El Defensor

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Adjuntías

Según lo dispuesto en el apartado primero del artículo 8 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, “El Defensor del Pueblo Andaluz estará auxiliado por tres Adjuntías en las que podrá delegar sus funciones y entre las que designará a quien le auxilie en el ejercicio de las funciones que le corresponden como Defensor del Menor de Andalucía”.

Las tres las Adjuntías del Defensor del Pueblo Andaluz han sido nombradas por éste en Resolución del 5-1-2021, publicada en Boja nº 6 de 12-1-2021, tras obtener la conformidad de Parlamento de Andalucía a su propuesta, publicada en el Bopa nº 4 de 30-12-2021. Tomaron posesión el miércoles 20-1-2021.

Las tres Adjuntías nombradas son, de izquierda a derecha según se aprecia en la imagen, Juana Pérez Oller, Jaime Raynaud Soto y Virginia Salmerón Millán.

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