proceso de incapacidad temporal, estos datos antes reseñados. Por lo que, el ciudadano, deberá dirigirse a la provincia en que se encuentra adscrito, aportando los informes asistenciales de atención de urgencias, que le son proporcionados desde nuestros centros sanitarios cuando son atendidos y solicitar el proceso de IT para que sea emitido o no, a criterio de su médico/a de AP o bien de la Inspección Médica de su provincia de origen. Ante situaciones graves, es la Inspección Médica, Unidad Médica de Valoración de Incapacidades (UMVI) provincial donde se encuentre el ciudadano dentro de nuestra comunidad, quien dará traslado de esta información a la Inspección Médica de su provincia de origen, si esto fuera necesario.

No obstante, dicha información no figura entre la información facilitada respecto a la incapacidad temporal en el apartado Ciudadanía de la Web del SAS, y en la Web de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.

En consecuencia, en la medida que la Recomendación 6 ponía de manifiesto la necesidad de “proveer información clara y accesible”, se considera rechazada.

En definitiva, la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de salud ha aceptado cuatro recomendaciones, una de las cuales solo parcialmente, y ha rechazado otras dos recomendaciones.

Por lo que respecta a la Recomendación dirigida a la Consejería de Salud y Consumo:

RECOMENDACIÓN 7.- Examinar los criterios empleados por las Inspecciones de Servicios Sanitarios de las provincias andaluzas en relación con el proceso de incapacidad temporal, permitiendo identificar áreas de mejora y adoptar las medidas correctivas pertinentes.”

La Consejería informa que se acepta la Recomendación 7, en la medida de que desde la Subdirección de Inspección de Servicios Sanitarios se realizan reuniones de coordinación para identificar áreas de mejora y adoptar las propuestas que permitan mejorar la atención a la ciudadanía en el ámbito de nuestras competencias, y en particular en lo referente a la IT, con la finalidad de garantizar los derechos sanitarios de la ciudadanía, y en particular en lo referente a la prestación de IT y a los tiempos necesarios para su recuperación funcional que permita la reincorporación a su trabajo habitual.

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